Extracto publicado
En este marco de actuación, esta entidad considera necesario apoyar aquellas iniciativas culturales que ayuden a potenciar el ámbito literario, y más concretamente la creatividad artística en este campo, con el objetivo de su desarrollo y consolidación en nuestro municipio.Base 1. —Objeto del concurso literario 1. El Ayuntamiento de Iurreta mediante la organización del certamen literario pretende estimular la creación literaria y su posterior divulgación.Un tribunal constituido al efecto valorará los trabajos presentados al certamen y propondrá los relatos ganadores, los cuales se publicarán en un libro y a las /os premiadas/os se les otorgará un bono canjeable en una librería de la comarca o un lote de libros.2. Categorías y secciones.Se convocan cuatro categorías, cada una de ellas representa un género literario diferente:Estas 4 categorías están dirigidas a 3 franjas de edad, compuestas por las siguientes secciones:13-18 añosAdultos: a partir de 18 años.3. Tema e idioma. El tema será libre y los trabajos tendrán que ser originales, sin publicación previa (ni total ni parcialmente) y sin haber sido premiados en otros certámenes.El idioma de los trabajos será el euskera, excepto en las secciones de adultos donde se podrá presentar tanto en euskera como en castellano.4. Los relatos presentados a este concurso están obligados a respetar la igualdad entre hombres y mujeres conforme a lo dispuesto en disposiciones legales vigentes para la Igualdad de mujeres y hombres.5. Cada concursante podrá presentar un único trabajo por cada categoría.6. Modo de presentación: Los trabajos deberán presentarse en hojas de tamaño DIN-A4, con orientación vertical y escritos en ordenador a una cara. Con un interlineado de 1’5, utilizando el tipo de letra Times New Roman del tamaño 12, con las hojas numeradas y márgenes mínimos de 2,5 cms.También podrán presentarse solicitudes a través de la sede electronica del Ayuntamiento de Iurreta, los trabajos deberán entregarse en soporte digital con la extensión pdf.7. La longitud de los trabajos dependerá de las categorías que a continuación se detallan una a una.8. No se aceptarán trabajos en los que se haya utilizado Inteligencia Artificial. Se deberá expresar la negativa, mediante declaración jurada (véase anexo I). La comprobación se realizará mediante declaración jurada sin perjuicio de que el tribunal revise los relatos que estime oportunos. En caso de detectarse la utilización de Inteligencia Artificial el relato quedará automáticamente excluido.CATEGORIA CUENTO:Infantil y juvenil. 3er- 4º curso de Educación Primaria (8-10 años). En esta sección la longitud mínimade los trabajos será de 1página y la máxima de 2 páginas. 5º- 6º curso de Educación Primaria (11-12 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 1 página y máxima de los trabajos será de 3 páginas. 1er - 2º curso de E.S.O. (13-14 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de una página y media y máxima de 4 páginas. 3er-4º curso de E.S.O. (15-16 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 2 páginas y máxima de los trabajos será de 5 páginas. 1er-2º curso de Bachiller ygrado medio de Formación Profesional(17-18 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 3 páginas y máxima de 6 páginas.6º. Adultos. La longitud mínima de los trabajos será de 3 pagina y máxima de los trabajos será de 7 páginas.CATEGORIA POESÍAInfantil y juvenil. 3er - 4º curso de Educación Primaria (8-10 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 4 líneas. 5º - 6º curso de Educación Primaria (11-12 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 8 líneas. 1er - 2º curso de E.S.O. (13-14 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 16 líneas. 3er - 4º curso de E.S.O. (15-16 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 24 líneas. 1er - 2º curso de Bachiller y grado medio de Formación Profesional (17-18 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 32 líneas .6º Adultos. La longitud mínima de los trabajos será de 40 líneas.CATEGORIA VERSOSInfantil y juvenil. 3er - 4º curso de Educación Primaria (8-10 años). En esta sección la longitudmínima de los trabajos seráde 2 estrofas o 4 coplas. 5º-6º curso de Educación Primaria (11-12 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 3 estrofas o 6 coplas. 1er - 2º curso de E.S.O. (13-14 años). En esta sección la longitud mínima delos trabajos será de 4 estrofas. 3er - 4º curso de E.S.O. (15-16años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 5 estrofas. 1er - 2º curso de Bachiller y (17-18 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 6 estrofas.Adultos. La longitud mínima de los trabajos será de 6-8 estrofas.CATEGORIA COMICInfantil y juvenil. 3er - 4º curso de Educación Primaria (8-10 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 1 página (sin portada). 5º - 6º curso de Educación Primaria (11-12 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 1 página (sin portada). 1er - 4º curso de E.S.O. (13-16 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 2 páginas (sin portada). 1er-2º curso de Bachiller y grado medio de Formación Profesional (17-18 años). En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 3 páginas (sin portada).En esta sección la longitud mínima de los trabajos será de 3 páginas (sin portada).Base 2. —Personas beneficiarias1. Podrán presentarse al concurso literario aquellas personas físicas autoras que lo deseen mayores de 8 años, con un trabajo original y no publicado total o parcialmente.2. Será condición indispensable el cumplimiento de los requisitos previstos en el art. 6 y 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Iurreta. 3. Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.4. Se podrá otorgar la subvención a las personas que cumplan con los siguientes requisitos y que se distribuirán a su vez en las siguientes secciones que competirán entre sí.CATEGORIAS CUENTO, POESÍA, VERSOS Y CÓMICInfantil. 1º 3er- 4º curso de Educación Primaria (8-10 años). 2º 5º- 6º curso de Educación Primaria (11-12 años). 3º 1er - 2º curso de E.S.O. (13-14 años). 4º 3er-4º curso de E.S.O. (15-16 años). 5º 1er-2º curso de Bachiller y grado medio de Formación Profesional(17-18 años).6º. En esta categoría podrá participar cualquier persona mayor de 18 años. 5. Quedarán excluidas, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción, aquellas personas que han sido sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, durante el periodo impuesto en la correspondiente sanción de conformidad con lo estipulado en el artículo 3 de la Ley 4/2005 de 18 de febrero de Igualdad de Mujeres y Hombres y la Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres de 22 de marzo.6. Además de las causas establecidas en la Ordenanza Reguladora de Subvenciones, no podrán obtener subvención alguna aquellas personas beneficiarias que en la fecha de presentación de instancias no se hallen al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. La mera presentación de la documentación justificativa no implica la conformidad de la justificación presentada.Base 3. —Lugar y plazo de presentación de las solicitudes1. Para poder participar la solicitud debidamente cumplimentada (Anexo I) deberá presentarse en el Servicio de Atencion Ciudadana “SAC”, ubicado en C/ Bidebarrieta, 5. 48215. Iurreta. (Bizkaia).Asimismo, la solicitud podrá realizarse en cualquiera de los lugares previstos en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo comun de las Administraciones Publicas.La informacion y el modelo de solicitud estarán disponibles en el Servicio de Atencion Ciudadana “SAC”, asi como en la web municipal (www.iurreta.eus) y en la Biblioteca Municipal, ubicada en C/ Bidebarrieta, 4. 48215. Iurreta. Bizkaia.2. El plazo de presentación de solicitudes serán 15 días naturales desde el día siguiente a su publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia.Base 4. —Documentación a adjuntar con las solicitudes 1. Las solicitudes se deberán presentar en el modelo oficial que se adjunta como formulario, accesible a través de la página web: https://www.iurreta.eus/es-ES/Cultura/noticiasdecultura/Documents/20250207-izen-ematea.pdf salvo los que resulten Interoperables. El Ayuntamiento de Iurreta, mediante los sistemas de Intermediación de datos disponibles a través del Nodo de Interoperabilidad de Bizkaia, realizará las comprobaciones y consultas pertinentes de los datos de las/los solicitantes necesarias para la tramitación de las presentes subvenciones que obren en poder de las Administraciones Publicas, salvo oposición expresa de las mismas, en cuyo caso, además de indicar los motivos de su oposición deberán aportarse los datos o documentos correspondientes. En todo caso, si por causas técnicas de interoperabilidad no fuera posible, el Ayuntamiento de Iurreta podrá requerir datos o documentos necesarios para la tramitación.En la solicitud deberá constar lo siguiente:Declaración responsable de no hallarse incursa/o en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza General de subvenciones del Ayuntamiento de Iurreta para obtener la condición de beneficiaria/o.b) Declaración responsable de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriormente concedidas o por no haber justificado debidamente las mismas, en ambos casos, según resolución del órgano municipal competente.Declaracion responsable de no haber presentado el trabajo en otro certamen o haber recibido subvencion por el mismo.Autorización expresa a los servicios municipales del Ayuntamiento de Iurreta a recabar de los organismos competentes los datos necesarios para constatar el cumplimiento de todas las condiciones requeridas para ser beneficiario/a de las ayudas, con conformidad a lo dispuesto en el artículo 4.11 del Reglamento (UE) 2016/679.2. Una copia del relato escrito por la persona participante entregado de forma anónima. Los ejemplares de la obra no irán firmados, estarán numerados en todas las páginas e indicarán el título del relato, sin identificación del autor o autora.La presentación de solicitud implica la aceptación de la totalidad de la regulación descrita en las presentes bases.Base 5. —Subsanación o mejora de las solicitudes1. Si las solicitudes no se formalizaran completamente o faltara alguno de los documentos exigidos por las presentes bases, se requerirá a la solicitante para que en el plazo de diez (10) días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, archivándose la misma, sin más trámite.2. En todo caso, el Ayuntamiento de Iurreta podrá solicitar cuanta información complementaria considere necesaria para la adecuada comprensión y evaluación de las solicitudes presentadas.Base 6. —Procedimiento de concesiónLa concesión de los premios se realizará mediante el sistema de concurrencia competitiva, esto es, mediante la constitución de un tribunal calificador que procederá a la comparación de los relatos presentados, a fin de establecer una relación entre las mismas, atendiendo a los criterios de valoración fijados en la base 7.Base 7. —Criterios de valoración de los relatosEl tribunal calificador designado a los efectos de esta convocatoria valorará las solicitudes presentadas en plazo, otorgándose los premios a aquellos relatos que, a juicio de este, obtengan mayor puntuación, sobre un máximo de 10 puntos, conforme a los siguientes criterios y puntos:a) Continuidad y unidad con el relato propuesto: hasta 4 puntos.b) Calidad literaria: hasta 3 puntos.Creatividad en el desarrollo de la historia: hasta 3 puntos.2. El premio podrá ser declarado desierto si ninguno de los relatos presentados reúne, según criterio del tribunal, los requisitos exigidos para su selección o si su valoración resulta insuficiente. En todo caso, el procedimiento de la obtención de premios estará regido por los principios de: objetividad, transparencia, igualdad, publicidad y concurrencia competitiva.3. El Tribunal calificador tiene potestad para excluir aquellos relatos que no respeten la igualdad entre hombres y mujeres conforme a lo dispuesto en la Ley vasca 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y demás disposiciones legales vigentes.Base 8.