Extracto de la Resolución de Alcaldía Nº 5/2026 de 29 de enero de 2026, por la que efectúa convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de rehabilitación de fachadas, año 2026, por el procedimiento de concurrencia competitiva.
LOCAL · ALMONACID DE LA CUBA · AYUNTAMIENTO DE ALMONACID DE LA CUBA
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/02/2026
Publicación en diario oficial
03/03/2026
Texto oficial de apertura: Veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.
Texto oficial de cierre: Veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
ANUNCIO DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA. SUMARIOResolución de Alcaldía Nº 5/2026 de 29 de enero de 2026 por la que efectúa convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de rehabilitación de fachadas, año 2026, por el procedimiento de concurrencia competitiva. TEXTODe conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 18 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.infosubvenciones.es) y en la página web del Ayuntamiento de Almonacid de la Cuba (https://almonaciddelacuba.cumpletransparencia.es/almonaciddelacuba/AreaNodo/Carga?_a=n8g5vqiI8JY%3D&_n=UTYUy3v%2FqRU%3D&_e=MU4OJGH81TE%3D El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es ___________ Primero. Personas beneficiarias Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria: .- Los propietarios de edificios completos. .- Los propietarios de viviendas actuando individualmente. .- Las comunidades de vecinos. .- Los arrendatarios. Segundo. Objeto La subvención tiene por objeto— Rehabilitación y/o pintado de fachadas principales con ubicación a la vía pública, sobre la totalidad o parte de las mismas.— Obras de albañilería vinculadas a la restauración y/o previas al acondicionamiento y/o pintado de las fachadas.— Sustitución o acondicionamiento de los elementos existentes en las mismas: aleros, bajantes, carpintería, herrajes, persiana, etc.-Actuaciones que sirvan para el soterramiento y/o mejora del cableado eléctrico o telefónico. No serán objeto de subvención:— Las actuaciones en fachadas que no sea la principal de la edificación hacía la vía pública.— La obra de nueva planta.— Los edificios fuera de ordenación, de manera específica que sean disconformes con el planeamiento por afectar a alineaciones, viales, zonas verdes o espacios libres y aquellos incluidos en zonas que necesiten de figura especial de planteamiento, en tanto ésta no esté aprobada, así como, en general, aquellas obras amparadas en licencias de carácter provisional. Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General de Subvenciones, aprobada en fecha 6 noviembre 2024, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza n.º 265, de fecha 16 noviembre 2024. Cuarto. Cuantía de la ayuda Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 15.000 euros. El importe de la subvención no podrá superar el 40 % del presupuesto de la actividad, con un máximo de 4.000 euros y el importe mínimo de la inversión será de 1.000 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo I y II de esta convocatoria. Se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza. Sexto. Otros datos Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:— Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y, en su caso, la representación de quien firme la solicitud (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, copia del NIF, etc.).— Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. (Anexo I)— Presupuesto total debidamente desglosado en el que figure el coste de las obras propuestas.Fotografía de estado de la fachada antes de comenzar las actuaciones objeto de subvención.