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Plazo no verificadoBDNS 885242

Convocatoria de Subvenciones a proyectos de Sensibilización y Educación Para el Desarrollo 2026

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁDIZ · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 09:33 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES612 - Cádiz

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
19/02/2026
Fin de solicitudes
20/03/2026
Registro en BDNS
04/02/2026
Publicación en diario oficial
18/02/2026

Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la Publicación de la Convocatoria en el BOP

Texto oficial de cierre: 30 días naturales siguientes al la publicación en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DEL AÑO 2026 DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, FAMILIAS E IGUALDAD ? SERVICIO DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL ? DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ .De conformidad con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación Provincial, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº. 140 de 18 de Junio de 2004 y modificación publicada en el B.O.P. nº 30 de 14 de Febrero de 2006, se efectúa convocatoria pública de subvenciones en materia de Educación para el Desarrollo que se otorgarán mediante concurrencia competitiva, y tendrán como regulación la presente convocatoria rigiéndose de forma supletoria por las disposiciones de la Ordenanza mencionada y de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.1. Objeto, condiciones y finalidad.El objeto y finalidad de la presente convocatoria es apoyar proyectos de sensibilización y educación para el desarrollo a través de ONGD y entidades sin ánimo de lucro (a partir de este punto ONGD) dirigidos preferentemente a la población de los municipios menores de 30.000 habitantes de la provincia de Cádiz, orientados a promover a través de conocimientos, actitudes y valores, una ciudadanía global generadora de una cultura de la solidaridad comprometida en la lucha contra la pobreza y la defensa de los Derechos Humanos.Quedan expresamente excluidas de la presente convocatoria aquellas materias que sean susceptibles de convocatorias de subvenciones específicas de otra Administración, o sean objeto de competencia de otro Área o Servicio de la Diputación de Cádiz.2. Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento.Tal como se recoge en el art. 5.1 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz, le corresponde la instrucción del Procedimiento al ?Diputado que tenga delegadas las atribuciones en el área de gestión a la que competa la subvención de acuerdo con su finalidad? siendo en este caso la Diputada del Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad según Decreto de Presidencia SECRE-00101-2023 de fecha 17 de octubre de 2023.3. Órgano competente para la Autorización del Gasto del procedimiento.Sobre la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a apoyar proyectos de educación para el desarrollo a través de ONGD sin ánimo de lucro, orientados preferentemente a la población de los municipios menores de 30.000 habitantes de la provincia de Cádiz, para el año 2026 y en virtud de la Bases de Ejecución del Presupuesto, se establece la competencia de la Presidencia, en relación a la autorización del gasto, para la concesión de subvenciones que no superen el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto o la cuantía de tres millones de euros.Aun lo anterior, mediante Decreto de la Presidencia INTER-00012-2023, de fecha 28 de julio de 2023 y Decreto de Presidencia SECRE-00101-2023 de fecha 17 de octubre de 2023, se delega en materia económica y presupuestaria al Delegado de Servicios Económicos, Hacienda y Gestión Administrativa, la competencia de autorización del gasto derivado de subvenciones a beneficiarios que no sean entes locales.4. Aplicación presupuestaria.Aplicación presupuestaria: 82/231J/480005. Cuantía total máxima de las subvenciones convocadas.La presente convocatoria de subvenciones cuenta con una dotación de sesenta mil euros (60.000.- €), siendo la cuantía máxima a solicitar por proyecto de seis mil euros (6.000.- €).6. Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones.Las subvenciones de esta convocatoria podrán ser compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad.6.1 Al menos un 10% del coste total del proyecto serán aportes en efectivo de los fondos propios de la ONGD, que deberán ser debidamente justificados.No puede producirse sobrefinanciación de ninguna actividad subvencionada, de acuerdo al art. 19.3 de LGS. De producirse, la entidad deberá, a la mayor brevedad, comunicarlo por escrito a la Diputación Provincial de Cádiz, Servicio de Cooperación Internacional para que se modifique el acuerdo de concesión. El citado servicio podrá exigir el reintegro de la subvención cuando tenga conocimiento de que una entidad que ha recibido subvención de la Diputación ha percibido otra u otras subvenciones incompatibles con la otorgada, sin haber