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Plazo no verificadoBDNS 886715

BBRR y Convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva para la realización de actividades relacionadas con la recuperación de la memoria histórica y democrática en la provincia de Cáceres 2026

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁCERES · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:04 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES432 - Cáceres

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
17/02/2026
Fin de solicitudes
09/03/2026
Registro en BDNS
12/02/2026
Publicación en diario oficial
16/02/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

1.- APLICACIONES PRESUPUESTARIA SEGÚN BASES DE LA CONVOCATORIALa convocatoria objeto de redistribución del crédito aprobaba inicialmente las aplicaciones del presupuesto de 2026, 05.3270.48100, dotada con un importe de 60.000,00€, 05.3270.45200, dotada con un importe de 0 € y 05.3270.45300, dotada con un importe de 0 € y 05.3270.42110, dotada con un importe de 0€.ENTIDADES DESTINATARIAS: Asociaciones, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, organismos públicos de investigación, universidades y agrupaciones de personas físicas.2.- ESTADO DE APLICACIONES TRAS EL CÁLCULO DE CUANTÍAS A CONCEDERDe esta distribución, resulta un déficit en la aplicación presupuestaria: 2026.05.3270.45300, por importe de 6.059,88€; existiendo sobrante suficiente en la aplicación 2026.05.3270.48100 para cubrir dicho déficit.3.- REDISTRIBUCIÓN DEL CRÉDITO E IMPORTES FINALESSe realiza la redistribución de las aplicaciones presupuestarias de la subvención a Asociaciones, Fundaciones, Entidades sin ánimo de lucro, Organismos Públicos de investigación y Universidades para la realización de actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Histórica y Democrática en la provincia de Cáceres consistente en detraer el importe de 6.059,88 € de la partida 2026.05.3270.48100, incluyendo dicha cantidad en la partida 2026.05.3270.45300; quedando las aplicaciones presupuestarias como se detalla a continuación:APLICACIÓN                         CRÉDITO INICIAL                         CRÉDITO FINAL2026.05.3270.48100                    60.000,00 €                                    53.940,12 €2026.05.3270.45300                             0 €                                           6.059,88 € 

