Plazo no verificadoBDNS 888475
Acuerdo del Pleno nº 255/25, de 26 de diciembre de 2025, por el que se acuerda la aprobación de la Convocatoria de subvenciones a ayuntamientos y entidades locales menores para fomentar el asentamiento y arraigo de población. Reto Demográfico 2026.
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALLADOLID · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:39 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES418 - Valladolid
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 05/05/2026
- Registro en BDNS
- 19/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 24/02/2026
Texto oficial de apertura: PUBLICACIÓN EN EL BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web de la Diputación de Valladolid:Primero. Beneficiarios.?LÍNEA 1. Ayuntamientos con población inferior a 3.000 habitantes y entidades locales menores de la provincia de Valladolid.?LÍNEA 2. Ayuntamientos con población inferior a 500 habitantes y entidades locales menores de la provincia de Valladolid.Segundo. Finalidad.Esta convocatoria se integra por 2 líneas de subvención:?LÍNEA 1. PROYECTOS DINAMIZADORES. Esta línea está dirigida a apoyar a las entidades locales en propuestas encaminadas a favorecer y potenciar la dinamización económica de su entorno, mediante el desarrollo de proyectos generadores de empleo y riqueza, tanto sociales como económicos, que contribuyan a la creación de empleo y el asentamiento y arraigo de población en el medio rural.?LÍNEA 2. CENTROS SOCIALES Y RESTAURACIÓN. Esta línea está dirigida a apoyar a las entidades locales para la realización de inversiones para la puesta en marcha y/o mejora de centros sociales y establecimientos de restauración, todo ello con el fin último de fomentar la creación de empleo y el asentamiento y arraigo de población en el medio rural.Tercero. Bases reguladoras.Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de Valladolid de 6 de marzo de 2006).Cuarto. Cuantía.?Cuantía total: 550.000 euros.?Cuantía máxima por beneficiario: 10.000 euros (aunque si sobran fondos se podrá llegar a 18.000 euros)Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes se computará desde las 00:00 horas del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta las 14:00 horas del 5 de mayo de 2026, incluido.Sexto. Otros datos de interés.?Gastos subvencionables:oLÍNEA 1. Serán subvencionables las inversiones destinadas a la ejecución o desarrolloOficina del Emprendedorde proyectos que potencien el asentamiento y arraigo de la población, entre otros:oProyectos estratégicos para la atracción de inversiones que incidan en la promoción social y/o económica del municipiooProyectos de carácter tecnológico (coworking, etc)oProyectos que fomente el desarrollo turístico y/o cultural sostenible.oProyectos que fomenten la artesanía y oficios tradicionalesoProyectosTambién serán subvencionables los gastos corrientes vinculados a este fin (estudios, redacción de proyectos, etc). Ahora bien, no será subvencionable el gasto corriente si no está directamente vinculado a una inversión efectiva, objeto de esta subvención.oLÍNEA 1. Serán subvencionables las inversiones en locales o edificios de titularidad municipal para la puesta en marcha y/o mejora de centros sociales y establecimientos de restauración.También serán subvencionables los gastos corrientes vinculados a este fin (estudios, redacción de proyectos, etc). Ahora bien, no será subvencionable el gasto corriente si no está directamente vinculado a una inversión efectiva, objeto de esta subvención.-Periodo subvencionable: desde el 1 de enero de 2026 al 30 de junio de 2027.-Compatibilidad: sí, salvo las concedidas en el año 2026 para el mismo fin.-Solicitudes: por los cauces habituales.-Documentación: el proyecto, memoria o previsión de gasto, indicando coste, temporalización, novedad o innovación, medios, objetivos, viabilidad e impacto.-Criterios de valoración: población del municipio y distancia a la capital.-Resolución: única.-Forma de pago: los beneficiarios recibirán el 100% de la subvención con el carácter de ?a justificar?.-Forma de justificación: mediante la presentación de la documentación prevista en la base vigésima de la convocatoria.-Plazo máximo de justificación: la presentación de estos documentos se realizará mediante medios electrónicos por registro electrónico o a través del Área Personal de la Sede, en un plazo que finalizará a las 14:00 horas del 30 de septiembre de 2027.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 20/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSÁrea de Empleo, Desarrollo Económico y Reto Demográfico, EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES PARA FOMENTAR EL ASENTAMIENTO Y ARRAIGO DE POBLACIÓN, AÑO 2026.Publicado 24/02/2026BASE REGULADORA GENERAL - ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONESInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.