Plazo no verificadoBDNS 885948
Ayudas 2026 Enfoque Leader a inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas. NO Ayudas Estado.(Intervención 7119 PEPAC), s/ I Convo (PEPAC 2023-2027) G.A.L. CAPARRA
AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 09:48 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES432 - Cáceres
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 09/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 17/02/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente a la publicación en el DOE
Texto oficial de cierre: 3 MESES
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http: //www.infosubvenciones.gob.es).
El último extracto aprobado en referencia a esta convocatoria, publicado el 17 de febrero de 2026, DOEnº 32, y que es objeto de modificación a través del presente, recogía que el crédito aprobado era:
- 500.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Según lo referido en el Decreto 78/2024, de 23 de julio por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027, que establece en su artículo 28.5 ...“ Asimismo, podrá incrementarse la cuantía asignada a la convocatoria, en cualquiera de sus procedimientos, como consecuencia de generaciones, incorporaciones o ampliaciones de crédito, siempre que hayan sido autorizados por el órgano directivo con competencias en materia de desarrollo rural antes de resolver la concesión de las ayudas, con los límites establecidos en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura”.
Aprobado por la Junta Directiva del GAL, Asociación para la Promoción y el Desarrollo de la Comarca Trasierra Tierras de Granadilla de fecha 2 de septiembre de 2026, un incremento del crédito en sesenta y cinco mil setecientos ochenta euros con veinticinco céntimos (65.780,25 euros) y, tras su autorización por parte de la Dirección General de Desarrollo Rural con fecha 7 de octubre de 2026, se procede a la modificación del extracto de fecha 17 de febrero de 2026 en el siguiente apartado:
Apartado Cuarto. Cuantía, quedará redactado de la siguiente manera:
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 565.780,25 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidadesde crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Se podrá subvencionar hastael 60 % de la inversión auxiliable y con el límite máximo de
150.000,00 € por proyecto.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, sepublica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:
//www.infosubvenciones.gob.es ).
Primero. Objeto.
El presente extracto tiene como objeto establecer la convocatoria de la línea deayuda a
proyectos englobados en la actuación Inversiones en transformación y comercialización de
productos agrícola, que tengan como resultado del proceso de producción un producto
incluido en el Anexo I del Tratado de la UE.
Esta convocatoria se publica al amparo DECRETO 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula
el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del
Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de la comarca de La Vera en
Extremadura contemplando 15 municipios: Ahigal, Cabezabellosa, Cerezo, La Granja, Guijo de
Granadilla, Jarilla, Marchagaz, Mohedas de Granadilla, Oliva de Plasencia, Palomero, La Pesga,
Santa Cruz de Paniagua, Santibáñez el Bajo, Villar de Plasencia y Zarza de Granadilla.
El sistema de ayudas en el marco del eje Leader tiene como finalidad la aplicación de
estrategias innovadoras mediante la metodología LEADER, contribuyendo de esta manera al
desarrollo sostenible a largoplazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora
de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
Segundo. Personas destinatarias finales de las ayudas
Tendrán la consideración de beneficiarios las personas físicas y/o jurídicas o sus agrupaciones a
las que para cada una de las actuaciones previstas en el Decreto 78/2024 se les reconozca tal
condición. En el caso de empresas, tan solo podrán ser beneficiarias, aquellas que cumplan los
Csv: FDJEXZH5LK6PRDBRYCBN94CAULT6A8 Fecha 05/02/2026 13:30:39
Firmado Por MARIA DE LA CONCEPCION MONTERO GOMEZ - La Secretaria General
Url De Verificaciónhttps://sede.gobex.es/SEDE/csv/codSeguroVerificacion.jsf Página 1/2
Copia Electrónica Auténtica
Consejería de
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Secretaría General
Dirección
Avda. Luis Ramallo, s/n
06800 Mérida
Teléfono: 924002000
Fax: 924002446
requisitos establecidos por la Comisión para ser micro, pequeñas y medianas empresas
conforme a la recomendación de laComisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
DECRETO 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajometodología
LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola
Común de España 2023-2027.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 500.000,00 euros
que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria
120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de
crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Se podrá subvencionar hasta el 60 % de la inversión auxiliable y con el límite máximo de
150.000,00 € por proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentaciónde solicitudes de ayudas será de TRES MESES contados a partir del día
siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
El último extracto aprobado en referencia a esta convocatoria, publicado el 17 de febrero de 2026, DOEnº 32, y que es objeto de modificación a través del presente, recogía que el crédito aprobado era:
- 500.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Según lo referido en el Decreto 78/2024, de 23 de julio por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027, que establece en su artículo 28.5 ...“ Asimismo, podrá incrementarse la cuantía asignada a la convocatoria, en cualquiera de sus procedimientos, como consecuencia de generaciones, incorporaciones o ampliaciones de crédito, siempre que hayan sido autorizados por el órgano directivo con competencias en materia de desarrollo rural antes de resolver la concesión de las ayudas, con los límites establecidos en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura”.
