Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 25/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 27/02/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente publicación BOP
Texto oficial de cierre: Líneas 1, 2 y 3: 15 días naturales desde publicación BOP. Líneas 4, 5y 6: hasta 30 noviembre
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto del decreto N.º 2026/410 de 24 de febrero de 2026 por el que se aprueban las bases y la convocatoria de subvenciones a Entidades, a Deportistas y a Asociaciones y Clubes Deportivos de la Localidad para el año 2026. Primero. Beneficiarios: Podrán acogerse a esta convocatoria: Podrán acogerse a esta convocatoria: - Línea 1. Asociaciones y Clubes Deportivos sin ánimo de lucro inscritos en el registro de asociaciones del Ayuntamiento y el de Entidades Deportivas de la Junta de Comunidades de CLM, con participación en competiciones oficiales de carácter anual y ordinario, programadas por sus respectivas federaciones (Castellano Manchegas) o por asociaciones deportivas con un funcionamiento similar al federado, que tengan como mínimo el 60% de los jugadores/as empadronados/as en Miguelturra. Computarán como jugadores/ras locales aquellos/as que hayan estado en las escuelas deportivas de Miguelturra o en algún club local de Miguelturra (registrado en el Consejo Municipal de Deportes) al menos durante una temporada, estando acreditado con informe del personal de la Concejalía de Deportes, en lo que respecta a escuelas deportivas y el club solicitante informará de los club o clubes de Miguelturra donde hayan estado sus jugadores con anterioridad a esta temporada, con efectos de computar su antigüedad como empadronado. Con Objeto de promocionar el deporte femenino se estipula que podrán solicitar estas subvenciones aquellos clubes que tengan equipos femeninos aún sin cumplir el porcentaje de jugadoras empadronadas.: “Estos equipos tendrán el porcentaje mínimo de jugadoras del 40%” Aquellos clubes que no cumplan con el porcentaje de empadronados tendrán una reducción porcentual en la subvención de la siguiente manera:- 50 al 60 % Empadronados: Penalización del 30 % de la cantidad subvencionada.- 40 al 50 % Empadronados: Penalización del 60 % de la cantidad subvencionada.Por debajo del 40 % de empadronados quedarían excluidos de la subvención. - Línea 2. Asociaciones y Clubes Deportivos sin ánimo de lucro inscritos en el registro de asociaciones del Ayuntamiento y el de Entidades Deportivas de la Junta de Comunidades de CLM, con 12 meses de antigüedad y que tengan una actividad básicamente local y excepcionalmente deportes minoritarios que no tengan competiciones federadas en nuestra comunidad autónoma, y promocionen y fomenten el deporte que realicen actividades en nuestra localidad con diferentes concejalías para incentivar los hábitos saludables y la educación física. - Línea 3. Podrán optar aquellas Asociaciones y Clubes Deportivos sin ánimo de lucro inscritos en el registro de asociaciones del Ayuntamiento y el de Entidades Deportivas de la Junta de Comunidades de CLM, de nueva creación. - Línea 4. Podrán optar aquellas Asociaciones y Clubes Deportivos sin ánimo de lucro inscritos en el registro de asociaciones del Ayuntamiento y el de Entidades Deportivas de la Junta de Comunidades de CLM, que organicen alguna actividad y/o evento de interés local, de ámbito provincial, regional, nacional o internacional. - Línea 5. Podrán optar aquellos/as Deportistas no profesionales empadronados/as, con una antigüedad de doce meses en Miguelturra y con 16 años cumplidos, que participen en competiciones de alto nivel, eventos deportivos o actividades que por su naturaleza no estén recogidas en otras convocatorias. - Línea 6. Podrán optar aquellos/as Deportistas no profesionales empadronados/as, con una antigüedad de doce meses en Miguelturra y con 16 años cumplidos, que participen en competiciones oficiales a nivel nacional o internacional con la selección española de su modalidad deportiva. Segundo. Finalidad: Por la presente se convocan las siguientes líneas de subvenciones: - Linea 1: Financiación del desarrollo de proyectos por Asociaciones y Clubes Deportivos para competiciones federadas de deportes colectivos o competiciones análogas (al objeto de llevar a cabo actividades de fomento del deporte en la localidad) durante la temporada 2025-2026, es decir, a las actividades realizadas en el año deportivo que abarca de agosto 2025 a junio 2026 y último cuatrimestre del 2026 (inicio temporada 2026-2027). El objeto de esta línea de subvención es la colaboración del Ayuntamiento de Miguelturra, a través de la Concejalía de Deportes en la organización, planificación y participación en actividades deportivas de clubes y asociaciones de la localidad de Miguelturra, inscritos en el registro de asociaciones deportivas municipal con una antigüedad de al menos doce meses. - Linea 2: Financiación de los gastos de funcionamiento de Asociaciones y Clubes Deportivos