encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 886516

Acuerdo 15/26 de la Junta de Gobierno de 30/01/26 por el que se aprueba convocatoria subv. aytos menos de 20.000 hb, EELLMM Y mancomunidades provincia Valladolid para actividades en centros ocio juvenil de titularidad local, 2026

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALLADOLID · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:00 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES418 - Valladolid

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
11/02/2026
Publicación en diario oficial
16/02/2026

Texto oficial de apertura: Desde las 00:00 horas de la publicación en el BOP

Texto oficial de cierre: A los 20 días hábiles , contados desde las 00:00 horas del siguiente a aquél en que apare

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios. Podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria los Ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes, las Entidades Locales Menores y las Mancomunidades de la provincia de Valladolid.Para la determinación de la población se tendrán en cuenta los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de finalización de presentación de solicitudes.A los efectos de esta convocatoria, tienen la consideración de Centros de Ocio Juvenil las instalaciones que, perteneciendo a las Corporaciones Locales de esta provincia o a entidades de ellas dependientes, están destinadas principalmente a ofrecer a la población juvenil actividades de tiempo libre, centradas en aspectos lúdicos, recreativos o formativos que se realicen en el ámbito de la educación no reglada.Podrán solicitarse subvenciones tanto para actividades como para la dotación en Centros de ocio ya existentes, como para Centros de ocio no abiertos al público a la fecha de finalización de solicitudes, siempre que, en este último caso, esté prevista su apertura al público antes de la finalización del plazo de justificación establecido en la cláusula 20ª de estas bases. En caso de que el Centro de Ocio no estuviera abierto en dicho plazo, se procederá a la exigencia del reintegro de la subvención en los términos establecidos en la normativa de aplicación.Segundo. Objeto.Se convocan para el ejercicio 2026, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a Ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes, Entidades Locales Menores y Mancomunidades de la provincia de Valladolid con destino al apoyo en la realización de nuevos programas de actividades en los Centros de Ocio Juvenil de titularidad local que desarrollen acciones de interés general, especialmente recogidas en el VI Plan Provincial de Juventud de la Diputación de Valladolid 2024-2027 (medida 90) así como actividades de ocio saludable recogidas en el VIII Plan Provincial sobre Adicciones (Programa DiversiON). Tercero. Bases reguladoras.Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de la Provincia de Valladolid de 6 de marzo de 2006).Cuarto. Cuantía. La cuantía total de las subvenciones para esta línea no podrá superar la cantidad de treinta y dos mil cuatrocientos euros (32.400,00 €), distribuidos en las siguientes aplicaciones presupuestarias del año 2026: ? Aplicación presupuestaria 507.92406.46200, la cantidad de 30.000,00 euros para Ayuntamientos. ? Aplicación presupuestaria 507.92406.46300, la cantidad de 800,00 euros para Mancomunidades.? Aplicación presupuestaria 507.92406.46800, la cantidad de 1.600,00 euros para Entidades Locales Menores. 2. La Diputación aportará un máximo del 80% del total presupuestado para los gastos de actividades, debiendo los Ayuntamientos, Entidades Locales Menores o Mancomunidades aportar, como financiación propia (u obtenida por otras vías), un mínimo del 20% del coste total de los mismos.3. Las subvenciones que se concedan, con el límite presupuestario indicado anteriormente, no podrán superar, por cada Entidad solicitante, la cantidad de 800,00 euros, salvo que el importe solicitado sea menor a esta cantidad. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los 20 días hábiles, contados desde las 00:00 horas del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta las 14:00 horas del vigésimo día hábil. Cuando el último día del plazo sea inhábil, el plazo de presentación se entenderá prorrogado hasta las 14:00 horas del primer día hábil siguiente.Sexto. Otros datos de interés.- Gastos subvencionables: los previstos en la Base 5ª de la convocatoria.- Compatibilidad: Según Base 7ª de la misma.- Solicitudes y Documentación: Se presentarán en los términos establecidos en la Base 9ª y 10ª de la convocatoria- Criterios de valoración: los previstos en la Base 13ª de la convocatoria.- Forma de pago: Las entidades beneficiarias de la subvención recibirán el importe íntegro de la misma anticipadamente, con el carácter de ?a justificar?.- Forma de justificación: mediante la presentación de la documentación a la que alude la Base 20ª de la convocatoria.- Plazo máximo de justificación: finalizará el 22 de enero de 2027.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 18/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSAcuerdo aprobación basesPublicado 18/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IIPublicado 18/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IPublicado 18/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSÁREA DE SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES SERVICIO DE DEPORTES Y JUVENTUD Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno n.º 15 de 30 de enero de 2026, de la convocatoria a los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes, entidades locales menores y mancomunidades de la provincia de Valladolid para la realización de actividades en los centros de ocio juvenil de titularidad local, año 2026.Publicado 16/02/2026BASE REGULADORA GENERAL - ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES