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Plazo no verificadoBDNS 891721

Convocatoria de ayudas al amparo de la EDLP de GALPEMUR en el marco del FEMPA para el año 2026 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:34 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES62 - REGION DE MURCIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
06/03/2026
Publicación en diario oficial
10/03/2026

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM

Texto oficial de cierre: 20 días desde el día siguiente de la publicación del extracto en el BORM

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. - Objeto.Convocatoria de ayudas previstas en el Reglamento (UE) nº 2021/1139, de 7 de julio, relativo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, en relación con la prioridad tercera: “Promover una economía azul en las zonas costeras, de interior y de las islas, y perseguir el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas”, para la aplicación de la estrategia de desarrollo local participativo aprobada al Grupo de Acción Local de Pesca y Acuicultura de la Región de Murcia” (Galpemur), mediante Orden de 29 de diciembre de 2023 (BORM n.º 7 de 10 enero de 2024).Segundo. - Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de las ayudas todas aquellas personas físicas o jurídicas, tanto con ánimo de lucro como sin ánimo de lucro, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de aquéllas, así como entidades locales, siempre que reúnan los requisitos generales establecidos en la orden de bases de 19 de julio de 2024, así como los específicos exigidos para la ayuda correspondiente.Tercero. - Bases Reguladoras.Orden de 19 de julio de 2024 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para proyectos al amparo de la estrategia de desarrollo local participativo del “Grupo de Acción Local de Pesca y Acuicultura de la Región de Murcia”, en el Marco del Programa del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA). (BORM nº 170 de 23 de julio de 2024).Cuarto. - Presentación de solicitudes y plazo.El plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas para las distintas medidas y demás documentación requerida será de 20 días desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM.  Quinto. - Cuantía de las ayudas.La convocatoria está dotada con un importe total máximo de 1.146.911,28€, de los cuales 630.993,64 € corresponden a 2026 y 515.917,64 € corresponden a 2027, que se reparten de la siguiente forma:Inversiones Entidades Locales 165.000,00 €: 150.000,00 € (2026) y 15.000,00 € (2027).Gastos corrientes Entidades Locales 138.450,00 €: 68.450,00 € (2026) y 70.000,00 € (2027).Inversiones Entidades sin ánimo de lucro 141.793,70 €: 106.443,70 € (2026) y 35.350,00 € (2027).Gastos corrientes Entidades sin ánimo de lucro 224.266,01 €: 119.266,01 € (2026) y 105.000,00 € (2027).Inversiones Empresas 392.401,57 €: 136.833,93 € (2026) y 255.567,64 € (2027).Gastos corrientes Empresas 85.000,00 €: 50.000,00 € (2026) y 35.000,00 € (2027). El importe máximo de la ayuda por beneficiario se especifica en los Criterios de selección para la concesión de las ayudas en el marco del Programa del FEMPA aprobados por el Comité de Seguimiento.Sexto. - Justificación y pago.El plazo máximo para presentar la justificación por parte beneficiario de la realización de la actividad es por lo que respecta a los proyectos que deban finalizar en 2026, el 30 de noviembre, y en lo que se refiere a los proyectos plurianuales, hasta el 30 de noviembre de 2027. El pago realizará previa justificación por el beneficiario de la realización de la actividad subvencionada.

Bases y documentación

ANEXO VI - DECLARACIÓN PYMESPublicado 10/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSSolicitudPublicado 10/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO III - DECLARACIONESPublicado 10/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IV - SOLICITUD DE COBROPublicado 10/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSDOCUMENTOS PARA JUSTIFICAR EL PAGOPublicado 10/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO VII - LISTA DE JUSTIFICANTESPublicado 10/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO VIII - DIFERENCIAS TRABAJO PREVISTO Y TRABAJO REALIZADOPublicado 10/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSCRITERIOS DE SELECCIÓNPublicado 10/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 06/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 5 de marzo de 2026 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca por la que se convocan ayudas públicas para proyectos al amparo de la estrategia de desarrollo local participativo del “Grupo de acción local de pesca y acuicultura de la Región de Murcia”, en el marco del programa del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) para el año 2026Publicado 10/03/2026Bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para proyectos al amparo de la estrategia de desarrollo local participativo del “Grupo de Acción Local de Pesca y Acuicultura de la Región de Murcia”, en el Marco del Programa del FEMPA