efectuado la correspondiente renuncia.GASTOS DIRECTOS:A los efectos de consideración de las subvenciones, la Excma. Diputación Provincial de Cádiz podrá financiar gastos directos en los siguientes términos:a) Se considerarán gastos directos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido por las diferentes bases reguladoras de las subvenciones. Y se recuerda que en ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado. Los gastos deben ser exclusivamente de capitulo IV quedando excluidos tanto equipamiento como el material inventariable asi como recibos y similares.b) En el caso de incluir el proyecto costes de personal, la partida de personal asociada a este gasto, será considerada como gasto directo subvencionable. La cantidad asignada a personal deberá corresponder con la realización de las actividades previstas y subvencionadas por esta Diputación no superando en ningún caso el 70% de la subvención concedida.GASTOS INDIRECTOS:Son los gastos correspondientes al funcionamiento regular de la entidad beneficiaria, y que posibilitan la ejecución del proyecto. Podrán imputarse estos gastos en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente aceptadas, y, en todo caso, en la medida en que tales gastos correspondan al periodo en que efectivamente se realice la actividad. Los gastos indirectos no podrán superar el 10% del total de la subvención.7. Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y Entidades sin Ánimo de Lucro, además de los requisitos generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberán reunir los siguientes:7.1 Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente a su naturaleza fiscal a fecha de la convocatoria de subvenciones, al mismo tiempo se recomienda inscribirse en el Registro de Asociaciones de la Diputación de Cádiz en la sede electrónica en el área temática Participación Ciudadana (https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles).7.2 Carecer de ánimo de lucro.7.3 Contar con delegación o representante en la provincia de Cádiz y actividad demostrable en el último año.7.4 Indicar expresamente en sus estatutos que entre sus objetivos se encuentran la realización de proyectos de cooperación internacional y educación para desarrollo en relación con los fines de la organización de desarrollo social y económico de países empobrecidos.7.5 En caso de haber recibido subvenciones con anterioridad por parte de esta Diputación Provincial, deberán haber presentado las memorias finales técnicas y financieras del proyecto de referencia, con expresa justificación de los gastos correspondientes, por el total de la cantidad subvencionada por esta Diputación Provincial.7.6 Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia en cooperación y en actividades de educación para el desarrollo así como capacidad operativa necesaria para ello. A estos efectos será necesario que la constitución legal de las ONGD que concurran a estas ayudas y subvenciones hayan tenido lugar como mínimo un año antes de la publicación de esta convocatoria, presentando la documentación acreditativa de su experiencia.7.7 Estar al corriente en sus obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autonómica correspondiente y con la Seguridad Social.El cumplimiento de los citados requisitos deberá mantenerse durante la totalidad del plazo de ejecución de la acción subvencionada.8. Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes.Las solicitudes, que habrán de ajustarse al modelo que acompaña a la presente convocatoria, deberán presentarse durante los 30 días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia mediante el procedimiento de tramitación electrónica que está disponible en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz en el Área Temática ?Subvenciones? (https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles) y se realizará a través del formulario electrónico habilitado al efecto.La ONGD solicitante presentará un único proyecto con indicación del municipio donde prefentemente propone que se desarrollará el mismo debiendo indicar en su solicitud un orden de selección de tres municipios donde desarrollar los proyectos. Estos, han de basarse en talleres de sensibilización y educación para el desarrollo tanto en el ámbito educativo formal como en el no formal, quedando excluidas acciones (exposiciones, jornadas o similares) que no formen parte de un proyecto global de Educación para el Desarrollo.Con el fin de garantizar que los beneficiarios finales de la implementación de iniciativas de sensibilización y educación al desarrollo financiadas a través de esta convocatoria alcance a la población de un mayor número de municipios de la provincia de Cádiz, en el caso de que coincidan mas de un proyecto a subvencionar de ONGD en un mismo municipio, siguiendo criterios técnicos, desde la Diputación Provincial de Cádiz se propondrá y consensuará la localidad donde se propone llevar a cabo la ejecución de cada proyecto dentro de la selección de municipios propuestos por las ONGD coincidentes. Asi