de carácter local. El objeto de esta línea de subvención es la colaboración del Ayuntamiento de Miguelturra, a través de la Concejalía de Deportes para aquellas asociaciones o clubes sin ánimo de lucro, inscritos en el registro de asociaciones deportivas del Ayuntamiento de Miguelturra con doce meses de antigüedad y que tengan una actividad básicamente local. - Linea 3: Financiación de los gastos de funcionamiento de Asociaciones y Clubes Deportivos de nueva creación no federados. El objeto de esta línea de subvención es la colaboración del Ayuntamiento de Miguelturra, a través de la Concejalía de Deportes para aquellas asociaciones o clubes sin ánimo de lucro, inscritos en el registro de asociaciones deportivas del Ayuntamiento de Miguelturra al menos 12 meses. Clubes de nueva creación para el fomento y promoción de la modalidad deportiva que represente en Miguelturra. - Linea 4: Financiación de los gastos de la organización, planificación y participación de actividades deportivas de especial relevancia para la localidad de Miguelturra por parte de Asociaciones y Clubes Deportivos. El objeto de esta línea de subvención es la colaboración del Ayuntamiento de Miguelturra, a través de la Concejalía de Deportes en la organización, planificación y participación de actividades deportivas de especial relevancia para la localidad de Miguelturra, durante el año 2026, con los clubes y asociaciones deportivas inscritas en el registro de asociaciones deportivas municipal de Miguelturra con una antigüedad de doce meses. - Linea 5 : Financiación de los gastos de Deportistas no profesionales empadronados, con una antigüedad de doce meses, en Miguelturra por participar en competiciones de alto nivel, eventos deportivos o actividades que por su naturaleza no estén recogidas en otras convocatorias. - Linea 6 : Financiación de los gastos de Deportistas no profesionales empadronados, con una antigüedad de doce meses, en Miguelturra que participen en competiciones oficiales a nivel nacional y/o internacional con la Selección Española de su modalidad deportiva. El objeto de las líneas 5 y 6 de subvenciones es la colaboración del Ayuntamiento de Miguelturra, a través de la Concejalía de Deportes que tiene como finalidad el apoyo a la progresión de los y las deportistas de Miguelturra desde categoría juvenil (16 años cumplidos) con el objetivo de que alcancen el más alto nivel deportivo. Tercero. Bases reguladoras: El texto completo de las bases reguladoras se encuentra publicado en la web del Ayuntamiento de Miguelturra (http://www.miguelturra.es/) Cuarto. Importe: Se establece una subvención para la realización de los proyectos que, en la convocatoria inicial, no podrá exceder de las cantidades establecidas, salvo que, una vez resueltas definitivamente alguna de las líneas de financiación, quede remanente que pueda incrementar cualquier otra línea. - Línea 1: La cuantía de estas subvenciones 97.000 €, la cantidad máxima de la subvención a conceder por beneficiario no podrá exceder de 35.000€ . Se reducirá proporcionalmente a todos los clubes si no fuera suficiente la cuantía en esta línea para abonar el 100 %.-Línea 2: La cuantía presupuestaria máxima en el ejercicio 2026, de 10.000 € del Capítulo IV del Estado de Gastos del Presupuesto del Ayuntamiento especialmente destinadas a subvencionar este tipo de actividades.-Línea 3: La cuantía presupuestaria máxima en el ejercicio 2026, será de 1.000 € del Capítulo IV del Estado de Gastos del Presupuesto del Ayuntamiento especialmente destinadas a subvencionar este tipo de actividades.-Línea 4: La cuantía presupuestaria máxima en el ejercicio 2026, será de 6.000 € del Capítulo IV del Estado de Gastos del Presupuesto del Ayuntamiento especialmente destinadas a subvencionar este tipo de actividades.-Línea 5 y 6: La cuantía presupuestaria máxima en el ejercicio 2026, será de 1.000 € del Capítulo IV del Estado de Gastos del Presupuesto del Ayuntamiento especialmente destinadas a subvencionar este tipo de actividades. Quinto. Plazo de solicitudes: Las solicitudes se podrán presentar: - Para la línea de ayuda 1, 2 y 3: en el plazo de 15 días naturales desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real. - Para la línea de ayuda 4,5 y 6: se admitirán solicitudes durante el año en curso y como máximo hasta el 30 de noviembre de dicho año, siempre y cuando ésta se realice antes de un mes natural del comienzo de la actividad o evento. Si la actividad se ha realizado con anterioridad a la publicación de esta convocatoria de subvenciones, tendrán un plazo de 15 días naturales para poder solicitar esta subvención, a contar desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real. Sexto. Otros datos: Cada deportista o entidad podrá remitir su solicitud firmada por el deportista o por el/la Presidente/a de la asociación o Club y dirigida a la Alcaldía-Presidencia por vía electrónica.Los anexos se publican con el texto completo de la convocatoria en la web municipal.