CerradaBDNS 887790
Programa 18 de subvenciones rehab. y mejora aspecto exterior inmuebles de Roses, 2026.
LOCAL · ROSES · AYUNTAMIENTO DE ROSES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:25 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 01/04/2026
- Fin de solicitudes
- 31/05/2026
- Registro en BDNS
- 17/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 24/02/2026
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Extracto publicado
Primero. Beneficiarios Podrán concurrir a la convocatoria de las subvenciones objeto de este programa las personas, físicas o jurídicas, sea en calidad de propietarios o inquilinos, y las comunidades de propietarios que realicen obras de adecuación y mejora de las condiciones estéticas y de seguridad de los edificios subvencionables, siempre que cumplan los siguientes requisitos: La antigüedad del edificio (según Catastro) debe ser superior a 10 años.Que la persona solicitante no haya sido beneficiada de esta línea de subvenciones, por la misma intervención, en los últimos 10 años.Las obras deben ser de rehabilitación y/o mejora (no son subvencionables las ampliaciones ni la obra nueva), y tener como finalidad mejorar las condiciones estéticas, de climatización/insonorización y/o de seguridad de los inmuebles de la villa.Las actuaciones en fachada deben englobar la totalidad de la misma (no se admitirán intervenciones parciales tales como, por ejemplo, la parte de fachada correspondiente a un primer y segundo piso en un edificio de tres plantas). No se subvencionará el arreglo de elementos o cuerpos salientes sin que también se intervenga en el resto de la fachada, si ésta se encuentra en malas condiciones.Que tengan un presupuesto mínimo de 1.500 €.Obras sujetas a licencia. En este caso, que la licencia urbanística sea concedida a posteriori del 1 de junio del ejercicio anterior, se encuentre vigente, no caducada.Obras sujetas a comunicación previa. En este caso, que la comunicación de obras se haya presentado con posterioridad al 1 de junio del ejercicio anterior o simultáneamente a la petición de subvención; y que las obras se ajusten a la normativa urbanística vigente. Obras que deriven de una orden de ejecución.No podrán ser objeto de subvención las obras con licencia urbanística otorgada, las comunicaciones previas de obras presentadas y las órdenes de ejecución dictadas, de fecha anterior al 1 de junio del ejercicio anterior a la convocatoria de este programa.Excepcionalmente, en el caso de fachadas discontinuas que afronten diferentes calles, se podrán tramitar por separado siempre que la subvención se solicite en convocatorias de ejercicios diferentes y que la licencia urbanística otorgada o la comunicación previa de obras presentada sea a posteriori del 1 de junio del ejercicio anterior a la petición de subvención, se encuentre vigente, no caducada, que la tramitación sea simultánea o que la actuación derive de una orden de ejecución, con un máximo de subvención por edificación de 5.000 € para todas las intervenciones. Segundo. FinalidadEl objeto de la subvención es promover las iniciativas de rehabilitación privada con incidencia en el interés público que supongan una mejora del paisaje urbano, un embellecimiento de la villa y además fomentar el trabajo en la cadena del sector de la construcción, regenerar el parque inmobiliario y mejorar las condiciones estéticas y de seguridad del parque inmobiliario de Roses.El objeto de la subvención será la adecuación y mejora de las condiciones estéticas y de seguridad de las fachadas principales y paredes medianeras de los edificios como los paramentos verticales, cuerpos y elementos salientes, siempre que supongan una intervención en la totalidad de la fachada.Tercero. Bases reguladorasBases específicas reguladoras aprobadas por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Roses de 27 de octubre de 2025 y publicadas en el BOP de Girona número 212, de 6 de noviembre de 2025, y que se pueden consultar en el siguiente enlace: Bases generales reguladoras de subvenciones municipales.Cuarto. ImporteLa cantidad máxima destinada a esta línea de subvenciones es de 105.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria XX 50 1522 7820000.Excepcionalmente, esta dotación inicial podrá ampliarse sin necesidad de nueva convocatoria, de acuerdo con el artículo 58.2 del RLGS.Se otorgará una subvención del 40% del presupuesto elegible de las intervenciones con un límite máximo de subvención por edificación de 5.000 € y un mínimo de 600 € (correspondiente a un presupuesto de 1.500 €).El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl período para solicitar la subvención será de dos meses: abril y mayo de 2026, siendo el primer día el 1 de abril a las 00:00 y el último el 31 de mayo a las 24:00 h.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 18/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 18/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN Y MEJORA DEL ASPECTO EXTERIOR DE LOS INMUEBLES DE ROSES (ROSES PONTE GUAPA - FACHADAS), PROGRAMA 18 DEL EJERCICIO 2026.Publicado 24/02/2026Bases reguladoras específicas del progr. 18 de subvenciones rehabilitación y mejora aspecto ext. inmuebles de Roses, 2026.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.