como, excepcionalmente, podrán coincidir proyectos en un mismo municipio siempre que los objetivos y/o beneficiarios finales de cada uno de ellos sean significativamente diferentes y se acredite por parte de las entidades solicitantes la idoneidad de la localidad elegida.Para facilitar el seguimiento, sería aconsejable que una vez presentada la solicitud se comunique enviando justificante de la presentación a este Servicio a través de la siguiente dirección de correo electrónico: solidaridad@dipucadiz.es.9. Documentación a presentar La documentacion a presentar para que el proyecto sea subvencionado a traves de esta convocatoria es la siguiente:9.1. Solicitud debidamente cumplimentada ( formulario autorrellenable a traves de la sede electrónica).9.2. Declaración responsable (formulario descargable a traves de la sede electrónica).9.3. Proyecto a subvencionar que incluya un presupuesto desglosado por actividades a realizar, que se pueda identificar de forma clara y precisa los criterios de valoración de los mismos descritos en el punto 10 (ANEXO I).9.4. Memoria de actividades realizadas por la entidad solicitante el año anterior ( en el caso que fuera subvencionado), que contenga un balance de los proyectos ejecutados y fuentes de financiación.9.5. En su caso, los estatutos actualizados que acrediten la personalidad y capacidad de la ONGD y su inclusión en el registro correspondiente, en originales o copias, salvo que ya se encuentre inscrito en el Registro de Asociaciones de la Diputación provincial de Cádiz (https://gobiernoabierto.dipucadiz.es/registro-deasociaciones) y sin perjuicio de que en caso contrario, pueda solicitar la inscripción a través de la Sede Electrónica en el Área Temática ?Participación Ciudadana? (https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles).9.6) En caso de presentar la solicitud con certificado de persona física como representante, acreditación de dicha representación (poder notarial, representación legal o voluntaria). No es necesario acreditar la representación si el trámite se presenta y firma con certificado de representante de persona jurídica. Si la documentación de los puntos 9.5 y 9.6 el interesado la hubiera presentado en anteriores convocatorias y siendo ésta valida en tiempo, podrá solicitar que se tenga presentados dichos documentos y que estos se incorporen al presente expediente.Los formularios solicitud y de declaración responsable se habilitarán y deberan ser presentados como formularios obligatorios de presentacion telematica en el procedimiento de tramite que se pondra disponible en la sede de la Diputación Provincial de Cádiz durante el plazo de presentacion de solicitudes recogido en el punto 8 de esta convocatoria en la Sede Electrónica en el Áera Temática ?Subvenciones? (https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles).10. Criterios de valoración de las solicitudes y baremación.La valoración de los proyectos por parte de la Comisión de Valoración, actuará según lo previsto en el artículo 7.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz y se ajustará a los criterios establecidos en el ANEXO I. Se desestimarán aquellos proyectos con puntuación inferior a 50 puntos. La asignación de la cuantía de la subvención será proporcional a la puntuación obtenida.No se considerarán para su valoración aquellos proyectos, presentados por ONGD, que en convocatorias anteriores hayan obtenido subvención de esta Diputación, para realizar cualquier tipo de actividades, y de las que no se disponga, a la fecha de presentación de la nueva solicitud, de las respectivas memorias justificativas de final de proyecto, tanto técnica como económica.11. Plazo de resolución y notificación.11.1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 4 meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.11.2. Se publicará una Resolución Provisional en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación de Cádiz, https://sede.dipucadiz.es/tablon-electronico-de-anuncios-y-edictos y se dará cuenta a los interesados, que deberán presentar alegaciones o comunicar la aceptación de las condiciones de la propuesta de resolución en el plazo de 10 días desde la Resolución Provisional, acompañando a ésta el resto de la documentación exigida, así como la reformulación del proyecto, con objeto de ajustar los compromisos y actuaciones a la subvención que se le fuese a otorgar, siempre en el marco de lo establecido en esta Convocatoria.El documento de Aceptación estará disponible en la Sede Electrónica, Carpeta Ciudadana, Mis tramites, en el expediente creado con la solicitud inicial, aportandolo a dicho expediente. (https://sede.dipucadiz.es/carpeta-ciudadana).11.3. Contra la resolución correspondiente o contra la desestimación de solicitudes en las que no recaiga resolución expresa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicte o debiera dictar el acto , en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de la notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.11.4. La concesión de subvenciones por parte de