Resolución de 2 de marzo de 2026, de la Viceconsejería de Relaciones Institucionales, por la que se convocan subvenciones para la promoción y fomento de Comunidades Originarias de Castilla-La Mancha y ayudas a Casas Regionales de otras Comunidades o Ciuda
AUTONOMICA · CASTILLA-LA MANCHA · VICECONSEJERÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
12/03/2026
Fin de solicitudes
13/04/2026
Registro en BDNS
05/03/2026
Publicación en diario oficial
11/03/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el DOCM
Texto oficial de cierre: Un mes contado desde el día siguiente al de publicación en el DOCM de la convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas: a) En el caso de Comunidades Originarias, aquellas reconocidas por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro de Comunidades Originarias de Castilla-La Mancha a fecha de publicación de la presente resolución. b) En el caso de Casas Regionales, las asociaciones representativas de la actividad cultural de otras Comunidades Autónomas ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha, tales como casas regionales u otras entidades análogas, legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro General de Asociaciones de Castilla-La Mancha a fecha de publicación de la presente resolución. Segundo. Objeto. El objeto de estas subvenciones es la financiación de actividades de promoción social, laboral y cultural desarrolladas por las Comunidades Originarias de Castilla-La Mancha. Del mismo modo, también podrán subvencionarse aquellas actividades o proyectos que guarden estrecha relación con la vida social, laboral y cultural de Castilla-La Mancha a las Casas Regionales de otras Comunidades y Ciudades Autónomas, ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha, durante el año 2026. Tercero. Bases reguladoras. Orden 95/2017, de 18 de mayo, de la Vicepresidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la promoción y fomento de comunidades originarias de Castilla-La Mancha y ayudas para casas regionales de otras Comunidades o Ciudades Autónomas ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha, modificada por la Orden 43/2019, de 4 de marzo, de la Vicepresidencia Primera y la Orden 55/2021, de 20 de abril de la Vicepresidencia. Cuarto. Cuantía. La cuantía máxima a conceder en la presente convocatoria de 2026 asciende a 190.000 euros. a) Para Comunidades Originarias, con cargo al crédito de la partida presupuestaria 11050000G.112A.48156 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: una cuantía máxima a conceder de 150.000 euros con la distribución por anualidades siguiente: 75.000 euros en 2026 y 75.000 euros en 2027. b) Para Casas Regionales, con cargo al crédito de la partida presupuestaria 11050000G.112A.48000 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: una cuantía máxima a conceder de 40.000 euros con la distribución por anualidades siguiente: 20.000 euros en 2026 y 20.000 euros en 2027. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de candidaturas será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente conv ocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Sexto. Otros datos. Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), conforme a lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado. Toledo, 2 de marzo de 2026 El Viceconsejero de Relaciones Institucionales JAVIER VICARIO MORALES