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Plazo no verificadoBDNS 889027

Acuerdo de Junta de Gobierno de 4 de febrero de 2026 de Aprobación de la Convocatoria para la concesión de los IX Premios Málaga Viva, de lucha contra el cambio climático 2026.

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE MÁLAGA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 10:49 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES617 - Málaga

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Investigación, desarrollo e innovación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
03/03/2026
Fin de solicitudes
04/04/2026
Registro en BDNS
23/02/2026
Publicación en diario oficial
02/03/2026

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPMA

Texto oficial de cierre: Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la Convocatoria en el BOPMA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERA.- BASES REGULADORAS.Las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de los IX Premios Málaga Viva, de lucha contra el cambio climático (2026), fueron aprobadas por acuerdo de Pleno de 20/03/2024, sesión ordinaria, punto núm. 0.1.1, y publicadas en el BOP nº 83, 30/04/2024 (CVE: 20240430-01616-2024 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php), constando estas Bases reguladoras en el Anexo V.20., págs. 166-170, del indicado boletín. SEGUNDA.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIALa cuantía total máxima  de la Convocatoria a conceder para las cuatro modalidades de los Premios, previa acreditación del cumplimiento de los requisitos de la normativa reguladora que rige la concesión de estos premios, asciende a 12.000 euros, que se imputarán en las aplicaciones 5201/1726/48101 del ejercicio 2026.El importe individual del premio de cada una de estas cuatro modalidades será de 3.000,00 euros, cuantía a la que se aplicará en su caso la retención fiscal correspondiente. TERCERA.- FINALIDAD, OBJETO Y CONDICIONES.La finalidad de concesión de los  Premios Málaga Viva, de lucha contra el cambio climático es fomentar la participación de todos los colectivos sociales para crear una verdadera conciencia ciudadana solidaria y comprometida en esta causa, se vienen convocando anualmente, y tienen por objeto el reconocimiento y la divulgación de buenas prácticas y actuaciones en materia de cambio climático realizadas en los últimos tres años previos a la convocatoria, que se hayan desarrollado en la provincia de Málaga, entre otros, en los ámbitos de Movilidad, Energía, Agua, Residuos, Ordenación del Territorio, Urbanismo y edificación, Sumideros naturales de CO2, Eco-innovación, y  actuaciones de Sensibilización y concienciación ciudadana de lucha contra el Cambio Climático, en los términos previstos en sus bases reguladoras.Conforme a lo establecido en la Base reguladora Tercera de estos premios, existen cuatro modalidades de participación:1.- “CLIMA”  Buenas prácticas locales,  que reconocerá las buenas prácticas en materia de lucha contra el cambio climático a municipios y ELAs, mancomunidades y/o grupos de desarrollo rural (GDR) de la provincia de Málaga.2.- “ÁRBOL” Organizaciones, que reconocerá actuaciones demostrativas así como trabajos o actuaciones artísticas, de información y divulgación, educación y formación ambiental a organizaciones sin ánimo de lucro implantadas en la provincia de Málaga.3.- “AIRE” Empresas, que reconocerá experiencias y actuaciones de lucha contra el cambio climático a empresas implantadas en la provincia de Málaga.4.- “TIERRA”: Centros educativos, que reconocerá experiencias, actuaciones y buenas prácticas de lucha contra el cambio climático, del alumnado y AMPAS (Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos) de los centros de enseñanza en los niveles infantil, primaria y secundaria obligatoria de la provincia de Málaga. De conformidad con las limitaciones establecidas en la Base reguladora Cuarta que rige estos premios, sólo es posible presentar una única candidatura por modalidad.Las candidaturas premiadas de todas las modalidades percibirán una cuantía económica, además de un galardón, pudiendo hacer mención del reconocimiento en sus acciones de promoción y publicidad.El importe del premio de cada una de estas modalidades será de 3.000,00 euros, cuantía a la que se aplicará en su caso la retención fiscal correspondiente.En agradecimiento a la participación en las convocatorias de estos premios y  teniendo en cuenta la gran calidad de los trabajos que se presentan, todas las memorias técnicas de todas las candidaturas evaluadas por el jurado serán publicadas por modalidades en las páginas corporativas temáticas de esta Diputación provincial de Málaga, con la finalidad de divulgación en materia de cambio climático. CUARTA.- BENEFICIARIOS.Conforme a lo establecido en la Base reguladora Cuarta de estos premios, podrán presentar candidaturas a los Premios Málaga Viva, de lucha contra el cambio climático las entidades interesadas siguientes, según modalidad:1.- “CLIMA”: Ayuntamientos y ELAs, mancomunidades y/o grupos de desarrollo rural (GDR) de la provincia de Málaga.2.- “ÁRBOL: Cualquier organización sin ánimo de lucro, asociación o fundación  siempre que esté implantada y actúe en la provincia de Málaga.3.- “AIRE”: Empresas implantadas en la provincia de Málaga.4.- “TIERRA”: Centros educativos de enseñanza en los niveles infantil, primaria y secundaria obligatoria de la provincia de Málaga. El cumplimiento de los requisitos para poder obtener la condición de beneficiario se acreditará mediante la presentación del modelo oficial de solicitud vigente y documentación adicional que se detalla en las siguientes bases Quinta a Séptima de la presente Convocatoria.  QUINTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDESPLAZOConforme a lo establecido en las Base reguladora Quinta de estos premios, el plazo de presentación de candidaturas será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOP), si bien en el supuesto de que el último día de plazo fuese sábado o festivo, se trasladará la finalización al inmediato día hábil siguiente.FORMALas candidaturas se dirigirán a la DELEGACIÓN DE TERRITORIO SOSTENIBLE, Servicio de Cambio Climático. La presentación de las candidaturas de todas las modalidades deben realizarse por vía telemática, en tanto que los interesados solicitantes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015 (LPAC), por el siguiente procedimiento: a) Trámite específico PREMIOS MÁLAGA VIVA, Presentación de candidaturas, habilitado en sede electrónica de Diputación de Málaga (https://sede.malaga.es),  según ficha del procedimiento aprobada por Decreto 2024/3065, de  8 de mayo (CSV 6c10287fd31df9d83cb7e40129c3a5dba1ee76bd - URL validación https://sede.malaga.es). b) SÓLO cuando no sea posible la presentación con arreglo a la letra anterior: En el Registro electrónico común de la Administración General del Estado (https://reg.redsara.es/).Una vez haya accedido al trámite específico, deberá realizar la presentación de candidatura cumplimentando on line el modelo oficial vigente 2026 (Solicitud de participación PMV) cuyo contenido se detalla en la Base Sexta de la Convocatoria.Esta Solicitud de participación PMV debe formularse y presentarse por representante acreditado de la entidad candidata (art. 5.3º Ley 39/2015):Regla general (todas las modalidades): Las candidaturas  deberán ser formuladas y presentadas por el representante legal de la entidad autora de la buena práctica, trabajo o actuación, utilizando el certificado digital cualificado de representante legal de la entidad candidata.Excepción (candidaturas de los Centros educativos públicos de la Junta de Andalucía): Las candidaturas  deberán ser formuladas y presentadas por Director/a  del centro educativo autor de la buena práctica, trabajo o actuación, utilizando su certificado digital de persona física, habida cuenta de la identificación única bajo mismo CIF de todos los centros educativos públicos de la Junta de Andalucía y la inexistencia de certificados digitales cualificados de representante legal de colegio que habiliten en ámbito educativo público a tales efectos. La acreditación de la representación se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 5.4º de la Ley 39/2015 y el artículo 32 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo. En  su caso, los trámites de subsanación (a requerimiento de esta Administración) y de mejora de solicitud del interesado (antes de que finalice el plazo de presentación de candidaturas), se podrán efectuar también por Sede electrónica, pero a través de trámite general “Subsanación de la solicitud” (https://sede.malaga.es/subsanacion-de-la-solicitud), con las limitaciones propias máximas por cada presentación para cada anotación registral en relación a número de archivos (4) y tamaño por archivo (7 MB) y tamaño máximo total (14 MB). SEXTA.- MODELO.Conforme a lo establecido en la Base reguladora Quinta de estos premios, para solicitar la participación en la convocatoria deberá ser utilizado el modelo oficial vigente 2026 (único para todas las modalidades), que estará disponible en la Sede electrónica en el trámite específico PREMIOS MÁLAGA VIVA, Presentación de candidaturas, una vez se inicie el plazo de presentación de solicitudes.Deberá cumplimentarse en línea, con el contenido aprobado (veáse Acuerdo de aprobación de IX Convocatoria PMV (2026), apartado 6) SÉPTIMA.- DOCUMENTACIÓN.Conforme a lo establecido en las Bases reguladora Cuarta y Quinta de estos premios, las candidaturas se presentarán junto a la documentación correspondiente a cada categoría, según se indica seguidamente:1) Solicitud de Participación PMV (de cumplimentación en línea)2) MEMORIA TÉCNICA de la buena práctica o actuación*3) Acreditación de la representación de la entidad4) En su caso, documentación complementaria (opcional)Deberán observarse las normas referidas a la documentación aprobadas (veáse Acuerdo de aprobación de IX Convocatoria PMV (2026), apartado 7) OCTAVA.- PROCEDIMIENTO de CONCESIÓN.Estos premios se concederán en régimen de concurrencia competitiva mediante selección de las candidaturas admitidas en cada modalidad conforme a los siguientes criterios de valoración:- Calidad de la propuesta (30%): Claridad en la exposición y presentación de la candidatura. Contribución de la misma en la lucha contra el Cambio Climático.- Carácter innovador (15%).- Impacto y relevancia en el contexto local, regional o nacional (15%).- Replicabilidad de las actuaciones (15%).- Incorporación de la perspectiva de género (15%).- Aportaciones de material complementario de apoyo a la candidatura (10%).En relación al procedimiento para la concesión de estos premios, inadmisión de solicitudes y el régimen de publicidad que se seguirá en su tramitación, véase apartado 8 del Acuerdo de aprobación de IX Convocatoria PMV (2026).El texto integro de las Bases de Convocatoria se encuentran en el Acuerdo de Junta de Gobierno, sesión ordinaria de 4 de febrero de 2026, punto número 5.2.1, relativa a la aprobación  aprobación de las bases de Convocatoria para la concesión de los IX Premios Málaga Viva (2026), de lucha contra el cambio climático (CSV 32c52c920664b1bd8a3c604cc1ff09b2051832d5 – url validación https://sede.malaga.es).

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 23/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de Junta de Gobierno de 4 de febrero de 2026 de Aprobación de la Convocatoria para la concesión de los IX Premios Málaga Viva, de lucha contra el cambio climático 2026.Publicado 02/03/2026Acuerdo de Pleno de 20 de marzo de 2024 aprobación definitiva de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Málaga.