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Plazo no verificadoBDNS 885398

Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR935A).

AUTONOMICA · GALICIA · CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 09:37 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES11 - GALICIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
16/02/2026
Fin de solicitudes
05/10/2026
Registro en BDNS
05/02/2026
Publicación en diario oficial
09/02/2026

Texto oficial de apertura: a las 9.00 horas del quinto día natural siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diar

Texto oficial de cierre: 5 de octubre de 2026, a las 20.00 horas

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Personas beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas:
1. Las personas emigrantes nacidas en Galicia y residentes en alguno de los países de América para los cuales el Estado español tenga fijada una base de cálculo para la prestación por razón de necesidad en el año anterior al de la convocatoria.
2. Los/as hijos/as de aquellas que residan en alguno de los países América arriba indicados siempre que tengan la nacionalidad española y se encuentren vinculados/as con cualquier ayuntamiento gallego en el Padrón de españoles residentes en el exterior (PERE) desde, por lo menos, 3 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud.
3. Para el supuesto de situaciones de emergencia que incidan en las condiciones de salud, provocando gastos extraordinarios de carácter sanitario o asistenciales al solicitante, podrán ser perceptores también los descendientes de emigrantes gallegos hasta el segundo grado por consanguinidad que cumplan las mismas condiciones del número anterior.
Segundo. Objeto
Esta resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras del procedimiento de concesión de ayudas de emergencia social y proceder a su convocatoria para el año 2026, con la finalidad de otorgar una prestación económica única a personas emigrantes de nacionalidad española y origen gallego residentes en América con escasos recursos, y a sus descendientes, para atender situaciones de imperiosa necesidad derivadas de circunstancias extraordinarias sobrevenidas en los últimos 12 meses (código de procedimiento PR935A).
En concreto, dicha prestación va dirigida a cubrir gastos específicos para aliviar las carencias que afectan a estos tres ámbitos principales:
1. Las condiciones básicas de subsistencia: alimentación, cuidados personales esenciales, educación…
2. Las condiciones de vivienda: deterioro grave, falta de equipamiento o dotaciones esenciales.
3. Las condiciones de salud y bienestar social: necesidades acuciantes de carácter sanitario o asistencial.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR935A).
Cuarto. Importe
1. La concesión de las ayudas reguladas en esta resolución se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.05.312C.480.0, código de proyecto 2015 00034, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026, por importe de setenta y cinco mil euros (75.000 €).
2. La cuantía de las ayudas de emergencia social por persona beneficiaria no podrá ser inferior a 500 € ni exceder de los 3.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a las 9.00 horas del quinto día natural siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En caso de que el día de inicio del plazo sea inhábil, comenzará el día hábil siguiente.
Este plazo finalizará el 5 de octubre de 2026, a las 20.00 horas, sin que en ningún caso pueda ser inferior a un mes.
Santiago de Compostela, 27 de enero de 2026
Antonio Rodríguez Miranda
Secretario xeral da Emigración

Bases y documentación

AnexosPublicado 05/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 05/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR935A).Publicado 09/02/2026Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR935A).