CerradaBDNS 887006
ACTIVIDADES DE DINAMIZACIÓN DE LA LENGUA GALLEGA PARA ENTIDADES
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE PONTEVEDRA · SERVIZOS LINGÜÍSTICOS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:09 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES114 - Pontevedra
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 17/02/2026
- Fin de solicitudes
- 16/03/2026
- Registro en BDNS
- 13/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 16/02/2026
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Extracto publicado
1. Beneficiarios:
Las entidades culturales de la provincia de Pontevedra, o que cuenten con sede o delegación en la misma, que: carezcan de fines de lucro, desarrollen sus actividades en el ámbito territorial de la provincia de Pontevedra, no estén incluidas en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para percibir subvenciones públicas, no estén incluidas en ninguna de las prohibiciones para percibir subvenciones recogidas en la ley y que se encuentren al corriente con los deberes tributarios con la Seguridad Social, con la Hacienda autonómica y con la Diputación de Pontevedra.
2. Objeto
Ayudas económicas destinadas para las actividades encaminadas a la dinamización de la lengua gallega con el fin de potenciar el uso de nuestro idioma en el ámbito socioeconómico y, en general, en todos los sectores de importancia que tengan repercusión social, y para las actividades que organicen las entidades culturales sin fines de lucro en su término municipal entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
3. Bases reguladoras
Bases de subvenciones aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Pontevedra de 6 de febrero de 2026, Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Pontevedra, Bases de ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2026, en la LGS y en la demás legislación de desarrollo.
4. Cantidad
150.000 €.
5. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y en la Base Nacional de Subvenciones (BNS).
6. Otros datos de interés
- Solicitudes y documentación: cada entidad podrá presentar una única solicitud, en modelo normalizado y con la documentación establecida en la base decimoprimera.
- Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva
- Criterios de valoración: los establecidos en la base decimocuarta de la convocatoria.
- Gastos subvencionables: aquellos que de manera indudable respondan a la realización del proyecto y se incluyan entre los siguientes: infraestructura y espacios para las actividades, gastos de contratación de servicios técnicos y profesionales, edición de publicaciones, comunicación y prensa, gastos de publicidades y difusión, grupos artistas, compañías, eventos, espectáculos, y otros gastos no recogidos en los apartados anteriores y relacionados directamente con el proyecto.
- Compatibilidad: sí
- Forma de pago: transferencia
- Forma de justificación: mediante la presentación de facturas, cuenta justificativa de los gastos, memoria justificativa en la que figuren todas las actividades realizadas y señaladas previamente en el expediente y que incluya toda la programación paralela a los efectos de comprobar que cumplieron con las condiciones establecidas en la solicitud y acreditar la debida difusión, en los términos previstos en la base decimoctava de la convocatoria.
- Plazo máximo de justificación: 28 de febrero de 2027.
Las entidades culturales de la provincia de Pontevedra, o que cuenten con sede o delegación en la misma, que: carezcan de fines de lucro, desarrollen sus actividades en el ámbito territorial de la provincia de Pontevedra, no estén incluidas en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para percibir subvenciones públicas, no estén incluidas en ninguna de las prohibiciones para percibir subvenciones recogidas en la ley y que se encuentren al corriente con los deberes tributarios con la Seguridad Social, con la Hacienda autonómica y con la Diputación de Pontevedra.
2. Objeto
Ayudas económicas destinadas para las actividades encaminadas a la dinamización de la lengua gallega con el fin de potenciar el uso de nuestro idioma en el ámbito socioeconómico y, en general, en todos los sectores de importancia que tengan repercusión social, y para las actividades que organicen las entidades culturales sin fines de lucro en su término municipal entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
3. Bases reguladoras
Bases de subvenciones aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Pontevedra de 6 de febrero de 2026, Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Pontevedra, Bases de ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2026, en la LGS y en la demás legislación de desarrollo.
4. Cantidad
150.000 €.
5. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y en la Base Nacional de Subvenciones (BNS).
6. Otros datos de interés
- Solicitudes y documentación: cada entidad podrá presentar una única solicitud, en modelo normalizado y con la documentación establecida en la base decimoprimera.
- Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva
- Criterios de valoración: los establecidos en la base decimocuarta de la convocatoria.
- Gastos subvencionables: aquellos que de manera indudable respondan a la realización del proyecto y se incluyan entre los siguientes: infraestructura y espacios para las actividades, gastos de contratación de servicios técnicos y profesionales, edición de publicaciones, comunicación y prensa, gastos de publicidades y difusión, grupos artistas, compañías, eventos, espectáculos, y otros gastos no recogidos en los apartados anteriores y relacionados directamente con el proyecto.
- Compatibilidad: sí
- Forma de pago: transferencia
- Forma de justificación: mediante la presentación de facturas, cuenta justificativa de los gastos, memoria justificativa en la que figuren todas las actividades realizadas y señaladas previamente en el expediente y que incluya toda la programación paralela a los efectos de comprobar que cumplieron con las condiciones establecidas en la solicitud y acreditar la debida difusión, en los términos previstos en la base decimoctava de la convocatoria.
- Plazo máximo de justificación: 28 de febrero de 2027.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 13/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 13/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIPUTACIÓN DE PONTEVEDRA DE 6 DE FEBRERO DE 2026 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LAS ENTIDADES CULTURALES SIN FINES DE LUCRO PARA LAS ACTIVIDADES DE DINAMIZACIÓN DE LA LENGUA GALLEGA DEL AÑO 2026Publicado 16/02/2026ACTIVIDADES DE DINAMIZACIÓN DE LA LENGUA GALLEGA PARA ENTIDADESInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.