la Diputación Provincial de Cádiz al amparo de esta convocatoria no comporta obligación alguna para subvencionar proyectos similares en posteriores ejercicios.11.5. Las resoluciones aprobadas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón electrónico de anuncios y edictos de la Diputación Provincial de Cádiz (https://sede.dipucadiz.es/tablon-electronico-de-anuncios-y-edictos).12. Forma, secuencia del pago y requisitos exigidos para el abono.Con carácter general se podrá solicitar el pago anticipado de la subvención concedida teniendo en cuenta que la entidad beneficiara no se encuentre en algunos de los casos recogidos en el art. 34 de la Ley General de Subvenciones y en el art. 88 del Reglamento General de Subvenciones.La ejecución del proyecto subvencionado no debe estar, en ningún caso, supeditada al abono del pago anticipado.La entidad beneficiaria deberá aportar la siguiente documentación:a) Solicitud Pago anticipado (art. 34 de la Ley General de Subvenciones.)b) En caso de haber recibido subvenciones con anterioridad por parte de esta Diputación Provincial, deberán haber presentado las memorias finales técnicas y económicas del proyecto de referencia por el total de la cantidad subvencionada por esta Diputación, con expresa justificación de los gastos correspondientes.c) En el caso de que no se encuentre dado de alta en el Registro de Proveedores de la Diputación Provincial de Cádiz, o precise actualizar sus datos bancarios o económicos, deberá cumplimentar el trámite ?Ficha de Terceros? en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz, en el Área de Temática Ficha de Terceros: https://sede.dipucadiz.es/tramites-disponibles.13. Plazo y forma de justificación.La justificación del gasto realizado deberá producirse ante la Diputación Provincial, como fecha límite hasta el 31 de enero de 2027.Se deberá presentar facturas originales, o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención recibida, junto con una declaración jurada de que corresponden a gastos imputados al proyecto subvencionado, así como otros documentos administrativos necesarios para su tramitación.Se excluye cualquier tipo de recibo o similar.Todas las facturas o cualquier otra documentación administrativa deberán corresponder al año 2026.La documentación mínima que se debe presentar en la justificacion es la siguiente:- Cuenta justificativa (relación de facturas), según modelo facilitado, en la Sede Electrónica, Carpeta Ciudadana, Mis tramites, en el expediente creado con la solicitud inicial, aportandolo a dicho expediente, (https://sede.dipucadiz.es/carpeta-ciudadana).- Documentos administrativos en vigor de estar al corriente con los pagos de la AgenciaTributaria Estatal, Autonómica y Seguridad Social, en caso de no autorización de la consulta de sus datos a través de la Plataforma de Intermediación de Datos (PID).- Declaraciones responsables y cualquier otra documentación que contribuya a la justificación del proyecto, tanto técnica como económica.- Memoria explicativa final del proyecto en la que se incluyan ademas de la documentación técnica justificativa de la subvención recibida, las ONGD subvencionadas presentará cinco fotografías, un vídeo y una breve reseña que acrediten la ejecución del proyecto, atendiendo a las especificaciones técnicas de los materiales gráficos a entregar que le seran comunicados desde el Servicio de Cooperación Internacional de la Diputación de Cádiz . Estos materiales gráficos podrán ser difundidos a traves de redes sociales y /o pagina web de la Diputación Provincial por lo que deberán contar con los correspondientes permisos de difusion de imagen en el caso de menores entre otros.Y aquellos documentos recogidos en el punto 14 necesarios para la justificación de la subvención concedida.Las facturas originales presentadas se marcarán con una estampilla indicando en la misma la subvención para cuya justificación han sido presentada tal y como establece el art. 73 del R.D. 887/2006, 21 de julio.La presentación de esta documentación se realizará preferentemente a través del expediente creado en la Carpeta Ciudadana en la sede electrónica a traves del tramite de ?aportar documentación adicional?.14. Obligaciones de las entidades beneficiarias.14.1. Las entidades a las que se les conceda subvenciones para la ejecución de proyectos de sensibilización y educación para el desarrollo, están obligadas a:a) Iniciar y ejecutar el proyecto subvencionado entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, independientemente del abono del pago anticipado.b) Presentar memoria justificativa del proyecto subvencionado hasta el 31 de enero de 2027.c) Comunicar al Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad, Servicio de Cooperación Internacional de la Diputación Provincial de Cádiz el inicio de la ejecución del proyecto, cronograma actividades y fecha de finalización con suficiente antelación.e) Presentar en el Área de Servicios Sociales, Familias e Igualdad, Servicio de Cooperación Internacional de la Diputación Provincial de Cádiz la