- Tribunal calificador 1. Para el análisis y la evaluación de los relatos presentados, se constituirá un tribunal calificador.Lo formarán los/as siguientes representantes, el tribunal estará presidido por un/una presidente/a:Sección infantil y juvenil:Representante de Maiztegi Herri Eskola:Jokin Rementeria BildosolaRepresentante de Juan Orobiogoitia Institutua:Naroa Ogando UbiriaDinamizador del club de lectura infantil y juvenil:Peru Magdalena ArriagaDinamizadora del club de lectura de Adultos:Ainhoa Aldazabal Gallastegi Bizkaiko Bertsozale Elkartea: Idoia Anzorandia Kareaga Ander Elortegi Garatea Josu Telleria Uriarte Jone Larrinaga DañobeitiaArtista gráfico:Anartz Aranguena GarciaRepresentantes del Ayuntamiento de Iurreta:Zorione Fundazuri Urkidi (Presidenta) Ziortza Duñabeitia UrkiolaSección de adultos:Dinamizador del club de lectura infantil y juvenil:Peru Magdalena Arriaga.Dinamizadora del club de lectura de adultos:Ainhoa Aldazabal Gallastegi Bizkaiko Bertsozale Elkartea: Idoia Anzorandia Kareaga Ander Elortegi Garatea Josu Telleria Uriarte Jone Larrinaga Dañobeitia Artista gráfico:Anartz Aranguena GarciaRepresentantes del Ayuntamiento de Iurreta:Zorione Fundazuri Urkidi (Presidenta)Julen Calleja OrtizIñako Gurrutxaga Ugalde2. El tribunal valorará los trabajos presentados sin conocimiento de su autoría.3. Expirado el plazo de presentación de solicitudes el Tribunal emitirá un informe en el plazo estimado de dos meses en el que se incluya, como mínimo, las solicitudes presentadas, un listado motivado de los trabajos premiados del concurso por categorías, así como las categorías que hayan quedado desiertas si se diera el caso.4. Así mismo en las categorías infantil y juvenil el Tribunal se reserva el derecho a otorgar menciones especiales si la calidad de los trabajos así lo requiere, hasta un máximo de dieciseís.5. El tribunal calificador, habida cuenta de los criterios para la adjudicación de los premios, presentará la propuesta de resolución al alcalde a través del órgano instructor, con el fin de que se dicte la resolución definitiva.Base 9.- Instrucción y resolución del procedimiento.El Órgano Instructor será la persona responsable de la gestión de la subvención, que realizará cuantas actuaciones estime oportunas para determinar, conocer y comprobar los datos en virtud de los cuales debe formularse la correspondiente propuesta de resolución.La Mesa de Valoración estará compuesta por el tribunal asignado a tal efecto según lo previsto en la Base 8, realizando una persona encargada de la instrucción del procedimiento las veces de secretaria. La misma asistirá a las sesiones y tendrá voz, pero no voto.La instrucción del procedimiento se realizará conforme a lo recogido en el art. 14 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Iurreta.Se prescindirá del trámite de audiencia habida cuenta de que en el procedimiento no figurarán ni serán tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por las personas interesadas.El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 meses, a contar desde la finalización del plazo de entrega. La resolución será dictada por el Alcalde, a propuesta del informe del órgano instructor que formule propuesta de resolución. Si transcurrido dicho plazo no mediara resolución expresa y notificación de esta, se entenderá que ha sido desestimada, sin perjuicio de que con posterioridad sea resuelta de forma expresa.El acuerdo de concesión definitiva de la subvención pondrá fin a la vía administrativa.La resolución contendrá, como mínimo, la relación de personas beneficiarias, premios y motivación adecuada y suficiente de las denegaciones que en su caso se produzcan.La resolución será publicada en el Tablón de Edictos municipal, a los efectos previstos en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo comun de las Administraciones Publicas.Asimismo, se dara cuenta del mismo a traves de la Web municipal (www.iurreta.eus).Base 10.—Premios1. Los trabajos premiados serán objeto de publicación en una edición especial promovida por el Ayuntamiento de Iurreta.2. Las obras ganadoras estarán dotadas, según sección, con premios consistente en lotes de libros o bonos canjeables en las librerías acordadas de la comarca de Durangesado, por valor de los siguientes importes:CATEGORIA CUENTO, POESÍA y VERSOSInfantil y juvenil3er- 4º curso de Educación Primaria (8-10 años)1er Premio: Lote de libros valorado en 50€.2º Premio: Lote de libros valorado en 40€.3er Premio: Lote de libros valorado en 30€.5º- 6º curso de Educación Primaria (11-12 años)1er Premio: Bono valorado en 70€.