Abierta (plazo verificado)BDNS 887097
SUBVENCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (I.T.E.) 2026
LOCAL · ARRATZUA-UBARRUNDIA · AYUNTAMIENTO DE ARRATZUA-UBARRUNDIA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:12 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES211 - Araba/Álava
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 12/02/2026
- Fin de solicitudes
- 15/11/2026
- Registro en BDNS
- 13/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 23/02/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (I.T.E.) Resolución de Alcaldía 32/2026 de fecha 12 de febrero de 2026 por la que aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de la Inspección Técnica de Edificios (I.T.E.) 2026, por el procedimiento de concurrencia competitiva.De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.infosubvenciones.es).Primero. - Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de la subvención prevista en estas bases las personas físicas o Comunidades, propietarias o usufructuarias de edificios destinados a uso residencial que tengan una antigüedad superior a cincuenta años, o que ostenten la consideración de algún tipo de catalogación o protección y que habiendo realizado la Inspección Técnica de Edificios formalicen la correspondiente solicitud.Requisitos de las personas solicitantes:En caso de personas físicas: deberán estar empadronadas en el municipio de Arratzua-Ubarrundia, en el plazo comprendido entre el 1 de enero del año anterior al que se refiera la convocatoria y mantenerlo hasta su resolución.En caso de personas jurídicas: tener su domicilio fiscal en el municipio en el plazo comprendido entre el 1 de enero del año anterior al que se refiera la convocatoria y mantenerlo hasta su resolución.Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el ayuntamiento, y no tener otro tipo de deuda con el mismo hasta la resolución definitiva de la convocatoria que se realice.Segundo. - ObjetoEstas bases tienen por objeto fomentar y regular el procedimiento de concesión por parte del Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia, en su ámbito competencial, de una subvención de parte del coste de realización del informe correspondiente a la Inspección Técnica de Edificios (I.T.E.) sitos en el municipio.Tercero. - Bases reguladorasLas bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones para la realización de la Inspección Técnica de Edificios (I.T.E.) fueron modificadas en sesión de Pleno de fecha 26 de octubre de 2020 y publicadas en el BOTHA nº 2/2021 de 8 de enero.Cuarto. - Gastos subvencionables. Serán subvencionables los gastos derivados de la realización de la ITE, que deberá cumplir con los requisitos que se establezcan en la normativa aplicable en el momento de la convocatoria, que se hayan realizado entre el día 14 de noviembre de 2025 y el 14 de noviembre de 2026, para los cuales no se hubiera solicitado subvención anteriormente.Quinto. - Cuantía de la ayuda.La subvención alcanzará hasta el 50% del presupuesto de la actuación protegible con un tope máximo de 150 €, en el caso de viviendas unifamiliares y/o adosadas, siendo el tope máximo para las Comunidades de vecinos establecido en 200 €El tope máximo no será aplicable en el supuesto de que realizadas las adjudicaciones que procedan, no se agote la partida presupuestaria. En este caso se repartirá, de manera proporcional, la cantidad restante entre las solicitudes que cumplan todos los requisitos, siempre sin superar el 90 por ciento del coste.Por el contrario, si el crédito consignado fuera insuficiente para atender a todas las solicitudes presentadas, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente para poder atenderlas todas.Sexto. - Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de las bases, aportando la documentación que en ellas se requiere, finalizando el plazo de presentación el día 15 de noviembre de 2026.Séptimo. - Documentos a adjuntar a la solicitud:Solicitud de subvención normalizada, debidamente cumplimentada, según el modelo del anexo I.Copia de la factura expedida por la empresa que ha realizado la Inspección Técnica de Edificios, así como comprobante del pago de la misma.Haber entregado, o hacerlo en el momento de la solicitud, el Informe de la Inspección Técnica de Edificios en las oficinas municipales, realizado conforme a la normativa vigente en el momento.Entidad e IBAN de la cuenta en la que se desee que se realice el ingreso indicando titular en caso de que sea diferente a la persona beneficiaria de la subvención. Documento firmado electrónicamente
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 13/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSMODELO DE SOLICITUDPublicado 13/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (I.T.E.)Publicado 23/02/2026BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (I.T.E.)Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.