Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 05/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 11/03/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente al de publicación en el BOP
Texto oficial de cierre: 20 días naturales a contar desde el siguiente al de publicación en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- Beneficiarios: Clubes Deportivos con domicilio social en municipios de la provincia de Palencia con menos de 20.000 habitantes. Segundo.- Objeto: Ayudas para organizar actividades deportivas concretas y determinadas, que se celebren en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Palencia entre el 16 de octubre de 2025 y el 15 de octubre de 2026.Cada solicitud deberá referirse exclusivamente a una sola actividad, pudiendo presentar cada club las solicitudes que desee, siempre que sean para actividades distintas. Tercero.- Cuantía: El importe total de la convocatoria asciende a 22.000 €, consignados en la partida 61.34107.48905.047 del presupuesto de Diputación para 2026. Cuarto.- Plazo de presentación de solicitudes: 20 días naturales a contar desde el siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente cuando el último día sea sábado o festivo. Quinto.- Documentación: Se acompañará a las solicitudes:- Código de Identificación Fiscal o resguardo de haberlo solicitado- Registro Oficial de la Entidad- Programa detallado de la actividad para la que se solicita la subvención, especificando número de ediciones que lleva realizándose, número de participantes en otras ediciones y otros datos de interés- Presupuesto de gastos e ingresos de la actividad concreta- Presupuesto anual total del club- Certificado de subvenciones recibidas o solicitadas a otras Instituciones o Entidades, para el mismo fin Sexto.- Criterios de Valoración: Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios, cuya valoración se efectuará hasta un máximo de 15 puntos:-Número de participantes previstos en la actividad, hasta 1,5 puntos, valorando para ello la participación, en su caso, en ediciones anteriores: * Hasta 100 participantes: 1 punto * Entre 101 y 200 participantes: 1,25 puntos * Más de 200 participantes: 1,5 puntos-Continuidad de la prueba en función al número de ediciones que se lleva celebrando, hasta 1 punto, valorando: * 1ª o 2ª edición: 0,25 puntos * 3ª edición: 0,5 puntos * 4ª o más ediciones: 1 punto-Esfuerzo económico del organizador, hasta 2 puntos, valorando el presupuesto de la actividad y la aportación económica del club a la prueba.-Calidad de la prueba, impacto social en la localidad donde se desarrolle y su repercusión en medios y redes sociales, hasta 10,50 puntos, valorando en conjunto el número previsible de personas que acuden a la localidad, las características organizativas de la prueba y la infraestructura de la misma, la utilización de alojamientos en la zona por parte de los participantes, la posible repercusión en negocios turísticos de la zona, y la inclusión en circuitos provinciales.Las actividades extraordinarias se subvencionarán aplicando el siguiente baremo:Más de 12,50 puntos: 1.500 €10,51 - 12,50 puntos: 1.200 €8,51 - 10,50 puntos: 800 €7 - 8,50 puntos: 400 €Si en alguna de las escalas de valoración se agotara el crédito, el crédito existente para esa escala se repartirá a partes iguales entre todos los solicitantes de esa misma escala del baremo, excepto si se diera el caso de que, en ese supuesto, la subvención a cada solicitante fuera inferior a 300 €, en cuyo caso el crédito de esa escala del baremo se repartirá a partes iguales entre los solicitantes de la escala de valoración superior.En ningún caso se concederán subvenciones a entidades que no lleguen a los 7 puntos. En el supuesto de que un mismo club solicite ayuda para varias actividades, la subvención total a dicho club no podrá superar los 2.700 euros. Asimismo, la cuantía concedida para cada actividad, independientemente de su valoración, no podrá superar el 70% del presupuesto presentado por el solicitante. Séptimo.- Obligaciones de los beneficiarios:- Hacer constar la colaboración de la Diputación de Palencia en la actividad que se derive de la ayuda concedida.- Las actividades deberán estar terminadas el 15 de octubre de 2026. Octavo.- Los anexos y demás documentación correspondiente a la presente convocatoria estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es