CerradaBDNS 891468
ACTIVIDADES CULTURAIS
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE PONTEVEDRA · CULTURA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:30 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES114 - Pontevedra
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 10/03/2026
- Fin de solicitudes
- 09/04/2026
- Registro en BDNS
- 06/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 09/03/2026
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Extracto publicado
1. Beneficiarios:
Las entidades jurídicas que: carezcan de fines de lucro, tengan el domicilio fiscal en la provincia de Pontevedra, desarrollen sus actividades en el ámbito territorial de la provincia de Pontevedra, no estén incursas en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para percibir subvenciones públicas, no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para percibir subvenciones recogidas en la ley y que estén al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA), con la Seguridad Social y con la Diputación de Pontevedra.
2.Objeto:
Estas bases tienen por objeto definir el conjunto de condiciones y el proceso que se seguirá para la concesión, seguimiento y justificación de ayudas dirigidas a entidades sin fines de lucro para la realización de actividades culturales que tengan lugar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Serán subvencionables las siguientes actividades:
Línea 1:
- Las actividades para la puesta en valor del patrimonio inmaterial propio de las localidades y comarcas de nuestra provincia (costumbres, tradiciones, etnografía, creencias y mitos).
- Los certámenes y las actividades de valorización de la pintura, la escultura, la arquitectura y el cómic.
- Los festivales, las exposiciones, los encuentros y los certámenes culturales.
- Festivales o actividades de relevancia para los intereses provinciales de promoción de nuestra cultura y de nuestras tradiciones fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan una antigüedad de por lo menos dos ediciones consecutivas anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.
Línea 2:
- Participación en festivales, certámenes o concursos nacionales e internacionales.
- Intercambios culturales para potenciar el patrimonio musical y cultural fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.
3. Bases reguladoras
Bases de subvenciones aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Pontevedra de 27 de febrero de 2026, Ordenanza general de subvenciones de la Diputación publicada en el BOPPO núm. 250, de 27 de diciembre de 2024, Bases de ejecución del Presupuesto provincial para el ejercicio 2026, LGS y la demás legislación de desarrollo.
4. Cuantía
350.000,00 €.
5. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
6. Otros datos de interés
- Solicitudes y documentación: Cada entidad podrá presentar una única solicitud por cada una de las líneas que se convocan, en modelo normalizado y con la documentación establecida en la base décima.
- Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva
- Criterios de valoración: los establecidos en la base decimotercera de la convocatoria.
- Gastos subvencionables: los necesarios para el desarrollo de la actividad objeto de subvención
- Compatibilidad: Si
- Forma de pago: Transferencia
- Forma de justificación: mediante la presentación de facturas, cuenta justificativa de los gastos, memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones establecidas en la solicitud y acreditar la debida difusión, en los términos previstos en la base decimosétima de la convocatoria.
- Plazo máximo de justificación: 31 de enero de 2027.
Las entidades jurídicas que: carezcan de fines de lucro, tengan el domicilio fiscal en la provincia de Pontevedra, desarrollen sus actividades en el ámbito territorial de la provincia de Pontevedra, no estén incursas en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para percibir subvenciones públicas, no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para percibir subvenciones recogidas en la ley y que estén al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA), con la Seguridad Social y con la Diputación de Pontevedra.
2.Objeto:
Estas bases tienen por objeto definir el conjunto de condiciones y el proceso que se seguirá para la concesión, seguimiento y justificación de ayudas dirigidas a entidades sin fines de lucro para la realización de actividades culturales que tengan lugar entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Serán subvencionables las siguientes actividades:
Línea 1:
- Las actividades para la puesta en valor del patrimonio inmaterial propio de las localidades y comarcas de nuestra provincia (costumbres, tradiciones, etnografía, creencias y mitos).
- Los certámenes y las actividades de valorización de la pintura, la escultura, la arquitectura y el cómic.
- Los festivales, las exposiciones, los encuentros y los certámenes culturales.
- Festivales o actividades de relevancia para los intereses provinciales de promoción de nuestra cultura y de nuestras tradiciones fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan una antigüedad de por lo menos dos ediciones consecutivas anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.
Línea 2:
- Participación en festivales, certámenes o concursos nacionales e internacionales.
- Intercambios culturales para potenciar el patrimonio musical y cultural fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.
3. Bases reguladoras
Bases de subvenciones aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Pontevedra de 27 de febrero de 2026, Ordenanza general de subvenciones de la Diputación publicada en el BOPPO núm. 250, de 27 de diciembre de 2024, Bases de ejecución del Presupuesto provincial para el ejercicio 2026, LGS y la demás legislación de desarrollo.
4. Cuantía
350.000,00 €.
5. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
6. Otros datos de interés
- Solicitudes y documentación: Cada entidad podrá presentar una única solicitud por cada una de las líneas que se convocan, en modelo normalizado y con la documentación establecida en la base décima.
- Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva
- Criterios de valoración: los establecidos en la base decimotercera de la convocatoria.
- Gastos subvencionables: los necesarios para el desarrollo de la actividad objeto de subvención
- Compatibilidad: Si
- Forma de pago: Transferencia
- Forma de justificación: mediante la presentación de facturas, cuenta justificativa de los gastos, memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones establecidas en la solicitud y acreditar la debida difusión, en los términos previstos en la base decimosétima de la convocatoria.
- Plazo máximo de justificación: 31 de enero de 2027.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 06/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 06/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIPUTACIÓN DE PONTEVEDRA DE 27 DE FEBRERO DE 2026 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES, AÑO 2026 Publicado 09/03/2026ACTIVIDADES CULTURAISInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.