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Plazo no verificadoBDNS 888742

GC SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS EMPRESAS ARTESANAS PRIVADAS Y ARTESANOS/AS DE GRAN CANARIA PARA EL EJERCICIO 2026

LOCAL · CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA · FUND.ETNOGRA.DESARR.ART.CANARIA -F.E.D.A.C

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:43 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES705 - Gran Canaria

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
26/02/2026
Fin de solicitudes
16/09/2026
Registro en BDNS
20/02/2026
Publicación en diario oficial
25/02/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Diario Oficial de Publicación: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.Título del Extracto de la convocatoria: Decreto nº 2026-0012 de fecha 11 de febrero de 2026 de aprobación de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a empresas artesanas privadas y artesanos/as de Gran Canaria para el ejercicio 2026.Extracto de la Convocatoria: Decreto de aprobación de la Presidenta de Fedac, de fecha 11 de febrero de 2026, por el que se convocan subvenciones en concurrencia competitiva destinadas a empresas artesanas privadas y artesanos/as de Gran Canaria para el ejercicio 2026.Primero. Beneficiarios:  Podrán ser beneficiarios/as los artesanos/as de Gran Canaria y empresas artesanas privadas que cuenten con carné de persona artesana o documento de calificación de empresa artesana en vigor en la fecha de solicitud y hasta la concesión y justificación de la subvención, que cumplan todos los requisitos señalados a continuación:Ser residente o con domicilio fiscal en Gran Canaria.Tener carné de Artesano/a, vigente, o en trámite de renovación.Estar dado de alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en un epígrafe artesano o equivalente a un oficio artesano, desde la publicación de la convocatoria de esta subvención hasta su concesión. En el caso de realizar varias actividades y tener más de un código CNAE, su actividad principal debe corresponder con un epígrafe artesano.Estar al corriente con las obligaciones fiscales y con la seguridad social.Estar inscrito en el Censo de Actividades Económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), en un epígrafe artesano o equivalente.No estar incurso en alguna de las prohibiciones o circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley General de subvenciones para obtener la condición de beneficiario.No haber recibido, o estar pendiente de recibir subvención para el mismo concepto. (Esta subvención es incompatible con cualquier otra subvención recibida para el mismo concepto).No tener pendiente justificación de subvenciones concedidas con anterioridad por la Administración Pública.Segundo. Gastos subvencionables:  Se entiende por gastos realizados aquellos que hayan sido efectivamente pagados desde el día 16 de septiembre de 2025, hasta el día 15 de septiembre de 2026 y que hayan sido ejecutados conforme a lo establecido en la convocatoria.Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en la presente convocatoria. En ningún caso el coste de dichos gastos podrá ser superior al valor del mercado.Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.Serán subvencionables los siguientes gastos:CON CARGO A LA APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 08280 422 479000026, DENOMINADA "OTRAS SUBVENCIONES A EMPRESAS PRIVADAS". GASTOS CORRIENTES.Mejorar las instalaciones e infraestructuras de los talleres artesanos:Adquisición de maquinaria y herramientas del taller, propias del oficio, cuando la unidad no supere los 150 €.Adquisición de mobiliario imprescindible para la producción artesanal.Reparación de maquinaria del taller, propias del oficio.Obras de mantenimiento y remodelación en el inmueble del taller de producción o local comercial, detallando dimensiones de la obra en m2.Nuevas acometidas o reparaciones de servicios e instalaciones del taller de producción o local comercial (electricidad, agua, gas, aire acondicionado, extracción de gases).Apoyar la comercialización y promoción:Adquisición de mobiliario para la exposición de los productos artesanos, cuyo valor unitario no sea mayor a 150 €.Producción e impresión de fotografías profesionales para elementos publicitarios.Diseño de logo e imagen para la marca empresarial del artesano/a.Creación y/o registro de una marca comercial.Consultoría de estrategia de comunicación y marketing