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Plazo no verificadoBDNS 891938

BASES Y CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN PARA LAS SUBVENCIONES MUNICIPALES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO QUE DESARROLLEN ACCIONES EN EL AYUNTAMIENTO DE RIBADUMIA

LOCAL · RIBADUMIA · AYUNTAMIENTO DE RIBADUMIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:39 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES114 - Pontevedra

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
09/03/2026
Publicación en diario oficial
12/03/2026

Texto oficial de apertura: PUBLICACION BOP

Texto oficial de cierre: PUBLICACION BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

SUMARIO Resolución de Alcaldía núm. 128/2026 de fecha 20/02/2026 por la que se convocan subvenciones a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen acciones en el Ayuntamiento de Ribadumia para el año 2026, por el procedimiento de concurrencia competitiva. TEXTO De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.la de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones  (www.infosubvenciones.es) y en la página web del Ayuntamiento de Ribadumia. El código de identificación que asigna la BDNS a la convocatoria es 891938. Primero. Beneficiarios. Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria las personas jurídicas, clubes, asociaciones y fundaciones válidamente constituidas:— Que carezcan de fines de lucro.— Que tengan su domicilio social en el Ayuntamiento de Ribadumia, con excepción de las asociaciones sociales donde únicamente se requerirá que alguno de los beneficiarios de las acciones estén empadronados y residan en el Ayuntamiento de Ribadumia. — Que realicen actividades de interés municipal.— Que se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Clubes.— Que no tengan pendiente de justificar ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de Ribadumia.— Que estén al corriente de los deberes tributarios.Las asociaciones o entidades que hayan firmado un convenio específico con el ayuntamiento podrán acogerse la estas ayudas. En estos casos, de la cuantía económica resultante según la puntuación obtenida, descontaraselles la cuantía económica que perciban según los términos del convenio firmado, de manera que la suma de las cuantías resultantes no supere nunca el importe total de la ayuda inicialmente concedida según las bases de estas ayudas.Segundo. Objeto A subvención tiene por objeto fomentar la realización de actividades que complementen o suplan las atribuidas a la competencia municipal, o que, en general, contribuyan al fomento de los intereses generales o sectoriales de los vecinos del Ayuntamiento de Ribadumia. Con esto beneficiara el vecindario del disfrute de actividades de tiempo libre , los cursos de formación, las actividades de verano, los programas de información a la en relación con problemas sociales, favoreciera las actividades musicales, la programación de conciertos, los espectáculos y bandas musicales, el deporte y vida sá, incrementara las actividades encaminadas a la promoción de la igualdad en  distintos aspectos de su vida... Podrán ser objeto de subvención, siguiendo las “Bases y criterios de distribución para las subvenciones municipales a asociación y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen acciones en el Ayuntamiento de Ribadumia” las actividades que se impartan o desarrollen en el Ayuntamiento de Ribadumia y/o esten destinadas a los ribadumienses de las siguientes materias: -Cultura y formación- Acción social- Deporte- Comercio y actividad sectorial No serán objeto de subvención: - Actividades que ya esten programadas por el Ayuntamiento de Ribadumia de forma directa dentro de la misma anualidad.- Actuaciones o actividades que sean coincidentes, dentro del mismo año natural, entre dos o mas asociaciones o entidades.- Excursiones y viajes culturales.- Gastos de comidas.La cuantía final de la subvención vendrá determinada por los ingresos que, por cualquier otro concepto, perciban los beneficiarios de las arcas municipales, pudiendo el órgano competente minorar la cuantía de la subvención. La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en las “Bases y criterios de distribución para las subvenciones municipales a asociación y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen acciones en el Ayuntamiento de Ribadumia” aprobadas en fecha 20/12/2018, por Acuerdo del Pleno de la Corporación y publicadas en el Boletín Oficial de Provincia núm. 58 con fecha 25/03/2019. Cuarto. Cuantía de la ayuda. Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 231 48003 – 6.000€, 334 48008 – 20.000€, 341 48012 – 34.000€ y 135 48001 – 3.000,00€, y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 63.000,00€. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes se formularán en el modelo que figura cómo Anexo I e II en las “Bases y criterios de distribución para las subvenciones municipales a asociación y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen acciones en el Ayuntamiento de Ribadumia”. Se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro electrónico del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 60 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas. Sexto. Otros datos. Deberán acompañarse a la solicitud (modelo normalizado ANEXO I e II) los documentos que se señalan en el punto 6  y 9 de las “Bases y criterios de distribución para las subvenciones municipales a asociación y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen acciones en el Ayuntamiento de Ribadumia”, publicadas en el Boletín Oficial de Provincia núm. 58 con fecha 25/03/2019. Asi mismo, los solicitantes pueden aportar cualquier documento que consideren para acreditar la ejecución de actuaciones en un determinado ámbito.  

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 09/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE AYUDAS A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE DESENVOLVAN ACCIONES EN EL AYUNTAMIENTO DE RIBADUMIA, AÑO 2025Publicado 12/03/2026BASES E CRITERIOS DE DISTRIBUCION PARA AS SUBVENCIONS MUNICIPAIS A ASOCIACIONS E ENTIDADES SEN ANIMO DE LUCRO QUE DESENVOLVAN ACCIÓNS NO CONCELLO DE RIBADUMIA