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Plazo no verificadoBDNS 890778

332A LINEA "E" AYUDAS AYUNTAMIENTO: DIGITALIZ-MICROFILMACIÓN FONDOS 2026

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:16 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES3 - COMUNIDAD DE MADRID

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
13/03/2026
Fin de solicitudes
01/04/2026
Registro en BDNS
03/03/2026
Publicación en diario oficial
12/03/2026

Texto oficial de apertura: EL DÍA DESPUÉS DE PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN BOLETÍN

Texto oficial de cierre: 14 DÍAS HÁBILES DESPUÉS DE LA FECHA DE INICIO

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS (Identif.): 890778De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):Primero. Objeto:En cuanto al objeto y finalidad de las ayudas, la convocatoria de 2026 se destina a laslíneas de actuación previstas en su dispongo primero, entre las que se distribuye elimporte total de la convocatoria de la siguiente forma:50.000 euros para la línea e), digitalización y/o microfilmación de fondos documentaleshistóricos de las Entidades locales.Asimismo, la asignación de remanente de crédito presupuestario entre las líneas convocadasqueda regulada en el dispongo 1.2 de la referida convocatoria que dispone que en el casode quedar remanente sobrante en alguna de las señaladas líneas de actuación, dichacantidad incrementará el importe destinado a cualquiera de las demás conforme a ladecisión adoptada por la Comisión de Evaluación, de conformidad con lo establecido en elartículo 1.4 de las bases reguladoras de estas ayudas.El orden de asignación del remanente optado por la Comisión de Evaluación es el siguiente:- Si quedara remanente en la línea a), éste pasará en primer lugar a la línea b).- Si quedara remanente en la línea c), éste pasará a la línea b).- Si quedara remanente en la línea d), éste pasará a la línea b).- Si quedara remanente en la línea e), éste pasará a la línea b).La Comisión de Evaluación de estas ayudas para 2026 se reunió en las fechas siguientes:13/05/2026, para evaluar las líneas a) b) c) d) y e).Dado que la línea de equipamiento de local de archivo cuenta con crédito disponible de56.000 € y el mismo no cubre la cantidad necesaria para subvencionar a las entidadeslocales que así lo han solicitado, se propone incrementarla con 52.438,19 eurosprocedentes del crédito sobrante en las líneas de Adecuación de depósito de archivo(7.902,21 €), Organización y tratamiento archivístico integral (4.173,15 €), Restauraciónde documentos en mal estado de conservación (38.931,96 €) y Digitalización y/oMicrofilmación de fondos documentales históricos (1.430,87 €), pasando a disponer de108.438,19 euros, según lo establecido en el dispongo primero, punto 2, en relación con elorden de asignación del remanente en cualquiera de las líneas. Las 16 entidades localesadmitidas han alcanzado la puntuación mínima y existe crédito suficiente para concederlesla subvención, quedando un remanente de 15.146,90 euros.Segundo. Cuantía:Para la línea e), el objeto será la digitalización y/o microfilmación de fondosdocumentales históricos de las Entidades locales, con un crédito de 48.569,13 euros.Tercero. Declaración del crédito presupuestario disponible.Declarar el importe de CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL EUROS CONDIECINUEVE CÉNTIMOS (52.438,19 €) como crédito presupuestario disponible para atender lasobligaciones de contenido económico derivadas de la línea b) de la convocatoria de ayudasen materia de archivos correspondiente a 2026.El gasto se contraerá con cargo a la partida 76309 del programa 332A del Presupuesto deGastos de la Comunidad de Madrid para el año 2026.Cuarto. Régimen de recursos.Esta Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recursode reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien,directamente, recurso contencioso – administrativo en el plazo de dos meses ante elTribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente a supublicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Todo ello sin perjuicio decualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.Quinto. Efectos de la Orden.La presente Orden producirá efectos al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BDNS (Identif.): XXXXDe conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):Primero. Beneficiarios:Las Entidades locales de la Comunidad de Madrid que cumplan, además de los requisitosgenerales exigidos en el apartado 1 del dispongo tercero de la convocatoria, losrequisitos específicos de la línea de actuación correspondiente.Segundo. Objeto:El objeto de esta convocatoria es la realización de actuaciones en materia de archivos. Lalínea de actuación específica de este extracto es la de digitalización y/o microfilmaciónde fondos documentales históricos (línea e), cuyos requisitos específicos son lossiguientes:a) Las Entidades locales deberán tener personal técnico archivero. No obstante, aquellasEntidades locales que tengan menos de 10.000 habitantes y no dispongan de personal técnicoarchivero podrán acceder a esta línea de subvención siempre que tengan organizados losfondos objeto de digitalización y/o microfilmación. Para ello, habrán de aportar eldocumento de control.b) Las Entidades locales tendrán que disponer de instalaciones adecuadas para laconservación y custodia de los documentos. La determinación del cumplimiento de esterequisito deberá ser comprobado por el personal técnico de la Subdirección Generalcompetente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental.c) Los documentos que vayan a ser objeto de digitalización y/o microfilmación deberándisponer de un documento de control, cuyo contenido mínimo se especifica en el artículo4.13.c). de las bases reguladoras.Tercero. Bases reguladoras:Las bases reguladoras de las ayudas se establecieron en la Orden 43/2024, de 22 de enero,del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte (BOCM nº 32, de 7 de febrero).Cuarto. Cuantía:50.000,00 €.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:Catorce días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presenteextracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. El texto íntegro de laconvocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.Sexto. Relaciones entre Comunidad de Madrid e interesados:1. La Administración se relacionará de forma electrónica con los interesados, por lo quelas notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos. A tal efecto, elsolicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de NotificacionesTelemáticas de la Comunidad de Madrid, disponible en la Sede Electrónica de la Comunidadde Madrid (sede.comunidad.madrid).2. Las sucesivas notificaciones, relativas a los actos integrantes del procedimiento deconcesión, se publicarán en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid(sede.comunidad.madrid).Séptimo. Pago y justificación:1. El pago de las ayudas se efectuará con posterioridad a la justificación de laaplicación de los fondos al fin para el que se concedió la subvención y previa aportaciónde la totalidad de documentos indicados en la Orden de la Convocatoria.2. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención y elresto de documentos indicados en el dispongo décimo de la Orden de convocatoria finalizael 31 de octubre de 2026.

Bases y documentación

Anexos Anexo I - 1FA1_26Publicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSModificación de la Convocatoria Orden 359 correcc errores orden 2561_2026_anonimizadoPublicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo II - 1FA2_26Publicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos BASES REGULADORASPublicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Orden 928/2026 de disponiblidad de crédito anonimizadaPublicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Formulario 1F5_26Publicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos EXTRACTO DE LA CONVOCATORIAPublicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden 928/2026, de 4 de junio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte que declara el importe del crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos para actuaciones en la línea de adecuación del depósito de archivo correspondiente a 2026, en la línea b.Publicado 29/06/2026Extracto de la Orden 2561/2025, de 2 de diciembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a Entidades locales de la Comunidad de Madrid en materia de archivos correspondiente al año 2026.Publicado 12/03/2026ORDEN 43/2024, DE 22 DE ENERO, DEL CONSEJERO DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID EN MATERIA DE ARCHIVOS.