PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES13 - CANTABRIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
19/02/2026
Fin de solicitudes
11/03/2026
Registro en BDNS
11/02/2026
Publicación en diario oficial
18/02/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación del extracto en BOC
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles desde la publicación del extracto
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios: 1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los clubes deportivos que cuenten con equipos en categorías de edad escolar que participen en competiciones oficiales de ámbito estatal y que estén debidamente inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Cantabria, integrados en su correspondiente federación, o, en ausencia de esta, en la delegación territorial de la Federación española, siempre y cuando la existencia de esta última haya sido debidamente comunicada a la Dirección General de Deporte.2. Las referidas y los referidos deportistas en edad escolar deberán constar previamente a la asistencia al campeonato dados de alta en la base de datos de deporte escolar que gestione la Dirección General competente en materia de Deporte.3. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.Segundo. Objeto:1. Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a favor de los clubes deportivos de Cantabria para financiar total o parcialmente los gastos de desplazamiento en autobús colectivo, por su asistencia y participación en campeonatos, torneos o competiciones oficiales de ámbito nacional de categorías pertenecientes a edad escolar2. Serán subvencionables los traslados o desplazamientos en autobuses colectivos que se hayan realizado del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre del 2025 y que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudesTercero. Bases reguladoras:Orden UIC/36/2021, de 19 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, a los clubes deportivos de Cantabria para los gastos de desplazamiento a competiciones de ámbito nacional en edad escolar (BOC del 21 de octubre de 2021).Cuarto. Cuantía:1. Las subvenciones se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 08.06.336A.482.03 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2025 prorrogados para 2026, y su cuantía total máxima, dentro del crédito disponible, es de 50.000 €.2. La cuantía de la subvención a conceder a cada club interesado resultará de la aplicación de un 80% al total de los justificantes de los gastos de desplazamiento aportados, admitidos y abonados, estableciéndose los siguientes límites:- Máximo de 3 desplazamientos por club deportivo por solicitud- Importe máximo total a conceder a cada club deportivo: 6.500 euros3. La concurrencia competitiva se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas que reúnan las condiciones para acceder a la subvención, atendiendo a la prelación temporal de la solicitud hasta el agotamiento del crédito presupuestario.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:Quince días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Cantabria. Sexto. Documentación:La solicitud de subvención se formulará en el modelo oficial que figura como el Anexo I de la resolución de convocatoria, dirigida al Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, que irá firmado por el representante legal del club interesado y se acompañará de la documentación señalada en el apartado quinto punto 4 de la resolución de convocatoria.