Plazo no verificadoBDNS 886825
GC SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL EJERCICIO 2026
LOCAL · CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA · FUND.ETNOGRA.DESARR.ART.CANARIA -F.E.D.A.C
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:06 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES705 - Gran Canaria
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 19/02/2026
- Fin de solicitudes
- 11/03/2026
- Registro en BDNS
- 12/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 18/02/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Diario Oficial de Publicación: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.Título del Extracto de la convocatoria: Certificado de acuerdo del Consejo Rector de FEDAC, de fecha 6 de febrero de 2026, de aprobación de la convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva destinadas a Ayuntamientos y Entidades sin ánimo de lucro para el ejercicio 2026.Extracto de la Convocatoria: Certificado de aprobación del Consejo Rector de la FEDAC, de fecha 6 de febrero de 2026, por el que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a Ayuntamientos y Entidades sin ánimo de lucro para el ejercicio 2026. Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios/as los ayuntamientos, fundaciones, asociaciones de artesanos/as y asociaciones culturales que realicen actividades y proyectos dentro del marco de actuación de estas subvenciones y que, en la fecha de solicitud y hasta la concesión y justificación de la subvención, cumplan todos los requisitos señalados a continuación:Requisitos generales:Estar domiciliado en Gran Canaria o con sede permanente en esta isla, aun cuando su ámbito territorial de actuación fuera regional o nacional.No estar incurso en alguna de las prohibiciones o circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario/a.No haber recibido, o estar pendiente de recibir subvención para la misma finalidad y gasto.No tener pendiente justificación de subvenciones concedidas con anterioridad por la Administración Pública.Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad SocialEn el ámbito del Cabildo de Gran Canaria, no podrán otorgarse dos o más subvenciones destinadas a financiar la misma actuación con cargo al mismo ejercicio presupuestario.Requisitos específicos.En el caso de entidades sin ánimo de lucro, éstas deberán estar legalmente constituidas, así como, acreditar que se encuentran inscritos en el correspondiente registro público. En el caso de asociaciones culturales y fundaciones: estar inscritas en el Registro de asociaciones y fundaciones del Gobierno de Canarias a la fecha de presentación de la solicitud. Segundo. Actividades subvencionables:1. Elaboración e implementación de proyectos pedagógicos y actividades didácticas en los centros de enseñanza o formación y entidades sin ánimo de lucro que contribuyan a la promoción y difusión de la cultura tradicional.2. Representación y recreación de manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial de Gran Canaria, definidas como tal en la Ley 11/2019, de 25 de abril, del Patrimonio Cultural de Canarias. (Por ejemplo, finaos, carnaval tradicional, descamisadas, trillas en una era, etc.)3. Creación e implementación de rutas etnográficas (Rutas guiadas que recorran lugares de interés etnográfico, bienes de interés etnográficos como, por ejemplo, cantoneras, eras, molinos, tanques, alpendres, talleres de artesanos/as, etc.…)4. Impartición de formaciones dirigidas a los/as artesanos/as.5. Organización e implementación de cursos de artesanía para la ciudadanía.6. Actuaciones dirigidas a promover y consolidar el asociacionismo de artesanos/as y a fortalecer las relaciones de cooperación entre las empresas artesanas pertenecientes a la asociación7. Organización de ferias de artesanía u otros eventos de promoción y comercialización de productos artesanos.8. Museos y exposiciones de colecciones de carácter etnográfico, artesanía, cultura tradicional y fotografía histórica de Gran Canaria.9. Digitalización, conservación, grabación y difusión de archivos audiovisuales y archivos de fotografía histórica de Gran Canaria.10. Estudios e investigación de oficios artesanos y elementos tradicionales autóctonos.11. Edición de publicaciones y documentales con contenidos de oficios artesanos, fotografía histórica, cultura tradicional y popular de Gran Canaria.12. Organización de jornadas de divulgación y estudio de la artesanía, la etnografía, la cultura tradicional y la fotografía histórica.13. Creación, desarrollo, y dinamización de páginas webs y perfiles de redes sociales que promuevan elementos de valor etnográfico de Gran Canaria y oficios artesanos de la isla.14. Obras destinadas a la mejora de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas en las sedes de los solicitantes que realicen actividades que impulsen la artesanía o la cultura tradicional de Gran Canaria. Tercero. Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria. Cuarto. Cuantía: El importe máximo de la subvención que se podrá conceder a cada entidad no podrá exceder de 25.000 €.Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026, con las siguientes particularidades y excepciones: Solo serán subvencionables aquellos cursos de artesanía que sean impartidos por artesanos/as que estén en posesión del carné de artesano. Igualmente, en cualquier actividad referente a artesanos/as, estos tienen que estar en posesión del carné de artesano en vigor para ser considerados como tal.En la implementación de cursos de artesanía para la ciudadanía, el precio por hora de formación del maestro artesano no podrá exceder de la cantidad de 32€/hora (IGIC incluido).No serán subvencionables impuestos o tasas municipales, tales como, IGIC, IRPF, Impuesto de Bienes Inmuebles, tasas de recogida de basura o alcantarilladoEn las publicaciones, en ningún caso serán subvencionables segundas ediciones o posteriores, excepto aquellas ediciones que tengan más de 15 años.En el caso de documentales, son gastos subvencionables tan solo aquellos derivados de la producción y edición de los mismos.En las jornadas en las materias objeto de subvención, se subvencionarán los siguientes gastos:Honorarios de conferenciantes y ponentes.Gastos de desplazamiento en clase turista de los/as ponentes.Gastos de alojamiento de los/as ponentes, hasta un máximo de 66 € la noche.Gastos de manutención de los/as ponentes hasta un máximo de 37,40 € por día.Costes de material didáctico complementario “no inventariable” de la actividad.Otros gastos corrientes derivados de la producción de la actividad (alquiler del espacio, de equipos de sonido e iluminación).Gastos de promoción de la actividad. Publicidad.En el caso de proyectos de inversión de obras destinados a mejorar la accesibilidad, sólo se podrá optar por proyectos cuyo objeto principal sea la eliminación de barreras arquitectónicas, por lo tanto, tendrá que ser un proyecto de accesibilidad al 100%, no siendo posible incluir otras unidades de obras que no estén relacionado con éstos.No podrán obtenerse/otorgarse dos o más subvenciones del Cabildo de Gran Canaria destinadas a financiar la misma actuación con cargo al mismo ejercicio presupuestario. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: La solicitud de subvención se formalizará en un solo ejemplar y según modelo Anexo I. SOLICITUD DE SUBVENCIÓN, acompañada de toda la documentación que se solicita y detallada en el apartado nº 8 de esta convocatoria. Cada entidad solo puede presentar una propuesta a esta convocatoria.Para aportar los anexos I, II , III y IV (en su caso) que acompañan a la solicitud, deberá descargarlos previamente de la web www.fedac.org, cumplimentarlos y firmarlos electrónicamente de forma que se presenten todos debidamente firmados junto con el resto de documentación necesaria.La solicitud acompañada de la documentación pertinente, se presentará a través de la Sede Electrónica de FEDAC, en: https://fedac.sedelectronica.es/info.0EL plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (BOP). Sexto. Otros datos: La información relativa a esta convocatoria puede consultarse en las siguientes páginas web: www.fedac.orgwww.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/Pie de firma:Fecha, Lugar y Firmante:Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de febrero de 2026La Presidenta de FEDAC (P.D. Acuerdo del Consejo Rector de FEDAC 06/02/2026), Minerva Alonso Santana
Bases y documentación
CERTIFICADO DE APROBACIÓNPublicado 12/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 12/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL EJERCICIO 2026Publicado 18/02/2026CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL EJERCICIO 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.