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Plazo no verificadoBDNS 887468

Concesión de subvenciones para el relevo generacional de actividades económicas en las zonas rurales año 2026

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE HUESCA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:18 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES241 - Huesca

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
18/02/2026
Fin de solicitudes
30/09/2026
Registro en BDNS
16/02/2026
Publicación en diario oficial
17/02/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web de la Diputación Provincial de Huesca (http://www.dphuesca.es/convocatoriasubvenciones).Primero. BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas que adquieran un negocio o actividad que se traspase o venda por jubilación del titular o cese de la actividad en el periodo comprendido entre el 01/01/2026 y el 30/09/2026, en todos los municipios de la provincia de Huesca, exceptuando la capital.Los negocios traspasados deben haber iniciado su actividad antes del 1 de enero de 2021 y, además, tendrán que cumplir una de estas dos condiciones:a) Que estén en funcionamiento en el momento de la transferencia.b) Que hayan cesado su actividad posteriormente al 1 de enero de 2025.Segundo. ObjetoLa concesión de subvenciones a personas físicas o jurídicas para apoyar y sufragar los gastos de funcionamiento o de inversión de la actividad o del espacio en el que se ubique propia del relevo generacional, en municipios de la provincia, exceptuando la capital. Tercero. Bases reguladorasLa Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Huesca, aprobada mediante acuerdo de Pleno de 3 de diciembre de 2020 y publicada en el BOP n.º 18 de fecha 29 de enero de 2021 y posteriores modificaciones.Cuarto. CuantíaEl importe máximo de las subvenciones a conceder por la Diputación Provincial de Huesca asciende a 100.000,00 €. Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para la presentación de las solicitudes se divide en dos procedimientos: • Primer procedimiento de selección: importe máximo a otorgar de 67.000 € (46.900 € para inversión y 20.100 € para gasto corriente) para las solicitudes registradas desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 30 de junio de 2026. • Segundo procedimiento de selección: importe máximo a otorgar de 33.000 € (23.100 € para inversión y 9.900 € para gasto corriente) para las solicitudes registradas desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2026.Sexto. Plazo de justificaciónLos plazos de justificación de las subvenciones serán: • Hasta el 30 de septiembre de 2026 para las ayudas concedidas en el primer procedimiento de selección. • Hasta el 27 de noviembre de 2026 para las ayudas concedidas en el segundo procedimiento.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 16/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSOrdenanza general por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Huesca