Bases reguladoras del año 2026 y convocatoria para la concesión de subvenciones para euskaldunizar el paisaje lingüístico de establecimientos comerciales
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES212 - Gipuzkoa
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
09/03/2026
Publicación en diario oficial
10/04/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente al de la publicación en el BOG hasta el 31 de octubre de 2026
Texto oficial de cierre: Desde el día siguiente al de la publicación en el BOG hasta el 31 de octubre de 2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1. ObjetoEl objeto de la presente convocatoria es dar a conocer las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a establecimientos comerciales de Tolosa, para fomentar la euskaldunización del paisaje lingüístico.2. Crédito y partida presupuestaria a los que se imputa la subvenciónLa cuantía total de las subvenciones a conceder en esta convocatoria será de 4.000,00 euros con cargo a la siguiente partida de los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Tolosa: 0900.481.02.335.10 (2026).Si fuera necesario, y siempre que quedara financiación sobrante en la convocatoria de subvenciones de 2026 para el fomentar el uso del euskera en el ámbito laboral, se podrá aprobar un importe adicional de hasta 5.000 euros. La utilización del citado crédito adicional no exigirá la republicación de la convocatoria.3. Requisitos que deben reunir las personas o entidades beneficiarias y forma de acreditarlosDe conformidad con lo establecido en el artículo 4 de las bases que se publican en esta convocatoria.4. Plazo de presentaciónEl plazo de presentación de solicitudes será hasta el 31 de octubre del 2026.5. Documentación que acompañar a la solicitudSerá lo dispuesto en el artículo 9 de las bases generales que se publican junto con esta convocatoria.6. Criterios para determinar la cuantía individualizada de la subvenciónDe conformidad con lo establecido en el artículo 12 de las bases que se publican en esta convocatoria.7. Plazo de ejecución de los proyectosLas actuaciones objeto de subvención se realizarán entre el 1 de octubre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.8. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimientoLa instrucción del procedimiento será promovida por el Área de Euskera y Educación.Corresponde a dicha área la valoración de las solicitudes mediante la emisión del correspondiente informe técnico.La propuesta de la concesión se elevará a la Comisión de Valoración para emitir su correspondiente informe.Dicha Comisión de Valoración estará compuesta por los/las siguientes integrantes, garantizándose una presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composición, salvo justificación en contrario:El/La interventor/a o el/la técnico/a.El/La técnico/a del área.El/La concejal/a del área.Un/a TAG del Área de Secretaría.El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse a los/as interesados/as en la forma que establezca la convocatoria, y se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.Posteriormente se remitirá a la Alcaldía para que ésta, o persona en quien delegue, dicte la resolución definitiva.9. Plazo de publicación y resoluciónEl plazo máximo para resolver y publicar la resolución definitiva es de seis meses, a contar desde la finalización del plazo para presentar las solicitudes.10. Notificación de la resoluciónLa resolución, tanto provisional como definitiva, será objeto de publicación en la página web municipal y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a los efectos de notificación.11. Régimen de recursosLa presente resolución es firme y pone fin a la vía administrativa. Contra la misma podrán interponerse los siguientes recursos:Con anterioridad al inicio de la vía judicial, la persona interesada podrá interponer recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Todo ello, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.No obstante, en lugar del recurso de reposición, o en el caso de interponerse contra la resolución del recurso, podrá presentar directamente recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. El recurso se presentará ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de San Sebastián.Asimismo, si no hubiera resolución expresa, tanto para poner fin al procedimiento como para dar respuesta al recurso de reposición, el/la interesado/a podrá interponer en cualquier momento recurso contencioso-administrativo. Dicho recurso deberá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián.