RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2026, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia, por la que se convocan las subvenciones destinadas a la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo: libros de las Fallas, libros de la Magdalena, li
AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · SECRETARÍA AUTONÓMICA DE EDUCACIÓN
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 13/02/2026
- Fin de solicitudes
- 06/03/2026
- Registro en BDNS
- 10/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 12/02/2026
Texto oficial de apertura: Fallas y Magdalena: dia siguiente public.DOGV. Hogueras: Desde el 25/05/26 MyC desde el 15/09/26.
Texto oficial de cierre: Fallas y Magdalena: 15 dias desde public.DOGV. Hogueras: 15/06/2026 MyC 06/10/26.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto de la Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia, por la que se convocan las subvenciones destinadas a la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo: libros de las Fallas, libros de la Magdalena, libros de Hogueras y libros de Moros y Cristianos para el año 2026.
De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero. Entidades beneficiarias:
Las comisiones de fiestas de las Fallas, de las fiestas de la Magdalena, Hogueras y de Moros y Cristianos que estén legalmente constituidas, inscritas en el registro de asociaciones correspondiente de la Generalitat, que cumplan los preceptos y requisitos establecidos en la Resolución de 26 de diciembre de 2025 de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de esta convocatoria.
Segundo. Objeto
Las ayudas van dirigidas a subvencionar la edición en valenciano de los libros de las fiestas de las Fallas, libros de las fiestas de la Magdalena, libros de las Hogueras y libros de las fiestas de Moros y Cristianos en que participa la persona solicitante.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 26 de diciembre de 2025 de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones dirigidas a la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo que podrá asignarse en concepto de subvención por esta convocatoria será de 300.000 euros.
Las subvenciones tendrán la dotación económica siguiente:
a) Modalidades: Libros de las Fallas
Se convocan 110 subvenciones para libros de las Fallas con una dotación total de 133.000 euros, distribuidos de la manera siguiente:
1. Libros de las Fallas de las comisiones falleras de las poblaciones de la Comunitat Valenciana, excepto las comisiones falleras de la ciudad de València. Se convocan 80 subvenciones con una dotación total de 88.500 euros.
2. Libros de las Fallas de las comisiones falleras de la ciudad de València.
Las comisiones de fallas de la ciudad de València no pueden participar en la modalidad anterior. Se convocan 30 subvenciones con una dotación total de 44.500 euros.
b) Modalidad: libros de la Magdalena (gaiates y colles)
Se convocan 25 subvenciones para libros de la Magdalena: 20 para gaiates y 5 para colles, con una dotación total de 47.000 euros.
c) Modalidad: Libros de las Hogueras
Se convocan 55 subvenciones para libros de las Hogueras con una dotación total de 74.000 euros.
d) Modalidad: libros de Moros y Cristianos
Se convocan 25 subvenciones para libros de Moros y Cristianos, con una dotación total de 46.000 euros.
Quinto. Plazo de solicitud
a) Libros de las Fallas
El plazo de presentación de solicitudes y de los libros editados será de 15 días hábiles y se iniciará el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
b) Libros de la Magdalena
El plazo de presentación de solicitudes y de los libros editados será de 15 días hábiles y se iniciará el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
c) Libros de las Hogueras
El plazo de presentación de solicitudes y de los libros editados será de 15 días hábiles y se iniciará el día 25 de mayo de 2026.
d) Libros de Moros y Cristianos
El plazo de presentación de solicitudes y de los libros editados será de 15 días hábiles y se iniciará el día 15 de septiembre de 2026
València, 9 de febrero de 2026.– El vicepresidente segundo y conseller de Presidencia. José Luis Díez Climent
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 11/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 11/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia, por la que se convocan las subvenciones destinadas a la promoción del uso del valenciano en el ámbito festivo: libros de las Fallas, libros de la Magdalena, libros de Hogueras y libros de Moros y Cristianos para el año 2026.Publicado 12/02/2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.