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Plazo no verificadoBDNS 888588

Convc subs Servs Socs CCLL, Fundac, Asocs e ISFL

AUTONOMICA · LA RIOJA · CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:40 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES230 - La Rioja

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
20/02/2026
Publicación en diario oficial
25/02/2026

Texto oficial de apertura: El dia sgte a la publicacion del extracto en BOR

Texto oficial de cierre: un mes a partir del dia sgte a la publicacion extracto BOR

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

 Primero.- Beneficiarios Tendrán la condición de beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente convocatoria corporaciones locales, fundaciones, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, así como de departamentos o servicios sociales de centrales sindicales (exclusivamente para gastos corrientes de programas que realicen), siempre que cumplan los requisitos establecidos en la orden de bases. Segundo.-Objeto:Subvenciones destinadas a la realización de programas e inversiones en materia de servicios sociales.Tercero.- Bases reguladoras:Orden 1/2008, de 10 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Servicios Sociales (BOR nº 6  de 12.01.08) Cuarto.- Cuantía: Un importe total de un millón ochocientos treinta y tres mil euros (1.833.000 €) con el siguiente desglose presupuestario: A)    Corporaciones Locales.   Servicio de ayuda a domicilio Dependencia06.07.01.2325.461.01110.000 € Servicio de ayuda a domicilio otro SAD06.07.01.2325.461.0228.000 € Otros programas06.07.01.2325.461.0370.000 € A Ayuntamientos06.07.01.2325.761.00140.000 € B)    Instituciones sin fin de lucro   Infancia06.07.01.2325.480.04110.000 € Personas Mayores06.07.01.2325.480.01260.000 €  06.07.01.2325.480.06140.000 € Personas con discapacidad06.07.01.2325.480.02140.000€  06.07.01.2325.480.07485.000€ Mujer06.07.01.2325.480.05100.000 € Exclusión Social e Inmigración06.07.01.2325.480.03250.000€ Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será de un mes computado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del extracto de la Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.Sexto.- Otros datos de interés:Convocatoria.- El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La RiojaSubvenciones en materia de servicios sociales: instituciones sin ánimo de lucro: http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01427Subvenciones en materia de servicios sociales: ayuntamientos y otras entidades Locales: http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=21288Subvenciones en materia de servicios sociales: Promoción de la Autonomía:http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24048  Solicitudes: Los impresos de solicitud se generarán automáticamente al tramitar la misma desde la sede electrónica del Gobierno de La Rioja http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01427 (solicitudes de Instituciones sin ánimo de lucro) ; http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=21288 (solicitudes de Entidades locales) y http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24048 (solicitudes de Promoción de la Autonomía). La presentación se efectuará de forma telemática a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja www.larioja.org, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El objeto de la subvención, la documentación a acompañar, requisitos, órganos competentes para la instrucción y resolución, obligaciones, criterios de valoración, justificaciones, notificación, recursos que cabe interponer, etc. se regirán por lo dispuesto en la Orden 1/2008 de esta Consejería.Procedimiento de concesión.- Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.Justificación.- En lo referente a la justificación y abono de la subvención, se estará en lo dispuesto en la Orden reguladora.Logroño a 19 de febrero de 2026.- la Consejera de Salud y Políticas Sociales. - María Martín Díez de Baldeón.  

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 20/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución 14/2026, de 19 de febrero, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se convocan subvenciones en materia de servicios sociales para el año 2026.Publicado 25/02/2026Orden 1/2008, de 10 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras