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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL APOYO A LA INSTALACIÓN DE INDUSTRIALES EN LOS MERCADOS MUNICIPALES DE VALLADOLID

LOCAL · VALLADOLID · AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:40 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES418 - Valladolid

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
20/02/2026
Publicación en diario oficial
25/03/2026

Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en BOP Valladolid

Texto oficial de cierre: Se realizarán tres procedimientos de selección sucesivos

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

ADMINISTRACION LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDAREA DE COMERCIO, MERCADOS Y CONSUMOPUBLICACION DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL APOYO A LA INSTALACIÓN DE INDUSTRIALES EN LOS MERCADOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE VALLADOLID  EXPEDIENTE AVANTE 2026/SRC_01/000002 1.-          OBJETO El Ayuntamiento de Valladolid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre de 2015) ordena la publicación de convocatoria pública de concesión de subvenciones para apoyo a la instalación de industriales en los mercados municipales del municipio de Valladolid. El procedimiento de la convocatoria pública de concesión de subvenciones para apoyo a la instalación de industriales en los mercados municipales del municipio de ha sido aprobado por Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 17 de marzo de 2026. El objeto de la presente convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la instalación de nuevas actividades empresariales en los mercados municipales del municipio de Valladolid.Es objeto de la presente publicación dar a conocer el extracto de esta convocatoria. Así, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, será objeto de publicación en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid (https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial). 2.-                           CRÉDITO PRESUPUESTARIOLas subvenciones establecidas en la presente convocatoria se concederán por una cuantía total máxima de 23.000 €.De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 59 del RLGS, la presente convocatoria tiene el carácter de abierta, realizándose tres procedimientos de selección a lo largo del presente ejercicio presupuestario 2026.Primer procedimiento: Importe máximo a otorgar, 11.500 €Segundo Procedimiento: Importe máximo a otorgar, 5.750 €Tercer procedimiento: Importe máximo a otorgar, 5.750 €Si a la finalización de cada periodo no se ha consumido el importe máximo a otorgar, el órgano concedente podrá trasladar la cantidad no aplicada a las posteriores resoluciones que recaigan. 3.-          INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO El órgano instructor del procedimiento será el Servicio de Comercio y Mercados del Ayuntamiento de Valladolid. El texto completo de la Convocatoria será publicado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid (https://www.valladolid.gob.es/es).  4.-           BENEFICIARIOS Tendrán la consideración de beneficiarios (en adelante industrial) de las subvenciones, aquellas personas que hayan obtenido el título habilitante, que se especifica en el apartado a) siguiente, para la ocupación y explotación privativa de puestos de venta en cualquiera de los mercados municipales de Valladolid, inicien una actividad económica en los mismos y, además, cumplan con los siguientes requisitos: a) Que hayan obtenido una autorización de uso especial del dominio público en el Mercado Municipal de “La Marquesina”, o hayan formalizado una concesión demanial para la ocupación y explotación privativa de puestos de venta en los mercados municipales del municipio de Valladolid, en las fechas comprendidas entre el 1 de diciembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026. b) Que tenga la categoría de microempresa, por ser una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros, según Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión.Esta condición se acreditará mediante declaración responsable del solicitante, Anexo II de la presente convocatoria. c) Acreditar un gasto mínimo 500 € en gastos subvencionables (apartado E) gastos subvencionables). d) Reconocimiento de alta en la actividad (CNAE) para la que solicita la subvención. e) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Seguridad Social, Mutualidad o Colegio Profesional y con el Ayuntamiento de Valladolid.  5.-          CUANTÍA DE LAS AYUDAS. GASTOS SUBVENCIONABLES               Se subvencionará el 75% del total de los gastos subvencionables justificados, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación, hasta un importe máximo de 3.000 euros por puesto.En el caso de que un mismo industrial solicitará subvención para más de un puesto, podrá acceder a la subvención máxima de 3.000 € por cada puesto sólo si los puestos se dedican a distinta actividad. En el supuesto de un mismo titular con más de un puesto, pero dedicado a la misma actividad, el límite máximo de subvención será de 4.500 € en total.  6.-          PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES6.1.- PLAZO.El plazo de presentación de solicitudes será el siguiente:Primer procedimiento: Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOP de Valladolid hasta el 10 de mayo de 2026.Segundo procedimiento: Desde el 1 de julio de 2026 hasta el 10 de septiembre de 2026.Tercer procedimiento: Desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2026.  6.2.- LUGAR. – La documentación se presentará preferentemente de forma electrónica y será obligatoria esta forma para los solicitantes obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas, conforme a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y en cualquiera de los lugares y formas previstas en los artículos 16.4 y 14.2 de la LPAC. A través de la sede electrónica del ayuntamiento de Valladolid se podrá presentar utilizando la instancia general (https://www.valladolid.gob.es/es/tramites-servicios/listado-busquedatramites/instancia-general) En el Registro Electrónico común seleccionando como destino el AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID (L01471868) (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do)   6.3 FORMA DE PRESENTACIÓN. – Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura como Anexo I de la presente convocatoria, y se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Valladolid acompañadas de los documentos exigidos en la misma y aquellos que la persona solicitante considere necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, salvo los que obren ya en poder de la Administración Municipal, siempre que el solicitante haga constar expresamente el expediente en el que se encuentran, en los términos establecidos en al artículo 23.3 de la LGS. 1.- Solicitud según modelo del Anexo 1, firmada, al que se adjuntará de conformidad con el mismo, la siguiente documentación obligatoria relativa a la empresa: 01 Fotocopia del DNI o NIE del empresario individual y/o de los socios administradores en caso de sociedades y entidades sin personalidad jurídica, en vigor, y en caso de NIE adjuntaran también el pasaporte. 02 Fotocopia del DNI del representante, cuando se actúe por representación, y acreditación de la representación en la que actúa. 03 NIF definitivo de la Sociedad mercantil o Entidad. 04 En su caso, escrituras de constitución de la entidad jurídica con sus posteriores modificaciones e inscripción en los registros que correspondan. En caso de entidades sin personalidad jurídica, copia del contrato de constitución y sus modificaciones. 05 Certificado actualizado de situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT, donde conste la identificación, domicilio fiscal, actividad o actividades que realizan y el local afecto a la actividad y su dirección completa del mismo. 06 Reconocimiento del Alta en la Seguridad Social, mutualidad o Colegio Profesional correspondiente del o de los socios que ostenten la representación de la empresa, según corresponda, donde conste el CNAE de la actividad. 07 En el caso de personas en situación de desempleo previo a la instalación en el mercado, informe emitido por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL) que acredite el tiempo en desempleo para su valoración según lo establecido en la disposición F) de la convocatoria.Informe de vida laboral. 08 En el caso de personas con discapacidad, Certificado del Grado de Discapacidad o Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad. 09 En el caso de nuevos emprendedores, alta en el RETA o comunicación del cambio de CNAE. 10 Certificado de titularidad de cuenta bancaria actualizado (solo una cuenta a nombre del empresario individual o a nombre de la empresa, según corresponda, con referencia al código IBAN, donde ingresar la subvención en caso de ser beneficiario). 11 Certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social, en el caso de haber desautorizado o no haber autorizado expresamente al Ayuntamiento en el Anexo 1 a recabar esta la información a través de la plataforma de Intermediación de Datos. 12 Certificado de no deudas con el Ayuntamiento de Valladolid, para el supuesto de no autorización expresa para recabar dicha información (Anexo I). 13 Copia de las facturas reflejadas en el anexo III efectivamente pagadas y su correspondiente comprobante bancario de pago y extracto bancario del mismo. 2.- Anexo III.Cuenta justificativa firmada del gasto subvencionable acreditado, y copia de facturas y comprobantes con su correspondiente extracto bancario del pago, numeradas conforme al orden establecido en la cuenta justificativa. La entidad facilitará, cuando se solicite, un Excel con todas las facturas acreditadas donde conste (Nº, fecha factura y fecha de pago, concepto, emisor y coste con IVA y sin IVA).  7.-          PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE VALORACIÓN              La concesión de estas ayudas se otorgará mediante concurrencia competitiva, según la puntuación establecida en los siguientes criterios de valoración de mayor a menor, siempre que el expediente esté completo y el beneficiario cumpla con todos los requisitos exigidos en esta convocatoria.En caso de empate en la puntuación se tendrá en cuenta el orden de entrada de la solicitud en el registro. Se considerará como fecha de registro de entrada la fecha de la última presentación de documentación que complete dicha solicitud. Las solicitudes se valorarán con los siguientes criterios y puntuaciones:La puntuación de los criterios es acumulable.Personas desempleadas de larga duración. Se acredita con  el Informe de vida laboral e informe de periodos de desempleo del ECYL. 1 punto.Personas menores de 35 años o mayores de 55 años en el momento de la solicitud. 1 punto.Nuevos emprendedores. 1 punto.Personas con discapacidad. Mínimo 33%. Se acredita con Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.1 punto.Que la actividad del industrial para la que se solicita la subvención haya incrementado la diversidad de la oferta comercial en el mercado.  Se acredita de oficio por el Servicio de Comercio y Mercados.1 punto.Que el industrial solicite subvención para un único puesto de venta. Se acredita de oficio por el Servicio de Comercio y Mercados.2 puntos.No haber sido beneficiario de subvención en otro procedimiento anterior de esta convocatoria o en otra convocatoria anterior con la misma finalidad. 1 punto.  8.-  PAGO Y RÉGIMEN DE GARANTÍASSe abonará un único pago del 100% del total de la subvención concedida. 9.-  ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVEREl órgano competente para resolver es el Alcalde, a propuesta del órgano instructor. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 meses para cada uno de los procedimientos, a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada. La Resolución de concesión expresará la identidad del beneficiario y el importe de la subvención que se concede, publicándose en la Sede Electrónica de del Ayuntamiento (https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/ayuntamiento-valladolid/convocatorias). La Resolución NO se notificará individualmente.     SECRETARIO GENERALP.D. DIRECTOR DEL SERVICIO DE COMERCIO Y MERCADOS

Bases y documentación

Decreto concesión primer procedimiento de la convocatoria de subvencionesPublicado 15/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSPUBLICACION BOPPublicado 16/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 23/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL APOYO A LA INSTALACIÓN DE INDUSTRIALES EN LOS MERCADOS MUNICIPALES DE VALLADOLIDPublicado 25/03/2026Reglamento y bases reguladoras de subvenciones del Ayuntamiento de Valladolid