Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 06/03/2026
- Fin de solicitudes
- 09/03/2026
- Registro en BDNS
- 03/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 05/03/2026
Texto oficial de apertura: a partir del día siguiente a su publicación de las bases en el B.O.P.
Texto oficial de cierre: hasta el 09 de marzo de 2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
D. JOSE LUIS SAEZ PASTOR, Alcalde-Presidente del M.I. Ayuntamiento de Guardamar del Segura, Alicante,HACE SABER,Que con fecha 3 de marzo de 2026, por esta entidad se ha dictado Decreto n.º 2026-1005, de “DECRETO DE APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LA CAMPAÑA MES DEL PADRE 2026”, que trascrito literalmente dice así:(…)Dña. Gisela Teva Quirant, Concejal de Promoción Económica, Consumo, Empleo, Comercio y Mercados, RESUELVO: HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- Que desde el Ayuntamiento de Guardamar del Segura con la finalidad de fomentar el ocio y tiempo libre, por lo cual se ha previsto celebrar comercialmente el Mes del padre 2026. Segundo.- Que la economía de Guardamar del Segura es esencialmente de servicios, por lo que es imprescindible fomentar el ocio y tiempo libre. Tercero.- Con fecha 2 marzo 2026 por el técnico de la Agencia de Empleo y Desarrollo Local se ha emitido Informe con propuesta de Bases reguladoras de la citada campaña y que consta en el expediente de referenciaVista la propuesta de resolución PR/2026/935 de 2 de marzo de 2026 fiscalizada favorablemente con fecha de 3 de marzo de 2026. De conformidad con las competencias delegadas mediante el Decreto 3046/2023 de fecha 19 de junio.RESOLUCIÓNPrimero- Aprobar las Bases Reguladoras y convocatoria la “Campaña del Mes del Padre 2026” cuyo texto íntegro es el siguiente:BASES REGULADORAS CAMPAÑA MES DEL PADRE 2026EXPOSICIÓN DE MOTIVOSEl comercio minorista, empresas de servicios y hoteles representan un pilar fundamental de la economía del municipio de Guardamar del Segura, tanto por su capacidad de influir en otras actividades económicas como por su contribución a generar empleo y a dinamizar la localidad.Atendiendo al Plan de Acción Comercial de Guardamar del Segura, así como al Plan Estratégico de Turismo y otros, que, concluyen en una de sus líneas estratégicas en la necesidad de incrementar el número de acciones de promoción con la finalidad de incentivar el ocio y el tiempo libre.BASE 1º OBJETIVOS.La Concejalía de Promoción Económica, Mercados, Fomento del Empleo y Comercio organiza una campaña con motivo de la Campaña Mes del Padre 2026 con los objetivos de fomentar el ocio y el tiempo libre, incentivando de ese modo las compras en el municipio de Guardamar del Segura.BASE 2º DENOMINACIÓN.Campaña Mes del Padre 2026.BASE 3º FECHAS DE REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA.Presentación de solicitudes de participación: El plazo de presentación de instancias para los comercios participantes será desde el día siguiente de la publicación de las presentes bases en el BOP de Alicante y hasta el 9 de marzo de 2026La campaña se realizará del día 10 de marzo al 31 de marzo de 2026Sorteo de 4 sesiones de fotos: 2 de abril de 2026, a las 12:00 horas en el salón de plenosBASE 4ª ÁMBITO TERITORIAL.El ámbito territorial se desarrollará en Guardamar del Segura.BASE 5ª PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.Cada establecimiento comercial podrá participar en la campaña presentando el modelo de solicitud (Anexo I) y una Declaración Responsable en la que se manifieste que el titular se encuentra dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, está al corriente del pago de los impuestos tributarios con el Ayuntamiento de Guardamar del Segura, la Tesorería de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria (Anexo II).La solicitud de participación y la documentación requerida se podrá presentar ante el Registro Municipal del Ayuntamiento desde el día siguiente de su publicación en el BOP y hasta el 9 de marzo de 2026 en horario de mañanas de 9:00h a 14:00h, la sede electrónica ( https://guardamardelsegura.sedelectronica.es) o cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.No obstante, y dependiendo de la disponibilidad de material promocional y cartelería, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se podrían admitir nuevas solicitudes.BASE 6ª DE LA ORGANIZACIÓN.La organización de la campaña correrá a cargo del Ayuntamiento de Guardamar del Segura, a través de la Concejalía de Promoción Económica, Empleo y Comercio,comprometiéndose a entregar a cada comercio participante en la campaña: vinilos identificativos de la campaña y material promocional del mismo.La campaña se desarrollará durante los días comprendidos entre el 10 y el 31 de marzo de 2026 y sin que suponga coste alguno para los comerciantes, indicando claramente que se trata de obsequios proporcionados por el Ayuntamiento de Guardamar del Segura, cuyos beneficiarios de los premios serán las personas físicas que realicen sus compras en los comercios participantes.Por cada compra superior a 10 euros que efectúe el cliente en el establecimiento se le hará entrega de una participación que deberá rellenar con sus datos personales para el sorteo y adjuntar copia del ticket/factura de compra del establecimiento.La organización correrá a cargo con las acciones promocionales en los medios que estime conveniente para su mejor difusión.BASE 7ª CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN.Las condiciones de participación de los comercios participantes en la campaña son las siguientes:Los comercios participantes se comprometen a obsequiar a sus clientes con motivo de la Campaña mes del Padre 2026, con material promocional proporcionado por la organización, indicando claramente que es un obsequio que realiza el Ayuntamiento de Guardamar del Segura con motivo de dicha campaña, y sin que en ningún caso suponga un coste para los mismos, todo ello durante las fechas de la promoción.El comprador, cuyo boleto resulte premiado tras el sorteo, canjeará su premio, en el Ayuntamiento de Guardamar del Segura previa presentación del boleto premiado con el ticket/factura de la compra realizada en el comercio y adjuntando la documentación de declaración responsable como beneficiario del premio (Anexo III), autorización para consultar datos estar al corriente en la agencia tributaria. (Anexo IV) y en la Seguridad social (Anexo V)BASE 8ª PREMIOSEl Ayuntamiento premiará con 4 sesiones de fotografía cuyo importe máximo será de 65,00 € (IVA incluido) por sesión.El consumo de este premio únicamente podrá ser disfrutado por los agraciados hasta el 30 de abril de 2026, pasada esta fecha el premio será invalidado.El ganador deberá presentar declaración responsable de cumplir los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 13. Así mismo, autorizará a que el Ayuntamiento pague la sesión fotográfica directamente al establecimiento que realice la sesión de fotos, una vez presentada la factura justificativa por registro de entrada.El Ayuntamiento de Guardamar del Segura ha consignado la siguiente aplicaciónpresupuestaria: 2026.4314.48000 por un importe máximo de 260,00 euros.BASE 9º SORTEOEl 2 de abril de 2026, a las 12:00 horas se realizará el sorteo en directo a través de redes sociales y en presencia de representantes de la asociación de comerciantes y concejalía de comercio.Los establecimientos participantes entregarán las urnas con los boletos participantes que serán examinados por la organización para depositarlos en una sola urna para el sorteo.Los boletos junto con los tickets o facturas anexos, deberán ser legibles y correctos, en el caso de que no lo fueran se desestimaran sacando un nuevo boleto ganador. Se restringe un premio por persona.En todo caso se levantará acta con la relación de los premiados firmada por responsable de la concejalía de promoción económica, el secretario de la asociación o persona en quien delegue.Cuando concurran circunstancias no previstas en las Bases será la concejalía de promoción económica o persona en quien delegue, quien podrá por su arbitrio, cancelar, suspender o modificar total o parcialmente la Campaña sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los comerciantes o participantes.En todo lo no previsto, la concejalía podrá resolver o establecer el criterio aplicable inspirando la solución en la finalidad de la campaña misma.En el caso de que un premio recayera en un menor de edad, se entregará al menor acompañado de su tutor o representante legal.El ganador no podrá exigir el cambio del premio, ni su valor en dinero, ni por un bien o servicio distinto de los indicados como posibilidad de premio, de modo que dicho premio no será negociable ni transferible. El premio se entregará al agraciado en las condiciones descritas, y sin que comporte la obligación de realizar ninguna contraprestación adicional a las establecidas en las presentes Bases de conformidad con la legislación aplicable.BASE 10ª FUERZA MAYOR.La organización se reserva el derecho, en caso de fuerza mayor o de circunstancias particulares sobrevenidas, de retrasar, acortar, prolongar, interrumpir o anular la Campaña del mes del padre 2026.BASE 11ª EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD.El Ayuntamiento no se responsabiliza del uso inapropiado del material promocional, ni de las condiciones que el comerciante establezca para la venta de sus productos durante la celebración la campaña, correspondiendo a los propios establecimientos, el deber de cumplir con la legislación en materia de consumo y comercio interior.BASE 12ª ACEPTACIÓN DE LAS BASES.La participación en la campaña supone la aceptación en su totalidad de las condiciones establecidas en las presentes Bases.Segundo. - Ordenar la publicación de la presente resolución en la Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, el Tablón Electrónico de Anuncios municipal, la página web del Ayuntamiento (www.guardamardelsegura.es) y el portal de transparencia de la Sede Electrónica.Tercero. - Comunicar la presente resolución al Departamento de Intervención.Lo que se hace público para general conocimiento, así como para dar cumplimiento a lo contenido en el mismo, en Guardamar del Segura, a la fecha indicada.