encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 884922

AYUDAS A LA NATALIDAD 2026

LOCAL · TORAL DE LOS VADOS · AYUNTAMIENTO DE TORAL DE LOS VADOS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 09:27 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES413 - León

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
01/01/2026
Fin de solicitudes
31/12/2026
Registro en BDNS
03/02/2026
Publicación en diario oficial
06/02/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Extracto de la Junta de Gobierno de 29/01/2026 del Ayuntamiento de Toral de los Vados para la convocatoria de subvenciones para ayudas a la natalidad 2026             BDNS:             De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página Web del Ayuntamiento de Toral de los Vados (www.toraldelosvados.es) y sede electrónica (https://toraldelosvados.sedelectronica.es).             Primero: Beneficiarios/as.            Son beneficiarios/as de las presentes ayudas los progenitores o adoptantes del niño/a, titulares del libro de familia, en el que figure registrado su nacimiento o adopción. Si en el libro de familia figurase un solo progenitor, este será el único beneficiario.            Podrán solicitar estas ayudas los progenitores o adoptantes del niño/a, titulares del libro de familia, en el que figure registrado su nacimiento o adopción que reúnan los siguientes requisitos: Que estén empadronados/as en el Municipio de Toral de los Vados deberán estar empadronados en el Ayuntamiento de Toral de los Vados y al menos uno de ellos contar con una antigüedad mínima de un año.El/la niño/a o niños/as nacidos/as o adoptados/as deberán inscribirse en el padrón municipal de habitantes de Toral de los Vados.El padre/ la Madre o los padres deberán comprometerse a seguir empadronados, tanto ellos como los/as niños/as, por un periodo de dos años desde el nacimiento o adopción             Segundo: objeto.            Prestación de un pago único de 500 Euros por niño/a nacido/a o adoptado/a en el 2026.            Tercero: Bases reguladoras.            Bases que han de regir la concesión de las ayudas económicas por el Ayuntamiento de Toral de los Vados para la natalidad 2026.             Cuarto: Cuantía.            La cuantía disponible para la concesión de subvenciones en la presente convocatoria asciende a seis mil euros (4.000,00).            Ayuda máxima por nacimiento 500 Euros.             Quinto: Plazo de presentación de solicitudes.            El plazo de presentación de las solicitudes será dentro del año de nacimiento 2026 exceptuando a los nacidos en el mes de diciembre que podrán solicitarlo hasta el 31 de enero del ejercicio siguiente.              Sexto: Otros datos.            El modelo de solicitud, Anexo I y Anexo II, se acompañará de la documentación recogida en el apartado 9 de las bases reguladoras.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 03/02/2026Descargar archivo oficial · BDNS