Plazo no verificadoBDNS 885268
Acuerdo de 2 de febrero de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocan subvenciones a las asociaciones judiciales profesionales para el año 2026
OTROS · CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 09:34 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 04/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 06/02/2026
Texto oficial de apertura: Al dia siguiente de su publicación en el BOE
Texto oficial de cierre: Diez dias a partir del siguiente a su publicación
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios.Se convocan subvenciones a las asociaciones judiciales profesionales con la finalidad de facilitar el funcionamiento general de las mismas y de fomentar el mayor dinamismo de cada asociación en el desarrollo de sus actividades.Segundo: ObjetoSerán objeto de subvención:1. Los gastos de organización y funcionamiento de las asociaciones judiciales.2. La realización por las asociaciones judiciales de actividades de interés para la justicia y la vida asociativa.3. La efectiva implantación de las asociaciones judiciales en la carrera judicial.4. Los resultados de las últimas elecciones a Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia.Tercero: Bases reguladoras.Aprobadas por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 27 de abril de 2017 (BOE, de 5 de mayo de 2017).Cuarto: Cuantía.Las subvenciones se financiarán con cargo al capítulo IV, concepto 483, del Programa 111M del Presupuesto de gastos del Consejo General del Poder Judicial para el 2026, por un importe máximo de 426.100 euros.Quinto: Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes de subvención se formalizarán por las asociaciones judiciales en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de esta convocatoria.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 04/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de 2 de febrero de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocan subvenciones a las asociaciones judiciales profesionales para el año 2026Publicado 06/02/2026Acuerdo de 27 de abril de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las asociaciones judiciales profesionales.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.