Aprobado por la Junta Directiva del GAL, Asociación para la Promoción y el Desarrollo de la Comarca Trasierra Tierras de Granadilla de fecha 2 de septiembre de 2026, un incremento del crédito en sesenta y cinco mil setecientos ochenta euros con veinticinco céntimos (65.780,25 euros) y, tras su autorización por parte de la Dirección General de Desarrollo Rural con fecha 7 de octubre de 2026, se procede a la modificación del extracto de fecha 17 de febrero de 2026 en el siguiente apartado:
Apartado Cuarto. Cuantía, quedará redactado de la siguiente manera:
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 565.780,25 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidadesde crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Se podrá subvencionar hastael 60 % de la inversión auxiliable y con el límite máximo de
150.000,00 € por proyecto.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, sepublica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:
//www.infosubvenciones.gob.es ).
Primero. Objeto.
El presente extracto tiene como objeto establecer la convocatoria de la línea deayuda a
proyectos englobados en la actuación Inversiones en transformación y comercialización de
productos agrícola, que tengan como resultado del proceso de producción un producto
incluido en el Anexo I del Tratado de la UE.
Esta convocatoria se publica al amparo DECRETO 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula
el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del
Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de la comarca de La Vera en
Extremadura contemplando 15 municipios: Ahigal, Cabezabellosa, Cerezo, La Granja, Guijo de
Granadilla, Jarilla, Marchagaz, Mohedas de Granadilla, Oliva de Plasencia, Palomero, La Pesga,
Santa Cruz de Paniagua, Santibáñez el Bajo, Villar de Plasencia y Zarza de Granadilla.
El sistema de ayudas en el marco del eje Leader tiene como finalidad la aplicación de
estrategias innovadoras mediante la metodología LEADER, contribuyendo de esta manera al
desarrollo sostenible a largoplazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora
de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
Segundo. Personas destinatarias finales de las ayudas
Tendrán la consideración de beneficiarios las personas físicas y/o jurídicas o sus agrupaciones a
las que para cada una de las actuaciones previstas en el Decreto 78/2024 se les reconozca tal
condición. En el caso de empresas, tan solo podrán ser beneficiarias, aquellas que cumplan los
Csv: FDJEXZH5LK6PRDBRYCBN94CAULT6A8 Fecha 05/02/2026 13:30:39
Firmado Por MARIA DE LA CONCEPCION MONTERO GOMEZ - La Secretaria General
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Copia Electrónica Auténtica
Consejería de
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Secretaría General
Dirección
Avda. Luis Ramallo, s/n
06800 Mérida
Teléfono: 924002000
Fax: 924002446
requisitos establecidos por la Comisión para ser micro, pequeñas y medianas empresas
conforme a la recomendación de laComisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
DECRETO 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajometodología
LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola
Común de España 2023-2027.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 500.000,00 euros
que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria
120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de
crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Se podrá subvencionar hasta el 60 % de la inversión auxiliable y con el límite máximo de
150.000,00 € por proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentaciónde solicitudes de ayudas será de TRES MESES contados a partir del día
siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNS"MODIFICACIÓN del EXTRACTO de la Resolución de Junta Directiva de la Asociación para la Promoción y el Desarrollo de la Comarca Trasierra Tierras de Granadilla, de la I convocatoria de ayudas para aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología Leader 23-27 para proyectos productivos de acciones de inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas, que tengan como resultado del proceso un producto incluido en el anexo I del Tratado de la UE"Publicado 20/10/2026"EXTRACTO de la RESOLUCIÓN de Junta Directiva de la Asociación para la Promoción y el Desarrollo de la Comarca Trasierra Tierras de Granadilla, de la I convocatoria de ayudas para aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la Metodología LEADER 23-27 para proyectos productivos de acciones de Inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas, que tengan como resultado del proceso de producción un producto incluido en el Anexo I del Tratado de la UEPublicado 17/02/2026Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.