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Plazo no verificadoBDNS 891299

Resolución de Presidencia 2026/1473 de 3 de marzo, referente a aprobación de la Convocatoria de concesión de subvenciones en materia de igualdad de género, anualidad 2026.

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE MÁLAGA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:27 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES617 - Málaga

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
14/03/2026
Fin de solicitudes
07/04/2026
Registro en BDNS
05/03/2026
Publicación en diario oficial
13/03/2026

Texto oficial de apertura: Al día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el BOPMA

Texto oficial de cierre: Quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPMA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios:a) Asociaciones de Mujeres y  Federaciones de Asociaciones  de Mujeres, que tengan su sede social en la provincia de Málaga y vayan a desarrollar sus proyectos en los municipios menores de 20.000 habitantes.b) Ayuntamientos menores de 20.000 habitantes de la Provincia de Málaga, que  integren  la Igualdad de Género  en sus políticas públicas. Segundo. Objeto:Dar continuidad al trabajo del movimiento de mujeres en la consecución de la igualdad de género,  corregir la desigualdad entre hombres y mujeres de los municipios de Málaga;  fomentar y promover el desarrollo de proyectos que se enmarquen en la línea de actuaciones  que viene prestando la Diputación de Málaga en materia de igualdad  y por otro, fomentar y promover la integración de la igualdad en las políticas de los Ayuntamientos menores de 20.000 habitantes de la provincia. Tercero. Bases Reguladoras:Aprobadas por Acuerdo del Pleno 20 de Marzo de 2024 en su punto 0.1.1 y publicadas el 30 de Abril de 2024 en el B.O.P. Cuarto. Importe:La cuantía máxima de la subvención a cada entidad asciende a 8.000 €, pudiendo cada entidad presentar un solo un proyecto. Quinto: Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOP), si bien en el supuesto de que el último día de plazo fuese festivo se trasladará la finalización al inmediato día hábil siguiente. Sexto. Otros datos:La documentación exigida para la presentación de solicitudes es la siguiente:- En el caso de proyectos de la línea A: Asociaciones de Mujeres y Federaciones de Asociaciones de Mujeres:Solicitud completa de subvención, que estará integrada por el modelo oficial que identifica a la persona solicitante y la memoria con descripción detallada de las actividades que forman el proyecto, según Anexo I y IA. No serán admitidas las solicitudes que se presenten incompletas, y que tras el periodo de subsanación no se hubieran corregido, por lo que el Anexo I y IA  íntegramente resulta obligatorio en todos los casos.  Presupuesto desglosado de los gastos a realizar, con relación detallada de las cantidades que se apliquen a cada concepto. En la solicitud se detallarán las entidades y asociaciones que solicitan la subvención y participan en el proyecto. Si el proyecto se realiza en otro municipio distinto a aquel en que radique la sede social de la entidad solicitante deberá designarse en la memoria las entidades u organismos con los que se ha contactado y llegado a acuerdo para desarrollarlo.Memoria descriptiva del proyecto, de acuerdo con los ítems recogidos en el anexo  IA.  Copia de la tarjeta con el Código de Identificación Fiscal (CIF) actualizado, según Orden EHA/451/2008, de 20 de febrero, del Ministerio de Economía y Hacienda, de cada una de las asociaciones o entidades solicitantes / participantes.Copia del DNI de la persona que represente legalmente a cada una de las entidades.Declaración responsable de no encontrarse incursa la entidad en ninguno de los supuestos contemplados en el Art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, según Anexo IB.Autorización para que la Diputación pueda interesar ante cualquier Administración Pública, incluida la propia Diputación, sobre el estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, según Anexo IC.Autorización de la secretaría de la entidad solicitante y de las entidades participantes, a favor de la representante nombrada para solicitar la subvención, según Anexo ID.Estatutos de la entidad o asociación e inscripción en el Registro correspondiente, salvo que no hubieran transcurrido más de 5 años desde la anterior presentación ante esta Diputación y no hubieran sufrido modificación alguna, en cuyo caso no habrá que presentarse declaración de la persona responsable en dicho sentido, según Anexo IE.  En el caso de Federaciones, tendrá que especificarse en la solicitud el nombre de las Asociaciones de la Federación que participan en el proyecto, quedando excluida para dichas asociaciones la posibilidad de participar en otro proyecto en solitario.Toda la documentación exigida, se recuerda, deberá presentarse por cada una de las asociaciones o entidades participantes de un mismo proyecto. - En el caso de proyectos de la línea B,  Ayuntamientos, deberán aportar originales, según se detalla a continuación:Solicitud completa de subvención, que estará integrada por el modelo oficial que identifica a la persona solicitante y la memoria con descripción detallada de las actividades que forman el proyecto, según Anexo I y IA. No serán admitidas las solicitudes que se presenten incompletas, por lo que el Anexo I y IA  íntegramente resulta obligatorio en todos los casos.Presupuesto desglosado de los gastos a realizar, con relación detallada de las cantidades que se apliquen a cada concepto.Memoria descriptiva del proyecto, de acuerdo con los ítems recogidos en el anexo IA.Copia de la tarjeta con el Código de Identificación Fiscal (CIF) actualizado, según Orden EHA/451/2008, de 20 de febrero, del Ministerio de Economía y Hacienda.Copia del DNI de la persona que represente legalmente al Ayuntamiento.Declaración responsable de no encontrarse incursa en ninguno de los supuestos contemplados en el Art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, según Anexo IB.Autorización para que la Diputación pueda interesar ante cualquier Administración Pública, incluida la propia Diputación, sobre el estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, según Anexo IC.Autorización del Ayuntamiento a favor de la persona representante nombrada para solicitar la subvención, según Anexo ID.La documentación anterior se presentará electrónicamente con esta Administración en los términos que se desarrollarán en la convocatoria. Tratándose de interesados obligados a relacionarse electrónicamente con esta Diputación, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas sobre el mismo podrá requerirse la presentación de los originales para su cotejo y posterior devolución.Las entidades solicitantes se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 09/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos SubsanaciónPublicado 09/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos ConvocatoriaPublicado 09/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Convocatoria para la concesión de subvenciones 2026 en materia de igualdad de género, aprobada por Decreto de Presidencia n.º 2026/1473 de de fecha 03/03/2026Publicado 13/03/2026Acuerdo de Pleno de 20 de marzo de 2024 aprobación definitiva de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Málaga.