PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES616 - Jaén
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
20/02/2026
Publicación en diario oficial
25/02/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente de la publicación del extracto en el BOP
Texto oficial de cierre: Un mes día siguiente publicación extracto B.O.P.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero: ParticipantesPodrán acceder a la condición de beneficiario los 97 Ayuntamientos u Organismos Autónomos Locales en materia de cultura de la provincia de Jaén. Art. 3 de la convocatoria.Segundo: ObjetoLa presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva a los Ayuntamientos de la provincia, para la realización de Planes Locales de Actividades Culturales, ejercicio 2026. Art. 1 de la convocatoria.Es objeto de esta convocatoria la promoción y difusión cultural, a través del apoyo a la ejecución de los distintos programas culturales municipales que cada uno de los ayuntamientos beneficiarios tiene previsto llevar a cabo.Tercero: Bases Reguladoras Convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva para la realización de planes locales de actividades culturales a favor de los ayuntamientos de la provincia, ejercicio 2026 (Resolución de la Sra. Diputada delegada del Área de Cultura y Deportes, P.D. Resolución del Sr. Presidente núm. 432, de 4 de julio de 2023, modificada por la resol. núm. 1864 de 13 de diciembre de 2024 y por la resol. núm. 93 de 13 de febrero de 2025, que modifica la resolución núm. 1864 de 13 de diciembre de 2024) Resol. núm. 92 de 18 de febrero de 2026. https://www.dipujaen.es/conoce-diputacion/areas-organismos-empresas/areaD/subvenciones/subvenciones-2026/Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Jaén para el año 2026 publicadas el día 30 de diciembre de 2025 en el BOP núm. 248.https://www.dipujaen.es/portal-de-transparencia/economica-financiera/presupuestos-diputacion-jaen-2026Cuarto: CuantíaCuantía total: 727.500,00 ¿. Art. 5 de la convocatoria.Quinto: Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para la presentación de solicitudes será de 1 mes, éste se computará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de las bases de esta Convocatoria en el BOP de Jaén. Art. 9.3 de la convocatoria.Sexto: Otros datos de interésPlazo de ejecución de las actividades: Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.Actividades subvencionables:Los gastos subvencionables se corresponderán con actividades incluidas en el Catálogo de Artistas ¿ Ofertas Escénicas y Musicales de la Provincial de Jaén (https://catalogoartistas.dipujaen.es/presentacion.html) o con las propuestas culturales que realice la Diputación, ya sea mediante circuitos o actividades puntuales o bien con la realización de actividades culturales aceptadas por la Diputación Provincial de Jaén a través de la resolución de concesión de la convocatoria. Art. 7 de la convocatoria.Exclusiones: Quedan excluidas de la convocatoria las actuaciones contempladas en el artículo 7 de la convocatoriaCompatibilidad: SiDocumentación:La prevista en artículo 9 de la convocatoria.Criterios de de valoración:Los previstos en los artículos 3 y 6 de la convocatoria.Forma de pago:La subvención otorgada se hará efectiva mediante el abono de un único pago, con carácter anticipado, previo a la justificación y como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 41.28 de las BEP. Art.15 de la convocatoriaForma de justificación:Será necesario presentar de la documentación señalada en el artículo 16 de la convocatoria. El plazo para la presentación de la documentación justificativa es de tres meses (31 de marzo de 2027) a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de ejecución.