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Plazo no verificadoBDNS 885308

Acuerdo Junta de Gobierno Local de 4 de febrero de 2026 que aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades vecinales de la ciudad de Logroño para gastos de mantenimiento y actividades año 2026

LOCAL · LOGROÑO · AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 09:34 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES23 - LA RIOJA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
09/02/2026
Fin de solicitudes
02/03/2026
Registro en BDNS
05/02/2026
Publicación en diario oficial
09/02/2026

Texto oficial de apertura: Día hábil siguiente a la publicación de convocatoria en Diario Oficial

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a contar desde el siguiente día a la publicación de esta convocatoria po

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios.Entidades vecinales sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro Municipal de entidades ciudadanas, siendo su marco de actuación la ciudad de Logroño. Segundo. Objeto.El objeto de la convocatoria es dar apoyo a los proyectos de las entidades vecinales para fomentar la cultura participativa en los barrios y mejorar la calidad de vida de los vecinos y las vecinas, facilitando su valor, contribuyendo económicamente en los gastos de gestión y en los proyectos que desarrollen a lo largo del año. Tercero. Normativa reguladora.La Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento Pleno, aprobada con fecha 06/02/2025 (BOR nº 26 de fecha 07/02/2025) y formando parte del contenido del Plan Estratégico de subvenciones (2024-2026) línea de actuación 8.2., y la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades vecinales aprobada por la Junta de Gobierno Local de fecha 04/02/2026. Cuarto. Cuantía de la subvención.Cuantía total: 99.600 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 924.00 489.99 del presupuesto municipal para el año 2026.Cuantía para actividades y mantenimiento: hasta el 100% del presupuesto presentado. Máximo por asociación: 8.000 euros y mínimo 500 €. Quinto. Plazo de presentación de solicitudesDiez días hábiles a contar del siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de La Rioja. Se iniciará a las 9:00 horas del primer día hábil, finalizando a las 23:59 horas del último día de plazo. Sexto. Otros datos de interésConvocatoria: el texto íntegro de la convocatoria estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Logroño, en el siguiente enlace:HTTPS://LOGRONO.ES/-/CONVOCATORIA-DE-SUBVENCIONES-A-ENTIDADES-VECINALES-2026-GASTOS-MANTENIMIENTO-Y-ACTIVIDADES-Actividades subvencionables: todas aquellas que promuevan la participación ciudadana.Gastos subvencionables: los gastos de gestión y mantenimiento de equipos y locales (art. 3.2 de la convocatoria).Gastos no subvencionables: los indicados en el art. 3.3 de la convocatoria. Compatibilidad: estas subvenciones municipales son compatibles con cualquiera otra ayuda o subvención para la misma finalidad procedente de cualquier Administración o Ente Público, no pudiendo superar el importe el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. Debiendo comunicar esta situación al Ayuntamiento de Logroño, en su caso.Solicitudes: mediante la presentación electrónica en impreso normalizado “Solicitud de subvención AYT.DO.20/1”. En los términos de lo dispuesto por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de PACAP, junto con la documentación prevista en el artículo 6º de la convocatoria.En el caso de que la presentación se hiciere presencialmente, la citada Ley prevé que se les requiera para que subsanen a través de medios electrónicos. Se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquélla en que haya sido realizada la subsanación, de modo que la solicitud presencial producirá efectos desde la subsanación.La Sede Electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web municipal (www.logrono.es) e igualmente queda habilitada la presentación electrónica a través del Registro Electrónico del Punto de Acceso General del Estado (https://administracion.gob.es)Criterios de valoración y baremación para la concesión: los previstos en el artículo 7º de la convocatoria.Órgano gestor de las subvenciones: Negociado de Relaciones Ciudadanas, art. 8 de la convocatoria.Forma de pago: se abonará el 80% a partir de la adopción del acuerdo de adjudicación definitivo y el 20% restante a partir de la correspondiente justificación.Forma de justificación mediante la presentación electrónica en impreso normalizado “Justificación de subvención AYT.DO.20/2”. En los términos de lo dispuesto por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de PACAP, junto con la documentación prevista en el artículo 11º de la convocatoria.Plazo máximo de justificación: hasta del 31 de enero de 2027

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 05/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSSubvenciones entidades vecinales 2026