Plazo no verificadoBDNS 886071
Compensación a propiet. de edificios privados por perjuicios colonia murciélagos
AUTONOMICA · LA RIOJA · CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 09:51 (España)
¿A quién se dirige?
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Ámbito territorial
ES230 - La Rioja
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 11/11/2026
- Registro en BDNS
- 09/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 13/02/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación del extracto de la resolución de la convocatoria
Texto oficial de cierre: Colonias reproducción: 15-06-2026 / colonias hibernación: 11-11-2026
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Extracto publicado
Primero. Bases reguladoras.La Orden 15/2006, de 12 de septiembre, de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la protección de murciélagos (Boletín Oficial de La Rioja Núm. 128 de 28 de septiembre de 2006).Segundo. Objeto. Convocar para el ejercicio 2026, las ayudas reguladas por la Orden 15/2006, de 12 de septiembre, de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, que regula el régimen de concesión de subvenciones para la protección de murciélagos. Para lo no dispuesto expresamente en la Resolución de convocatoria, se estará a lo establecido en la citada Orden.Tercero. Beneficiarios.Conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Orden 15/2006, de 12 de septiembre, podrán ser beneficiarios aquellos propietarios, o personas en quienes deleguen, de edificaciones de carácter privado en cuyo interior se encuentre una colonia de reproducción o de hibernación de las especies de murciélagos afectadas.Cuarto. Cuantía.Aprobar el gasto correspondiente a la convocatoria correspondiente al año 2026 de las subvenciones para la protección de murciélagos, por un importe total de veintiocho mil euros (28.000 euros), con cargo a las siguientes partidas del presupuesto del año 2026:05.06.4711.471.00 Proyecto 80702.2 (3.000 euros).05.06.4711.481.00 Proyecto 80702.2 (25.000 euros).Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto y hasta el 15 de junio de 2026 para el caso de colonias de reproducción; y hasta el 11 de noviembre de 2026 para el caso de colonias de hibernación.Sexto. Otros datos de interés.1. Convocatoria. El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01387)2. Solicitudes. El modelo oficial de la solicitud estará disponible en la Dirección General de Medio Natural y Paisaje (C/Pradoviejo, 62 bis, Logroño), en el Servicio de Atención al Ciudadano (C/Beti jai, 1, Logroño), o en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja www.larioja.org , en el área temática de medio ambiente.3. Documentación. Junto a la solicitud se deberá presentar la documentación que se recoge en el artículo 7 de la Orden reguladora.4. Procedimiento de concesión. De conformidad con el anexo de la Orden HGS/63/2024, de 4 de septiembre, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y la disposición adicional segunda de la Orden 15/2006, de 12 de septiembre, las citadas ayudas se tramitarán por el procedimiento de concesión directa. El procedimiento de concesión se tramitará conforme a lo previsto en los artículos 8 y 9 de la Orden 15/2006, de 12 de septiembreLa Unidad competente para la ordenación e instrucción del procedimiento es el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Planificación de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje.El órgano competente para resolver es la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, salvo que se encuentre en vigor una delegación de competencias en la materia.5. Obligaciones. Los beneficiarios se someterán a las obligaciones establecidas en el artículo 12 de la Orden 15/2006, de 12 de septiembre, y en el resto de la normativa reguladora.6. Concesión y notificación de la ayuda. La Resolución del procedimiento detallará los beneficiarios a los que se concede la subvención, así como la desestimación del resto de las solicitudes, conteniendo la cuantía concedida. Se dictará y notificará en el plazo máximo de 6 meses a partir de la solicitud. La práctica de dicha notificación se ajustará a lo establecido en los artículos 41 y 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 12/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSResolución 239/2026, de 9 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones para la protección de murciélagos (extracto)Publicado 13/02/2026Bases reguladoras de las ayudas para la protección de murciélagosInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.