PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES612 - Cádiz
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
01/01/2026
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
09/03/2026
Publicación en diario oficial
12/03/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación del Extracto en el BOP Cádiz
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del Extacto en el BOP Cádiz
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto de Decreto de 04 de marzo de 2026 del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cádiz, por el que se aprueba la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A ENTIDADES PARA EL AÑO 2026. FUNDACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ.PRIMERO. Beneficiarios/as: Entidades, personas físicas o jurídicas con o sin ánimo de lucro, constituidas legalmente, que realicen actividades, actuaciones o proyectos a desarrollar durante el año 2026 en el término municipal de Cádiz.SEGUNDO. Objeto: La regulación de la concesión de subvenciones contribuyan a la mejora de la calidad de vida de los gaditanos y se basen en razones de tipo sociocultural; así como establecer el procedimiento a que deben someterse en su tramitación, concesión, aceptación y justificación.TERCERO. Finalidad: Las actividades y programas estarán destinadas al público en general sin limitación de edad, sexo, procedencia u otra causa de discriminación, en concreto, siempre que teniendo un carácter cultural y con interés social, promuevan la dinamización sociocultural, producción cultural y/o la formación cultural.CUARTO. Bases Reguladoras: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A ENTIDADES PARA EL AÑO 2026. FUNDACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ, aprobadas por Decreto del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cádiz de fecha 4 de marzo de 2026.Estas subvenciones se regirán por lo establecido en sus bases reguladoras; en las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Cádiz para el ejercicio 2026; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Cádiz y en las restantes normas de que en su caso sean aplicables.QUINTO: Cuantía: La dotación presupuestaria de la convocatoria asciende a CIENTO TREINTA MIL EUROS (130.000,00 €). SEXTO. Plazo de presentación de solicitudes: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.Cádiz, a 09 de marzo de 2026.