Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 25/02/2026
- Publicación en diario oficial
- 27/02/2026
Texto oficial de apertura: O día seguinte á publicación do extracto da convocatoria no Boletín Oficial da Provincia de Ponteved
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a contar dende o inicio
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):Primero. OBJETO.Las bases de este procedimiento regulan el procedimiento para la concesión de subvenciones a centros docentes públicos y concertados sitos en Vigo para la celebración y organización de programas educativos y actividades vinculadas con Vigo (lugares, hechos históricos, personajes singulares?) para poner en práctica el concepto de la ciudad como aula activa o museo didáctico que muestra elementos para indagar, descubrir o investigar, así como para la organización de festivales escolares o actuaciones sociales e iniciativas didáctico pedagógicas, propios de la comunidad educativa. La actividad subvencionada debe ser sin ánimo de lucro.Segundo. BENEFICIARIOS/AS.Podrán concurrir a esta convocatoria pública los centros docentes sostenidos con fondos públicos sitos en el término municipal de Vigo, esto es centros públicos y concertados de educación primaria, educación secundaria obligatoria, educación especial, bachillerato y formación profesional.Tercero. BASES REGULADORAS.Las Bases reguladoras aprobadas por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vigo serán publicadas en la página web municipal www.vigo.org, en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra e en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Vigo.Cuarto. CUANTÍA.La cuantía total destinada a estas ayudas es de 40.000,00 (curante mil) euros y se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 3260.489.0002 ?Actividades extraescolares? del vigente ejercicio presupuestario. Se considerarán gastos subvencionables los realizados entre o 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.El importe máximo subvencionable será de 2.000,00 (dos mil) euros, para cada una de las entidades beneficiarias.Quinto. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.Podrán presentar solicitudes los centros docentes públicos y concertados, en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, utilizando el modelo oficial que figura como Anexo I a las bases.So se aceptará una solicitud por centro educativo. En cumplimiento de la obligación impuesta por el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 15 de noviembre de Procedimiento Administración Común de las Administración Públicas (LPAC), se establece el empleo, de forma exclusiva, de medios electrónicos (tramitación en línea) para presentar y tramitar la solicitud de esta subvención a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Vigo, mediante el Registro General Electrónico (Carpeta Ciudadana). Para dicha tramitación se requiere la identificación de la entidad solicitante y la firma electrónica de su representante legal, por cualquiera de las modalidades admitidas por el Ayuntamiento de Vigo, que se pueden consultar en el enlace https://sede.vigo.org/expedientes/usuarios/login.jsp?lang=es.La solicitud de subvención y documentación complementaria se presentará debidamente cubierta, mediante el modelo oficial aprobado en estas bases (Anexo I), que estarán disponibles en la página web (www.vigo.org) y se firmarán electrónicamente antes de su envío a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Vigo. El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación complementaria correspondiente será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra, que será comunicado desde la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) que opera como sistema nacional de publicidad de subvenciones en los términos del art. 30 de la LPAC.Sexto.- DOCUMENTACIÓN.Los solicitantes aportarán la siguiente documentación:a.- Solicitud. Contendrá los datos de la entidad solicitante, designación del representante legal y datos de contacto a efectos de notificación: Las notificación electrónicas se realizarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Vigo. Se remitirán a los interesados/as los avisos de puesta a disposición de las notificaciones a la cuenta de correo y/o teléfono móvil que conste en esta solicitud.Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido. Si no se procediese a su lectura en el plazo de 10 días naturales, se consdierarán rechazadas de forma automática, sin que se pueda acceder a su contenido.b.- Documento acreditativo de la persona que firma la solicitud para actuar en representación del centro educativo.c.- Memoria del programa y/o la actividad a desarrollar, indicando los objetivos propuestos, lugar, fechas, personas participantes y demás cuestiones de interés.d.- Presupuesto de los gastos subvencionables.e.- Documento acreditativo del IBAN de la cuenta bancaria de la entidad solicitante. f.- Autorización expresa a la consulta y verificación de datos por parte del Ayuntamiento de Vigo (Anexo II) o las correspondientes certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones tributarias.El servicio convocante puede requerir cuanta otra documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para participar en la convocatoria considere necesaria, así como complementar la información facilitada por la entidad, para una mejor evaluación de las solicitudes aportadas.La presentación de la solicitud implicará que se aceptan las bases de la convocatoria, se cumplen los requisitos en ellas exigidos y que son ciertos los datos indicados en la solicitud; así mismo, las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. En cualquier momento anterior a la resolución del procedimiento de subvenciones, la interesada podrá desistir de su/s solicitud/es, desestimación que será aceptada de plano por la administración concedente, declarando concluso/s el/los procedimiento/s correspondiente/s, de conformidad con los artículos 93 y 94 de la LPAC.