1.- OBJETO Y ENTIDADES DESTINATARIAS DE LA CONVOCATORIA. EXCLUSIONES El objeto de estas Bases es establecer las normas específicas en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones, fundaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las universidades creadas conforme a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y a los organismos públicos de investigación, para llevar a cabo los siguientes proyectos o iniciativas según lo establecido en el art. 23 de la Ley 38/2003 que se desarrollen durante 2026.ENTIDADES DESTINATARIAS:  Asociaciones, fundaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las universidades creadas conforme a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y a los organismos públicos de investigación, para llevar a cabo los siguientes proyectos o iniciativas según lo establecido en el art. 23 de la Ley 38/2003 que se desarrollen durante 2026.Cada entidad podrá presentar como máximo dos solicitudes cumplimentando todos los campos obligatorios del formulario general de la sede electrónica.2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA:  Esta Convocatoria de subvenciones está consignada en el Presupuesto General de la Diputación Provincial de Cáceres del ejercicio 2026, en las aplicaciones presupuestarias 05.3270.45300, 05.3270.45200 05.3270.42110 y en la aplicación 05.3270.48100 “Convocatoria Asociaciones. Memoria Democrática” dotada con un importe total de 60.000 ,00 €.3.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES:  1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas concedidas al amparo de estas bases reguladoras, las asociaciones, fundaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las universidades creadas conforme a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, y los organismos públicos de investigación. Dichas entidades habrán de estar legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en los correspondientes registros, carecer de ánimo de lucro, así como tener incorporados, entre sus objetivos o actividades, los relacionados con la recuperación de la Memoria Democrática y el reconocimiento de las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.2. Quedan excluidas como posibles beneficiarias las entidades societarias con ánimo de lucro, las entidades de derecho público, los partidos políticos, los colegios profesionales y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente, así como agrupaciones o personas físicas.3. No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias quienes incurran en alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.4. El proyecto o iniciativa deberá realizarse dentro de la provincia de Cáceres, es decir, en alguno de los municipios que la conforman.5. La convocatoria podrá prever la sustitución de determinados documentos y la acreditación de los requisitos para obtener la condición de beneficiario mediante declaración responsable suscrita por el órgano de la entidad local o representante de la entidad solicitante al que se le atribuya, en su normativa o estatutos, la representación o máxima dirección. El plazo de vigencia de esta declaración responsable será de 6 meses, según los establecido en el artículo 7.4 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.4.- SOLICITUDES La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres.La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en su caso, la fase de reintegro.La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes.Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se formalizará la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, publicado en el B.O.P. número 74, de 21 abril de 2010, modificado por Acuerdo de Pleno de 27 de junio de 2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP n.º 163 de 23 de agosto.Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada sede y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando así proceda.La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es https://sede.dip-caceres.es  PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Las solicitudes deberán presentarse por las entidades interesadas en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, no admitiéndose las presentadas fuera de plazo.La presentación de la solicitud por parte de la entidad interesada implicará la aceptación de las presentes bases de convocatoria, así como el consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.5.- DOCUMENTOS Las solicitudes deben ir acompañadas de la documentación que se indica a continuación, con carácter obligatorio:a) Memoria descriptiva detallada del proyecto o iniciativa para el que se solicita ayuda, que tendrá una extensión máxima de 10 páginas, en formato Times New Roman, tamaño 12.b) Presupuesto realizado en el que se desglosen costes y gastos necesarios para la ejecución de la actividad.Conforme a lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, si los documentos exigidos ya estuvieran en poder de las Administraciones Públicas o hayan sido elaborados por éstas, el solicitante podrá acogerse a lo establecido en al art. 53.1, apartado d) de Ley 39/2015, de 1 de octubre.En el caso de que la entidad solicitante desee acogerse a esta posibilidad, deberá presentar una declaración responsable en la que se hagan constar los datos identificativos de la entidad, organismo de la Administración actuante y fecha en que se presentaron los documentos requeridos en la presente convocatoria, y desde esa fecha hasta el día de presentación de la solicitud de estas ayudas. En particular, los documentos administrativos a los que se refiere este derecho son: la escritura de constitución de la entidad, los Estatutos y sus modificaciones, la certificación de inscripción en el registro público correspondiente y la tarjeta de identificación fiscal. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir al solicitante su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.De acuerdo con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la documentación administrativa requerida podrá ser sustituida por una declaración responsable del solicitante. Con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión, será requerida la presentación –en un plazo no superior a quince días hábiles- de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración.Las copias de documentos entregados mediante el Registro Electrónico deberán atenerse a lo contenido en el art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.6.- CRITERIOS DE VALORACIÓN: La Comisión de Valoración -cuya composición se determina en la BASE OCTAVA- de la Convocatoria llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los criterios de selección establecidos en las bases de la Convocatoria. Emitirá la correspondiente acta, debidamente motivada.No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa. La asignación de subvenciones se realizará sobre la base de los principios de transparencia, objetividad y proporcionalidad de conformidad con el proyecto presentado por cada entidad y de acuerdo con los criterios y su gradación que se señalan en la BASE SÉPTIMA de la Convocatoria.La comisión de valoración graduará, en base a las solicitudes presentadas y vistos los programas de actividades y la propuesta que realice el Área de Cultura y Deporte, previo estudio de los mismos, los criterios de valoración con los límites establecidos en cada apartado.Se concederán ayudas hasta un importe máximo de 5.000 € CINCO MIL EUROS) a los proyectos que obtengan una puntuación igual o superior a 20 puntos. El importe máximo de la subvención a conceder no podrá exceder del total del gasto subvencionable.La ayuda se concederá otorgando el valor que corresponda a cada punto una vez dividida la cuantía total de la partida presupuestaria entre los puntos totales resultante de la suma de los puntos obtenidos por los solicitantes que puedan ser beneficiarios de las subvenciones, en base a los criterios de la base séptima de esta convocatoria.El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible para la presente convocatoria de subvenciones, expresado en la BASE SEGUNDA.7.- OTROS DATOS DE INTERÉS - Las ayudas serán prepagables al 100%. - Plazo de ejecución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. - Plazo de justificación: hasta el 31 de marzo de 2027. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 12/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSREDISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA 2026Publicado 31/07/2026EXTRACTO Convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva para la realización de actividades relacionadas con la recuperación de la memoria histórica y democrática en la provincia de Cáceres 2026Publicado 16/02/2026BBRR y Convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva para la realización de actividades relacionadas con la recuperación de la memoria histórica y democrática en la provincia de Cáceres 2026