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Plazo no verificadoBDNS 887632

ORDEN IND/5/2026, DE 13 DE FEBRERO, POR LA QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES Y COOPERATIVAS DE CONSUMIDORES Y USUARIOS INSCRITAS EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES DE CANTABRIA PARA EL AÑO 2026

AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:22 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES13 - CANTABRIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
24/02/2026
Fin de solicitudes
16/03/2026
Registro en BDNS
17/02/2026
Publicación en diario oficial
23/02/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios.Podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones las asociaciones y cooperativas de consumidores y usuarios que cumplan con los siguientes requisitos:-    Estar inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Cantabria.-    Que el local abierto al público desde donde presten la información y asesoramiento al consumidor esté radicado en Cantabria. De la misma manera las acciones de difusión de la protección y defensa de consumidores y usuarios se deberán desarrollar en Cantabria.  -    No incurrir en ninguna de las causas previstas en el artículo 26.2 de la Ley de Cantabria 1/2006, de 7 de marzo, de Defensa de los Consumidores y Usuarios.-    Participar en el Sistema Arbitral de Consumo de Cantabria.-    Acreditar un mínimo de 50 socios individuales activos con residencia en Cantabria. -    No hallarse en alguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.Segundo. Objeto.    La presente orden tiene por objeto convocar para el año 2026 las subvenciones para financiar gastos corrientes en los que incurran las asociaciones y cooperativas de consumidores y usuarios inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores de Cantabria que la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio convoca anualmente, en el ejercicio de las actividades recogidas en las Bases reguladoras de esta convocatoria.    Tercero. Bases reguladoras.Esta convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden IND/1/2022, de 4 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para las asociaciones y cooperativas de consumidores y usuarios inscritas en el Registro de asociaciones de consumidores de Cantabria (BOC, número 30, de 14 de febrero de 2022).Cuarto. Cuantía.1. La financiación del gasto regulado en esta orden se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 12.07.492M.481, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2025, prorrogados para el 2026, hasta la cantidad de 60.000 euros.2. El crédito presupuestario se distribuirá de la siguiente forma:a)    El 25% del crédito ser repartirá entre todas las asociaciones y cooperativas de consumidores por el hecho de concurrir a la convocatoria, asignándoles la misma cuantía a todas las solicitantes, o, en su caso, como máximo hasta la cuantía solicitada.b)    El 65% del crédito se destinará a la financiación de los gastos corrientes de los gabinetes de información y asesoramiento a los consumidores en dependencias abiertas al público en Cantabria a los que hace referencia el apartado quinto a), distribuyendo dicha cantidad conforme a los criterios de valoración establecidos en el apartado octavo de esta orden.c)    El 10% restante del crédito se destinará a la financiación de los gastos corrientes en los que incurran por las acciones de difusión a las que se refieren el apartado quinto b), conforme a los criterios de valoración establecidos en el apartado octavo de esta orden.3. En el supuesto de que la asignación presupuestaria prevista en la letra a) del apartado anterior, no se hubiese agotado entre las concurrentes, se aplicará al programa descrito en la letra c). En el caso que existiese remanente en este último programa, se destinará al programa descrito en la letra b).    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 17/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO 1_SOLICITUDPublicado 17/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO 4_CUENTA JUSTIFICATIVAPublicado 17/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO 3_INSTRUCCIONESPublicado 17/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO 2_DECLARACIÓN RESPONASABLEPublicado 17/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden IND/5/2026, de 13 de febrero, por la que se convoca la concesión de subvenciones a las asociaciones y cooperativas de consumidores y usuarios inscritas en el Registro de asociaciones de consumidores de Cantabria para el año 2026.Publicado 23/02/2026ORDEN IND/1/2022, 4 DE FEBRERO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA LAS ASOCIACIONES Y COOPERATIVAS DE CONSUMIDORES Y USUARIOS INSCRITAS EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES DE CANTABRIA (BOC Nº30, 14 FEB 22)