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Plazo no verificadoBDNS 890457

Subvención por nacimiento, acogimiento o adopción "CHEQUE BEBÉ" ejercicio 2026

LOCAL · BÉTERA · AYUNTAMIENTO DE BÉTERA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:10 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
02/03/2026
Publicación en diario oficial
11/03/2026

Texto oficial de apertura: DIA SIGUIENTE PUBLICACIÓN BOP VALENCIA

Texto oficial de cierre: 30 días naturales desde publiciación

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- Beneficiarios/as: Podrán adquirir la condición de beneficiario/a, aquellos progenitores/as, adoptantes o acogedores de niños/as, titulares del libro de familia en el que figure registrado su nacimiento o adopción o las familias acogedoras del menor, de duración superior a los 12 meses, que reúnan los requisitos establecidos en la Base tercera de las Bases reguladoras, publicada en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Bétera https://betera.sedelectronica.es/info.0.  Segundo.- Objeto y finalidad: Las presentes bases de la convocatoria tienen por objeto el establecimiento de procedimiento que regirá el otorgamiento de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva “CHEQUE BEBÉ”. El objetivo estratégico es contribuir a sufragar gastos de nacimiento, adopción legal o acogimiento de un hijo/a de las familias, para compras realizadas en comercios de la localidad, favoreciendo además el fomento y dinamización del comercio local de proximidad.  Tercero.- Régimen de concesión: En régimen de concurrencia competitiva.  Cuarto.- Requisitos para solicitar la subvención y documentación a aportar: Recogidos en la Base tercera y cuarta de las Bases reguladoras, publicada en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Bétera https://betera.sedelectronica.es/info.0.  Quinto.- Criterios de valoración: Los que se recogen en la Base 6.2 de las Bases reguladoras, publicada en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Bétera https://betera.sedelectronica.es/info.0.  Sexto.- Bases reguladoras: Aprobadas por Resolución de la Alcaldía Presidencia junto a la presente convocatoria y publicadas en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Bétera https://betera.sedelectronica.es/info.0.  Séptimo.- Cuantía: La cuantía máxima del crédito presupuestario para esta convocatoria es de 30.000€. Los gastos inherentes a esta subvención se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 2026-208-2310-48006 SS.SS: CHEQUE BEBÉ.Tal como viene señalado en la Base 2 de las Bases reguladoras publicada en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Bétera https://betera.sedelectronica.es/info.0, la determinación de la cuantía de cada ayuda vendrá determinada en función del número de solicitudes presentadas que cumplan con los requisitos previstos en la Base tercera, realizándose una distribución del crédito (30.000€) entre las solicitudes, siendo la cuantía resultante el importe de la subvención individual a otorgar a cada solicitante, que en ningún caso podrá superar los 250,00€.  Octavo.- Órganos competentes para la instrucción: Área gestora de la subvención que corresponde a los Servicios Administrativos del Área de Derechos sociales.  Noveno.- Órgano colegiado que valore las solicitudes: Miembros de la Comisión, según viene previsto en la Base 6.1 de las Bases reguladoras, publicada en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Bétera https://betera.sedelectronica.es/info.0.  Décimo.- Órgano que concede la subvención: La Alcaldía-Presidencia de la Corporación.  Décimo Primero.- Plazo presentación de solicitudes: Durante los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.  Décimo Segundo.- Plazo de resolución y medios de notificación o publicación: El plazo de resolución será el establecido legalmente.La publicación de la resolución sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos efectos en los términos que se establecen en el artículo 45 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, que contendrá a los beneficiarios y las denegadas o destinadas en su caso, y el motivo de denegación, y será expuesta al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y publicada en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Bétera https://betera.sedelectronica.es/info.0.  Décimo Tercero.- Recursos:  La Resolución por la que se conceda la presente subvención, pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de su notificación, o impugnarse directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la fecha de su notificación, sin perjuicio de que se utilice cualquier otro que considere oportuno. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 02/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSanexo III- FICHA DE TERCEROSPublicado 02/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSanexo II- JUSTIFICACIÓNPublicado 02/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSanexo I- SOLICITUDPublicado 02/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnuncio del Ayuntamiento de Bétera sobre extracto de la Resolución de Alcaldía nº 0522 de fecha 27-02-2026 por la que se convocan subvenciones por nacimiento, acogimiento o adopción “CHEQUE BEBÉ” del Ayuntamiento de Bétera en el ejercicio 2026Publicado 11/03/2026Bases reguladoras subvención por nacimiento, acogimiento o adopción "CHEQUE BEBÉ" 2026