BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DELEGACIÓN PARA EL CENTRO HISTÓRICO DE CÓRDOBA, PARA ACTIVIDADES DE DINAMIZACIÓN A DESARROLLAR EN EL CASCO HISTÓRICO CORRESPONDIENTES A 2026.
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES613 - Córdoba
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
06/03/2026
Fin de solicitudes
26/03/2026
Registro en BDNS
03/03/2026
Publicación en diario oficial
05/03/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de su publicación en BOP
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarias.- Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria de subvenciones las asociaciones, entidades y colectivos ciudadanos que hagan una propuesta abierta de actividades a la ciudadanía cordobesa y de forma específica a los vecinos y vecinas del Casco Histórico. Segundo. Objeto.- Las presentes Bases tienen por objeto regular, con carácter general, el régimen y procedimiento aplicable para el otorgamiento de subvenciones, en concurrencia competitiva, a favor de asociaciones, entidades y colectivos ciudadanos, cuya finalidad sea la organización de actividades de dinamización a desarrollar en el Casco Histórico de Córdoba, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2.026, pudiéndose, por lo tanto, subvencionar actividades ya realizadas. Tercero. Bases Reguladoras.- “Marco General que regula todas las convocatorias de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Córdoba”. Las bases de la convocatoria se consultarán a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento de Córdoba. Cuarto. Cuantía.- La cantidad destinada a subvencionar las actividades a través de esta convocatoria es de CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €). La cuantía de la subvención obtenida por los beneficiarios vendrá determinada en función de la puntuación que la actividad presentada obtenga de acuerdo con los criterios establecidos en la Base Novena. La cuantía máxima a conceder no podrá sobrepasar el 80% del coste total de la actividad, con un máximo de 4.000,00 € para cada solicitud. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.- Las solicitudes se presentarán por el/la representante legal de la entidad dentro del plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Sexto. Otros datos.- De conformidad con las bases de la convocatoria, la presentación de las solicitudes será obligatoriamente por medios electrónicos, a través del Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba) o mediante su presentación en otros registros electrónicos a que se refiere el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Para facilitar la gestión administrativa y la cumplimentación de solicitudes, las entidades interesadas habrán de emplear con carácter obligatorio el formulario específico de solicitud publicado en la Sede electrónica municipal https://www.cordoba.es/sede/tramites/catalogo.