Plazo no verificadoBDNS 884922
AYUDAS A LA NATALIDAD 2026
LOCAL · TORAL DE LOS VADOS · AYUNTAMIENTO DE TORAL DE LOS VADOS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 09:27 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES413 - León
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- 01/01/2026
- Fin de solicitudes
- 31/12/2026
- Registro en BDNS
- 03/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 06/02/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto de la Junta de Gobierno de 29/01/2026 del Ayuntamiento de Toral de los Vados para la convocatoria de subvenciones para ayudas a la natalidad 2026 BDNS: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página Web del Ayuntamiento de Toral de los Vados (www.toraldelosvados.es) y sede electrónica (https://toraldelosvados.sedelectronica.es). Primero: Beneficiarios/as. Son beneficiarios/as de las presentes ayudas los progenitores o adoptantes del niño/a, titulares del libro de familia, en el que figure registrado su nacimiento o adopción. Si en el libro de familia figurase un solo progenitor, este será el único beneficiario. Podrán solicitar estas ayudas los progenitores o adoptantes del niño/a, titulares del libro de familia, en el que figure registrado su nacimiento o adopción que reúnan los siguientes requisitos: Que estén empadronados/as en el Municipio de Toral de los Vados deberán estar empadronados en el Ayuntamiento de Toral de los Vados y al menos uno de ellos contar con una antigüedad mínima de un año.El/la niño/a o niños/as nacidos/as o adoptados/as deberán inscribirse en el padrón municipal de habitantes de Toral de los Vados.El padre/ la Madre o los padres deberán comprometerse a seguir empadronados, tanto ellos como los/as niños/as, por un periodo de dos años desde el nacimiento o adopción Segundo: objeto. Prestación de un pago único de 500 Euros por niño/a nacido/a o adoptado/a en el 2026. Tercero: Bases reguladoras. Bases que han de regir la concesión de las ayudas económicas por el Ayuntamiento de Toral de los Vados para la natalidad 2026. Cuarto: Cuantía. La cuantía disponible para la concesión de subvenciones en la presente convocatoria asciende a seis mil euros (4.000,00). Ayuda máxima por nacimiento 500 Euros. Quinto: Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes será dentro del año de nacimiento 2026 exceptuando a los nacidos en el mes de diciembre que podrán solicitarlo hasta el 31 de enero del ejercicio siguiente. Sexto: Otros datos. El modelo de solicitud, Anexo I y Anexo II, se acompañará de la documentación recogida en el apartado 9 de las bases reguladoras.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 03/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.