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Plazo no verificadoBDNS 890673

Resolución de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el funcionamiento de Centros de Información Juvenil en el año 2026.

AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:15 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES130 - Cantabria

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
03/03/2026
Publicación en diario oficial
23/03/2026

Texto oficial de apertura: Día hábil siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC.

Texto oficial de cierre: Pasados 20 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.C.

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS (identif.): 890673Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los Municipios, Mancomunidades de municipios y Entidades Locales Menores, así como otras Entidades e Instituciones de Derecho público de Cantabria, que dispongan de estructura y financiación suficientes para garantizar el funcionamiento del Centro de información juvenil. Segundo. Objeto.                                                                                   La presente Resolución tiene por objeto convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el funcionamiento durante el año 2026 de Centros de información juvenil (Oficinas de información juvenil y Puntos de información juvenil) dependientes de los Municipios, Mancomunidades de Municipios y Entidades Locales Menores, así como de otras Entidades o Instituciones de Derecho público de Cantabria, que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes estén integradas en la Red Cántabra de Documentación e Información Juvenil creada por Decreto 22/1998, de 13 de marzo. Tercero. Bases reguladoras. La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden ECD/64/2017, de 24 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el funcionamiento de centros de información juvenil (BOC nº 107, de 5 de junio de 2017), modificada por las Ordenes ECD/7/2018, de 12 de febrero (BOC nº 39, de 23 de febrero de 2018) y UIC/15/2020, de 13 de marzo (BOC nº 63, de 31 de marzo de 2020) Cuarto. Cuantía. La cantidad máxima global de esta convocatoria se fija en doscientos diez mil euros (210.000,00 €), con el siguiente desglose y financiación, con cargo a los presupuestos generales de Cantabria para el año 2025, prorrogados para el ejercicio 2026 en los términos del Decreto 92/2025, de 23 de diciembre, por el que se determinan las condiciones a las que ha de ajustarse la prórroga del presupuesto de la comunidad autónoma de Cantabria para el 2025 en el ejercicio 2026: Programa I.   Funcionamiento centros de información juvenil           07.08.232A.461.07   200.000,00 € Programa II.  Medios básicos para centros de información juvenil    07.08.232A.761            10.000,00 € Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de Cantabria. Sexto. Otros datos. Las solicitudes deberán presentarse en modelo oficial, firmadas electrónicamente por el representante legal de la entidad solicitante, acompañadas de la documentación establecida en el apartado 5 de la convocatoria regulada en la Resolución de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

Bases y documentación

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