- 2º Premio: Bono valorado en 50€.3er Premio: Bono valorado en 35€.1er - 2º curso de E.S.O. (13-14 años)1er Premio: Bono valorado en 90€.2º Premio: Bono valorado en 60€.3er Premio: Bono valorado en 45€.3er-4º curso de E.S.O. (15-16 años)1er Premio: Bono valorado en 130€.2º Premio: Bono valorado en 70€.3er Premio: Bono valorado en 50€.1er-2º curso de Bachiller y grado medio de Formación Profesional(17-18 años)1er Premio: Bono valorado en 150€.Bono valorado en 200€CATEGORIA COMICInfantil y juvenil1.- 3er- 4º curso de Educación Primaria (8-10 años)- Premio: Lote de libros valorado en 50€.2.- 5º- 6º curso de Educación Primaria (11-12 años)- Premio: Bono valorado en 70€.3.- 1er - 2º curso de E.S.O. (13-14 años)- Premio: Bono valorado en 90€.4.- 3er - 4º curso de E.S.O. (15-16 años)- Premio individual: Bono valorado en 130€.5.- 1er-2º curso de Bachiller y grado medio de Formación Profesional(17-18 años)- Premio: Bono valorado en 150€.En estas categorías el Tribunal podrá otorgar hasta tres menciones especiales valorados cada una de ellas en lotes de libros o bonos valorados en 25€.5. Adultos- Premio: bono valorado en 200€Base 11. — Publicidad Las bases reguladoras y la convocatoria se registrarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, organismo que dará traslado del extracto de la convocatoria al “Boletín Oficial de Bizkaia”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin perjuicio de que tanto las bases como la convocatoria se publiquen en la web municipal y tablón de edictos.Base12. — Obligaciones de las personas premiadas1. Las personas premiadas deberán asistir personalmente, o mediante representante en caso de resultarles imposible, al acto de entrega de premios en el lugar, fecha y hora que se señale a tal efecto, así como entregar en soporte informático el relato premiado.2. En todo material editado y en toda comparecencia pública realizada con posterioridad a la concesión, deberá hacerse constar el patrocinio del Ayuntamiento de Iurreta. Se utilizarán, para ello, obligatoriamente los elementos establecidos en la imagen corporativa del Ayuntamiento de Iurreta, incluyendo junto al logotipo la siguiente frase literal: «Ekintza honek Iurretako Udalaren laguntza jaso du» o bien «Iurretako Udalak babestutako ekintza/Actividad subvencionada por el Ayuntamiento de Iurreta».Base 13. —Propiedad intelectualEl Ayuntamiento de Iurreta se reservará en exclusiva durante un plazo de un año a contar desde la fecha de abono del premio durante un año, los derechos de reproducción, distribución y venta de las obras premiadas sin pago adicional alguno al de la propia cuantía del premio, constituyendo éste la única y total remuneración.Base 14.-Incompatibilidad con otras subvenciones.Las subvenciones concedidas al amparo de las presentes bases no serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de otras entidades públicas o privadas.Base 15.—Normativa aplicableEn lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo recogido en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Iurreta, aprobada por acuerdo plenario de fecha 30 de mayo de 2019 y en lo no recogido, habrá que regirse por la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de Noviembre; y en el reglamento que la desarrolla aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio. Así como la Ley 39/2015, de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de as Administraciones Públicas, en la Norma de ejecución presupuestaria que se encuentre vigente en el momento de cada convocatoria, y demás normativa que resulte de aplicación.Base 16.—Infracciones y sancionesTodo lo referente a la comisión de infracciones y la imposición de sanciones se regirá por lo previsto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Iurreta, aprobada por acuerdo plenario de fecha 30 de mayo de 2019, y en lo no recogido, habrá que regirse por la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de Noviembre; y en el reglamento que la desarrolla aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.El procedimiento y las causas de reintegro serán las previstas en Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Iurreta, aprobada por acuerdo plenario de fecha 30 de mayo de 2019 y en la legislación indicada en el párrafo anterior.