PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES511 - Barcelona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
26/02/2026
Publicación en diario oficial
03/03/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria
Texto oficial de cierre: Después de 15 días hábiles a la publicación de la convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
La Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 17 de febrero de 2026, ha aprobado en el punto 6.5 la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de BIENESTAR SOCIALQue se transcribe a continuación:? Primero. Beneficiarios:Podrán solicitar subvenciones destinadas a las actividades de la materia especificada en el apartado 1 de las Bases reguladoras específicas en materia BIENESTAR SOCIAL (en adelante Bases), las personas jurídicas legalmente constituidas y con sede o delegación en la villa de Olesa de Montserrat, que estén debidamente inscritas en los correspondientes registros públicos y oficiales y en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Olesa de Montserrat, en el momento de presentar su solicitud que deban realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS); deberán cumplir unos requisitos.? Segundo. Objeto:El objeto de esta convocatoria, de acuerdo con las BASES reguladoras, es el otorgamiento de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Olesa de Montserrat a entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en las mismas, con la finalidad de promover servicios y actividades en materia BIENESTAR SOCIAL correspondiente al área de Servicios Personales.? Tercero. Bases reguladoras:Las Bases reguladoras para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de Bienestar Social aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 21 de enero de 2025 y que fueron publicadas en el BOPB núm. CVE202510012886 en fecha 28 de enero del año 2025.? Cuarto. Cantidad:El presupuesto máximo que se destinará a este año 2026 para el otorgamiento de subvenciones en materia de Bienestar Social de la presente convocatoria será de 4.000,00 € e irá a cargo a la aplicación presupuestaria 62 231 48950 BIENESTAR SOCIAL-SS-OTRAS TRANSFERENCIAS del presupuesto para el año 2026.? Quinto. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento:El órgano competente para la instrucción del expediente es el BIENESTAR SOCIAL del Área Servicios Personales, que solicitará cuantos informes estime necesarios de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones.El órgano competente para resolver es la Junta de Gobierno Local, según Decreto 2025DECR001702 de 19/06/2025.? Sexto. Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención:Las subvenciones se otorgarán a aquellos solicitantes que obtengan mejor valoración una vez aplicados los criterios objetivos determinados en las bases reguladoras.Para la valoración de las solicitudes de los proyectos, únicamente se tendrán en cuenta las solicitudes que siguen los criterios objetivos, aplicados de acuerdo con los criterios del apartado 11 de las bases reguladoras.? Séptimo. Plazo y forma de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria por parte de la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el diario oficial correspondiente (BOP Barcelona).Se deben presentar las solicitudes mediante los modelos normalizados que facilita el Ayuntamiento, de acuerdo a lo que dictaminan las bases.? Octavo. Plazo de ejecución:El plazo de ejecución de los proyectos será del 1 de enero al 31 de diciembre del año de la convocatoria.? Noveno. Plazo y forma de justificación:El plazo de justificación finalizará el 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria.Se deben presentar las justificaciones mediante los modelos normalizados que facilita el Ayuntamiento, de acuerdo a lo que dictaminan las bases.? Décimo. Otros datos de obligado cumplimiento:Se debe cumplir con todo lo dispuesto en las Bases que regulan esta convocatoria de subvenciones, y de acuerdo con la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Olesa de Montserrat, aprobada por el Pleno de esta Corporación el 24 de octubre de 2019 y publicada definitivamente en el BOP de Barcelona el 31 de enero de 2020.