Plazo no verificadoBDNS 887836
Resolución de 16 de febrero de 2026 de convocatoria de subvenciones a empresas y talleres artesanos del Principado de Asturias para la asistencia a ferias y cursos de especialización profesional fuera del ámbito regional
AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · CONSEJERÍA DE CIENCIA, EMPRESAS, FORMACIÓN Y EMPLEO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:25 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 30/06/2026
- Registro en BDNS
- 17/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 24/02/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente de publicación del extracto
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.-Beneficiarios:Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente resolución las empresas y talleres artesanos, personas físicas o jurídicas, que:a),,Tengan su centro de producción en el territorio del Principado de Asturias.b),,Tengan su domicilio fiscal y social en el Principado de Asturias.c),,Se encuentren inscritas en el Registro de Empresas y Talleres Artesanos del Principado de Asturias o hayan cursado inscripción, en la fecha de publicación de la resolución de convocatoria de estas s ubvenciones en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.En el segundo caso, la inscripción debe estar resuelta de forma positiva con anterioridad a formulación de la propuesta de resolución de concesión de estas ayudas.Segundo.-Objeto:Gastos para la asistencia a ferias y para cursos de perfeccionamiento profesional fuera del ámbito regional.Tercero.-Bases reguladoras:Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a empresas y talleres artesanos del Principado de Asturias para la asistencia a ferias y cursos de especialización profesional fuera del ámbito regional (Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 236, de 4 de diciembre de 2024).Cuarto.-Cuantía:Cuantía total: 50.000 € (cincuenta mil euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 1404.622C.476.000 ampliable hasta 40.000 € (cuarenta mil euros) cuando se cumplan las circunstancias previstas en el artículo 58.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.La cuantía máxima de la subvención a percibir será del 70% del valor de los conceptos subvencionados de cada proyecto y en ningún caso se podrá superar los límites máximos por beneficiario fijados a continuación:a.,,El importe máximo de subvención para visita a ferias en el extranjero no podrá exceder de 1.200 euros por visita y empresa o taller artesano.b.,,En todo caso, el importe máximo de subvención por todos los conceptos subvencionables, no excederá de 5.000 euros por solicitante y año.Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes:Los plazos de presentación de solicitudes distribuidos por fases serán los siguientes:o,,1ª fase: Desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del extracto de la presente resolución hasta el día 30 de abril de 2026.o,,2ª fase: desde el día 1 de mayo hasta el 30 de junio de 2026.o,,3ª fase: desde el día 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2026.Sexto.-Otros datos de interés:La presentación de la documentación así como la documentación complementaria se realizará en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Al respecto, dicha norma establece en su artículo 14.2 la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de trámites administrativos a las personas jurídicas, a las entidades sin personalidad jurídica, a quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional, a quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.Si alguna de las entidades solicitantes obligadas presenta la solicitud presencialmente, será requerida para que subsane mediante su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación.La solicitud junto con la documentación requerida podrá presentarse:o,,A través de la sede electrónica del Principado de Asturias https://miprincipado.asturias.es, indicando en el buscador el procedimiento número AYUD0042T01o,,A través de los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.o,,Por cualquiera de los medios regulados en el artículo 16.4 de la referida Ley 39/2015.Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica del Principado de Asturias,o,,Documento Nacional de Identidad Electrónico,o,,Certificados de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT)o,,Certificados del Consejo General de la Abogacía Españolao,,Certificados de Firmaprofesionalo,,Certificados de CamerfirmaAdemás, de acuerdo con lo establecido en la Ley 15/2014 se admiten también todos los certificados reconocidos incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación" (TSL) establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, donde se recoge el listado actualizado legible tanto por humanos como por máquinas.
Bases y documentación
Extracto convocatoria. Publicación BOPA 24022026Publicado 03/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 03/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 16 de febrero de 2026 de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, por la que se aprueba convocatoria pública de concesión de subvenciones a los artesanos del Principado de Asturias para la asistencia a ferias y para cursos fuera del ámbito regionalPublicado 24/02/2026Resolución de 21 de noviembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a empresas y talleres artesanos del Principado de Asturias para la asistencia a ferias y para cursos de perfeccionamiento profesional fueraInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.