¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 01/01/2026
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 11/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 27/02/2026
Texto oficial de cierre: 1 mes siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
“CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ENTIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y OTROS” ejercicio 2026, de Fortaleny en régimen de concurrencia no competitiva. Datos identificativos:Referencia externa: SubvencionesDescripción: Decreto de Presidencia Convocatoria subvenciones “Entidades culturales, deportivas y otras” en régimen de concurrencia no competitiva.Órgano gestor: L01461252 Ayuntamiento de FortalenyNomenclatura: sin nomenclaturaDiario Oficial: Boletín Oficial de la ProvinciaDescripción: Plan Estratégico de Subvenciones ejercicio 2025-2027 y Ordenanza General de Subvenciones de FortalenyURL: https://fortaleny.sedelectronica.esInicio solicitud: desde el 1 de enero de 2026 hasta un mes natural después de la publicación de la convocatoria en el BOP.Solicitud telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Fortaleny, mediante instancia general.Justificación: justificación posterior.Font de financiación: Presupuesto General de la Entidad Local.Importe: 27.000€Región: ES523-ValenciaInstrumento de ayuda: Subvención y entrega dineraria sin contraprestaciónTipo de beneficiario: Personas jurídicas que no desarrollan Actividades económicasImpacto de género: NoFinalidad: Cultura Primero.- Objeto y ámbito.La finalidad de las presentes ayudas es el fomento de la realización de actividades culturales, deportivas y otras de interés general o de carácter educativo o social, para entender que las mismas fomentan la buena convivencia, los hábitos de vida saludable, la formación, el respeto, la igualdad y la solidaridad. Segundo.- Procedimiento de concesión.El presente programa se rige mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva mediante distribución del importe total de la subvención, entre las entidades que resultan beneficiarias de la ayuda, en el importe que resulto de la aplicación del anexo III del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027, al amparo de aquello previsto en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y los artículos 65 y siguientes del Reglamento que desarrolla dicha Ley, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Tercero.- Autorización del gasto.En el Presupuesto municipal para el ejercicio 2026 existe dotación presupuestaria en las aplicaciones 323-48901, 924-48901, 334-48902, 334-48904, 341-48901, 341-48902, 334-48901, 338-48901, 334-48903, 334-48905, 341-48903, 334-48907, 334-48906, 311-48901, 344-48902 i 334-48908 “SUBVENCIONES ENTIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y OTRAS” para hacer frente a la presente gastada, ascendiendo el importe máximo sobre la partida a 27.000€. Cuarto.- Beneficiarios.Serán beneficiarios de las aportaciones económicas, las entidades las cuales las solicitudes de ayuda sean aprobadas. Quinto.- Requisitos.Según artículo 12 y siguientes de la Ordenanza General de Subvenciones. Los requisitos se tendrán que presentar en el momento de solicitud de subvención. Sexto.- Cuantía.El importe a conceder por entidad se determinará por aplicación del Plan Estratégico de Subvenciones. Séptimo.- Solicitudes.La solicitud se presentará de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Fortaleny, en el modelo de instancia general. Octavo.- Plazo de presentación.Desde el día 1 de enero de 2026 hasta 1 mes natural posterior a la publicación de la convocatoria en el BOP, a través de la BDNS. Noveno.- Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.Será instructor un funcionario del Ayuntamiento y resolverá el Alcalde. Décimo.- Plazo de resolución y notificaciónPlazo máximo de resolución: 6 meses.Plazo máximo de notificación: 10 días hábiles. Undécimo.- Medio de notificación o publicación.Notificación electrónica a las entidades beneficiarias. Doceavo.- Fin a la vía administrativaLa resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponer los recursos legales pertinentes.