memoria final, técnica y económica del proyecto de referencia según lo indicado en el punto 13.14.2. En relación a los supuestos anteriores, la entidad solicitante presentará la siguiente documentación:a) Certificación del/la representante legal de la entidad solicitante relativa a los objetivos conseguidos, actividades y gastos realizados.b) Cualquier documentación que permita la adecuada comprobación de la ejecución del gasto y del grado de consecución de los objetivos inicialmente planteados.14.3. Las ONGD que hayan recibido subvenciones para la ejecución de acciones de sensibilización y educación para el desarrollo, quedan obligadas a comunicar cualquier eventualidad que altere o dificulte gravemente los objetivos, plazos y distribución de los fondos del proyecto subvencionado. Se necesitará la autorización previa y expresa de la Diputación Provincial de Cádiz para cualquier modificación sustancial de un proyecto.14.4. En toda información y/o material promocional o publicitario de los proyectos subvencionados, deberá constar el logotipo de la Diputación Provincial de Cádiz.14.5. El calendario de actividades de los proyectos deberán coordinarse con el resto de las actividades de Sensibilización y Educación para el Desarrollo, puestas en marcha por este Servicio de Cooperación Internacional y el Ayuntamiento correspondiente.14.6. Ademas de la documentación tecnica justificativa de la subvencion recibida, las ONGD subvencionadas presentará cinco fotografías, un vídeo y una breve reseña que acrediten la ejecución del proyecto, atendiendo a las especificaciones técnicas de los materiales graficos a entregar que le seran comunicados desde el Servicio de Cooperación Internacional de la Diputación de Cádiz . Estos materiales graficos podrán ser difundidos a traves de redes sociales y /o pagina web de la Diputación Provincial por lo que deberan contar con los correspondientes permisos de difusion de imagen en el caso de menores entre otros.La presentación de la documentación descrita en las obligaciones anteriormente señaladas deberá realizarse preferentemente a través de la Carpeta Ciudadana en la sede electrónica aportando documentación adicional para que se incluya en el expediente electrónico creado.15. Criterios aplicables a los posibles incumplimientos de condiciones.Se procederá a la invalidez de la resolución de concesión y al reintegro de las cantidades percibidas según lo previsto en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, Ley General de Subvenciones.En todo lo no previsto en esta convocatoria, le es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 julio, por el que se aprueba el  Reglamento  del citado cuerpo legal, la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los derechos digitales. y la Ordenanza General de Subvenciones de Diputación Provincial de Cádiz.La Diputada Delegada de Servicios Sociales, Familias e Igualdad Paula Conesa BarónA N E X O     ICRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES Y BAREMACIÓN1.       EVALUACIÓN TÉCNICA DEL CONTEXTO Y LA JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA10%1.1.    Identificación  de la intervención y precisión en la descripción del contexto y la justificación de la necesidad de intervención, alineados con los ODS.0-102.       CRITERIOS RELATIVOS AL PROYECTO40,00%2.1.    Descripción precisa del objeto específico, resultados y actividades.  0-102.2.    Idoneidad del sistema de indicadores propuestos y fuentes de verificación.0-52.3.    Existencia de mecanismos previstos de seguimiento, control y evaluación.0-52.4.    Descripción y grado de participación ciudadana.0-52.5.    Impacto en la comunidad y viabilidad.  0-52.6.    Factores de riesgo identificados y alternativas posibles.0-52.7.     Idoneidad  de la metodología empleada y adecuación a la población destinataria.0-53.       CRITERIOS RELATIVOS A LA ENTIDAD SOLICITANTE20%3.1.    Experiencia en el ámbito de la Educación para el desarrollo.0-53.2.    Implantación y presencia en la Provincia de Cádiz.  0-53.3.    Trayectoria de proyectos desarrollados en la provincia de Cádiz.0-53.4.    Vinculación con asociaciones, comunidades  e instituciones del Municipio donde se desarrollará la intervención.0-54.       VALORACIÓN  PRIORIDADES TRANSVERSALES (30% DEL TOTAL)30%4.1.    Identificación de intereses estratégicos y necesidades prácticas, atendiendo a la equidad de Género.  0-54.2.    Descripción de estrategias propuestas respetuosas con la gestión del medio ambiente y su protección.  0-54.3.    Justificación de la diversidad cultural.  0-54.4.    Fortalecimiento institucional y empoderamiento de la sociedad civil.0-54.5.    Inclusión de la defensa y promoción de los derechos humanos.0-54.6.    Acciones previstas contra cualquier tipo de discriminación sexual, racismo o xenofobia.  0-5

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 12/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria de Subvenciones a proyectos de Sensibilización y Educación para el Desarrollo 2026Publicado 18/02/2026ORDENANZA GENERAL