PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES414 - Palencia
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
05/03/2026
Publicación en diario oficial
11/03/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente al de publicación en el BOP
Texto oficial de cierre: 20 días naturales a contar desde el siguiente al de publicación en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- Beneficiarios: Clubes Deportivos con domicilio social en municipios de la provincia de Palencia con menos de 20.000 habitantes, legalmente constituidos y con una actividad real. Segundo.- Objeto: Subvencionar la actividad deportiva ordinaria (participación en competiciones deportivas) que los clubes solicitantes desarrollen entre el 16 de octubre de 2025 y el 15 de octubre de 2026. Tercero.- Cuantía: El importe total de la convocatoria asciende a 43.000 €, consignados en la partida 61.34107.48905.047 del presupuesto de Diputación para 2026.La cuantía máxima de cada subvención no podrá superar los 2.200 €.No se concederán subvenciones a entidades con un presupuesto inferior a 3.000 €. Cuarto.- Plazo de presentación de solicitudes: 20 días naturales a contar desde el siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente cuando el último día sea sábado o festivo. Quinto.- Documentación: Se acompañará a las solicitudes:- Tarjeta de Identificación Fiscal o resguardo de haberla solicitado- Registro Oficial de la Entidad- Presupuesto anual de ingresos y gastos de la entidad- Programa de actividades de la entidad, detallando todos los aspectos relacionados con los criterios de valoración- Certificado de subvenciones recibidas o solicitadas a otras Instituciones o Entidades Sexto.- Criterios de Valoración: Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios, cuya valoración se efectuará hasta un máximo de 15 puntos:-Presupuesto de la entidad, hasta 2 puntos, valorándose: * Menos de 10.000 €: 1 punto * Entre 10.000 € y 30.000 €: 1,5 puntos * Más de 30.000 €: 2 puntos-Repercusión y ámbito de la competición oficial en la que participa el club, hasta 2 puntos, valorándose: * Ámbito provincial: 0,5 puntos * Ámbito autonómico: 1 punto * Ámbito nacional: 2 puntos (se entenderá por competición nacional toda aquella que sobrepase los límites de la Comunidad Autónoma de Castilla y León)-Funcionamiento de la entidad y su participación o colaboración en actividades de la Diputación de Palencia, hasta 6 puntos, valorándose: * Calidad y nivel de las actividades en las que participa el club, así como el número de deportistas del club * Nivel y calidad de infraestructuras y medio empleados * Gestión de los recursos propios para organizar la actividad-Repercusión social, calidad deportiva e incidencia turística y económica en la población de la localidad, hasta 5 puntos, valorándose: * Número de personas que moviliza la actividad que organiza el club * Repercusión de la actividad en función del nivel de la misma * Impacto económico generado en la localidad * Promoción turística e incremento en la cantidad de visitantes de la localidadLa actividad ordinaria del club se subvencionará aplicando el siguiente baremo:Más de 12,50 puntos: 2.200 €10,51 - 12,50 puntos: 1.400 €8,51 - 10,50 puntos: 1.000 €7 - 8,50 puntos: 600 €En ningún caso se concederán subvenciones a entidades que no lleguen a los 7 puntos, ni a las que tengan un presupuesto inferior a los 3.000 €.Si en alguna de las escalas de valoración se agotara el crédito, el crédito existente para esa escala se repartirá a partes iguales entre todos los solicitantes de esa misma escala del baremo, excepto si se diera el caso de que, en ese supuesto, la subvención a cada solicitante fuera inferior a 300 €, en cuyo caso el crédito de esa escala del baremo se repartirá a partes iguales entre los solicitantes de la escala de valoración superior. Séptimo.- Obligaciones de los beneficiarios:- Hacer constar la colaboración de la Diputación de Palencia en la actividad que se derive de la ayuda concedida.- Comunicar a la Diputación de Palencia la obtención de otras ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes Públicos. Octavo.- Los anexos y demás documentación correspondiente a la presente convocatoria estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es