online, así como, su implementación: SEO, SEM, Marketplace, gestión de redes sociales, entre otros. Costes de creación y actualización de páginas web, reels, shorts, etc…Gastos de traslados en barco o avión, del propio solicitante y coche, para participar en ferias insulares de artesanía de Canarias (en clase turista).Incorporar tecnologías de la información:Adquisición de un ordenador.Adquisición de programas informáticos, de valores inferiores a 150 € cada uno.Promover acciones de formación:Matrículas de cursos de formación relacionados con la actividad u oficio del artesano/a, que no hayan sido organizados por FEDAC, siempre que se hayan terminado con aprovechamiento.CON CARGO A LA APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 08280 422 770000126, DENOMINADA "OTRAS SUBVENCIONES A EMPRESAS PRIVADAS” INVERSIONES. (precio de la unidad superior a 150 €):Mejorar las instalaciones e infraestructuras de los talleres artesanos:Adquisición de maquinaria y herramientas para el taller, propias del oficio.Adquisición de mobiliario imprescindibles para la producción artesanal.Apoyar la comercialización y la promoción:Adquisición de mobiliario de exposición de los productos artesanos.Incorporar tecnologías de la información:Adquisición de un ordenador.Adquisición de programas informáticos.Tercero. Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria y demás disposiciones legales vigentes.Cuarto. Cuantía: El crédito presupuestario existente para esta Convocatoria asciende a un total de OCHENTA MIL EUROS (80.000,00 euros), consignado en las aplicaciones presupuestarias 08280 422 479000026, denominada "Otras subvenciones a empresas privadas" CUARENTA MIL EUROS (40.000 €), para gastos corrientes y 08280 422 770000126, denominada “Otras Subvenciones a Empresas Privadas” CUARENTA MIL EUROS (40.000 €), para inversiones.Se podrá subvencionar hasta:El 100% de los gastos aprobados subvencionables en caso de solicitante con carné de artesano/a de tres años de antigüedad como máximo.El 80% de los gastos aprobados subvencionables en caso de solicitante con carné de artesano/a de más de tres años de antigüedad, a excepción de los gastos referentes a los puntos 4.2.1.f. y 4.1.4. a. que se podrán subvencionar hasta un 100%.La antigüedad del carné de artesano/a viene determinada por el tiempo transcurrido entre la fecha de obtención de éste por primera vez y la fecha de presentación de solicitud de la subvención.En todos los casos, el importe total máximo de la subvención a conceder por artesano/a o empresa artesana privada no podrá exceder de 7.000 €.El abono de la subvención se realizará, una vez se publique el Decreto, resolución definitiva de la presidenta, mediante transferencia bancaria a los interesados, acreditando el número de cuenta bancaria mediante entrega a FEDAC del documento original de “Alta a Terceros”, debidamente cumplimentado, sellado y firmado por la entidad bancaria que corresponda. Sólo en el caso de no haberlo entregado con anterioridad.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: EL PLAZO de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la fecha de publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (BOP) y estará abierto hasta el 16 de septiembre de 2026, incluido.La solicitud se presentará a través de la Sede electrónica de FEDAC en https://fedac.sedelectronica.es/info.0, a la que se puede acceder también a través de la página web de esta institución www.fedac.org,Los anexos que acompañan a la solicitud junto con el resto de documentación necesaria, deberá descargarlos de la web www.fedac.org, cumplimentarlos y firmarlos electrónicamente previamente a la incorporación a la solicitud de forma que se presenten todos debidamente firmados. Todos los documentos deben ser presentados en formato pdf. Sexto. Otros datos: La información relativa a esta convocatoria puede consultarse en las siguientes páginas web: www.fedac.orgwww.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/Pie de firma:Fecha, Lugar y Firmante:Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de febrero de 2026La Presidenta de FEDAC, Minerva Alonso Santana

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 20/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A EMPRESAS ARTESANAS PRIVADAS Y A ARTESANOS/AS DE GRAN CANARIA PARA EL AÑO 2026Publicado 25/02/2026CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS EMPRESAS ARTESANAS PRIVADAS Y ARTESANOS/AS DE GRAN CANARIA PARA EL EJERCICIO 2026