Plazo no verificadoBDNS 891486
Becas para emprender para el año 2026
LOCAL · VITORIA-GASTEIZ · AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:30 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES211 - Araba/Álava
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 12/03/2026
- Fin de solicitudes
- 25/09/2026
- Registro en BDNS
- 06/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 16/03/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de la publicación en BOTHA
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y en la página web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz http://www.vitoria-gasteiz.org
Primero. Beneficiarios.
Personas físicas, mayores de edad, empadronadas en Vitoria-Gasteiz que, no estando dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, ni ejerciendo una actividad económica por cuenta propia, se encuentren desarrollando una iniciativa empresarial de creación de empresa (solamente proyectos en fase de desarrollo) en el municipio de Vitoria-Gasteiz, no habiendo sido beneficiario/a de la beca en años anteriores.
Segundo. Objeto.
Fomento de la actividad económica en el municipio de Vitoria-Gasteiz, mediante apoyo a la cultura emprendedora, y a las personas emprendedoras en el período de desarrollo de su proyecto de empresa.
La convocatoria se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva, y convocatoria abierta con varios procedimientos de selección sucesivos a lo largo de un ejercicio presupuestario, para una misma línea de subvención.
Tercero. Bases
El Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en su sesión ordinaria de 21 de abril de 2023, acordó aprobar inicialmente la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, que finalmente fue publicada en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA, número 88, viernes, 28 de julio de 2023), y entró en vigor el 1 de octubre de 2023. Dicha ordenanza tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras generales del procedimiento de concesión de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
La Junta de Gobierno Local con fecha 20 de febrero de 2026 aprobó las bases del Programa Municipal de Becas para Emprender para el año 2026.
Ambas pueden consultarse a través de la página web municipal www.vitoria-gasteiz.org y en las oficinas de Atención Ciudadana.
Cuarto. Cuantía.
La dotación económica de esta convocatoria de ayudas es de 100.000,00 euros con cargo al saldo disponible en la partida 0821.4331.489.49 del presupuesto municipal aprobado para el año 2026.
La cuantía individual de la beca no sobrepasará las siguientes cantidades: 2.650,00 euros las solicitudes que alcancen una valoración de 85 puntos o más; 1.150,00 euros las que alcancen la puntuación mínima de 65 puntos. Al resto de proyectos entre 66 y 84 puntos se les aplicará una proporción lineal al objeto de obtener el importe correspondiente de la beca. En caso de que no alcanzara el crédito disponible, se aplicará una minoración proporcional a todos los proyectos para atender todas las solicitudes con una valoración igual o superior a 65 puntos.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Previa publicación, la presente convocatoria tendrá dos plazos de presentación de solicitudes:
Un primer plazo que comienza al día siguiente al de publicación del presente extracto de la convocatoria en el BOTHA, y termina el 12 de junio de 2026 (inclusive).
Un segundo plazo desde el 13 de junio de 2026 al 25 de septiembre de 2026 (inclusive).
Primero. Beneficiarios.
Personas físicas, mayores de edad, empadronadas en Vitoria-Gasteiz que, no estando dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, ni ejerciendo una actividad económica por cuenta propia, se encuentren desarrollando una iniciativa empresarial de creación de empresa (solamente proyectos en fase de desarrollo) en el municipio de Vitoria-Gasteiz, no habiendo sido beneficiario/a de la beca en años anteriores.
Segundo. Objeto.
Fomento de la actividad económica en el municipio de Vitoria-Gasteiz, mediante apoyo a la cultura emprendedora, y a las personas emprendedoras en el período de desarrollo de su proyecto de empresa.
La convocatoria se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva, y convocatoria abierta con varios procedimientos de selección sucesivos a lo largo de un ejercicio presupuestario, para una misma línea de subvención.
Tercero. Bases
El Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en su sesión ordinaria de 21 de abril de 2023, acordó aprobar inicialmente la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, que finalmente fue publicada en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA, número 88, viernes, 28 de julio de 2023), y entró en vigor el 1 de octubre de 2023. Dicha ordenanza tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras generales del procedimiento de concesión de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
La Junta de Gobierno Local con fecha 20 de febrero de 2026 aprobó las bases del Programa Municipal de Becas para Emprender para el año 2026.
Ambas pueden consultarse a través de la página web municipal www.vitoria-gasteiz.org y en las oficinas de Atención Ciudadana.
Cuarto. Cuantía.
La dotación económica de esta convocatoria de ayudas es de 100.000,00 euros con cargo al saldo disponible en la partida 0821.4331.489.49 del presupuesto municipal aprobado para el año 2026.
La cuantía individual de la beca no sobrepasará las siguientes cantidades: 2.650,00 euros las solicitudes que alcancen una valoración de 85 puntos o más; 1.150,00 euros las que alcancen la puntuación mínima de 65 puntos. Al resto de proyectos entre 66 y 84 puntos se les aplicará una proporción lineal al objeto de obtener el importe correspondiente de la beca. En caso de que no alcanzara el crédito disponible, se aplicará una minoración proporcional a todos los proyectos para atender todas las solicitudes con una valoración igual o superior a 65 puntos.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Previa publicación, la presente convocatoria tendrá dos plazos de presentación de solicitudes:
Un primer plazo que comienza al día siguiente al de publicación del presente extracto de la convocatoria en el BOTHA, y termina el 12 de junio de 2026 (inclusive).
Un segundo plazo desde el 13 de junio de 2026 al 25 de septiembre de 2026 (inclusive).
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 06/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 20 de febrero de 2026, por la que se aprueba la convocatoria pública y las bases del programa municipal de Becas para emprender para el año 2026.Publicado 16/03/2026Ordenanza Municipal de SubvencionesInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.