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Plazo no verificadoBDNS 891941

AYUDAS ECONÓMICAS A CLASES DE REPASO DE LAS ASIGNATURAS INSTRUMENTALES DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO)

LOCAL · MASSAMAGRELL · AYUNTAMIENTO DE MASSAMAGRELL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:39 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
15/04/2026
Fin de solicitudes
29/04/2026
Registro en BDNS
09/03/2026
Publicación en diario oficial
18/03/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PARA EL PAGO PARCIAL DE CLASES DE REPASO PARA EL REFUERZO DE LAS ASIGNATURAS CURRICULARES DEL ESTUDIANTADO EMPADRONADO EN MASSAMAGRELL QUE CURSE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO) DURANTE EL CURSO 2025-2026 EN CENTROS PÚBLICOS O CONCERTADOS (Exp. 156/2025)Por Decreto de la Alcaldía Número 2026-0297 con fecha 06/03/2026 se aprobó LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO PARCIAL DE CLASES DE REPASO PARA EL REFUERZO DE LAS ASIGNATURAS CURRICULARES DEL ESTUDIANTADO EMPADRONADO EN MASSAMAGRELL QUE CURSE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO) DURANTE EL CURSO 2025-2026 EN CENTROS PÚBLICOS O CONCERTADOS (Exp. 156/2025)“De conformidad con lo que prevén los artículos 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el texto completo de la convocatoria habrá de ser comunicado a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gov.es/bdnstrans/index).Primero. Disposición que establece las bases reguladoras.Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Massamaagrell de fecha 23 de febrero de 2022 fue aprobada definitivamente la Ordenanza General de Subvenciones de la Corporación. La Ordenanza fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia N.º 85 el día 5 de mayo de 2022.Segundo. Beneficiarios.Podrán solicitar esta subvención los/las menores en cuyo nombre se solicite, siempre que se reúnan los siguientes requisitos:a) Tanto el/la menor como ambos progenitores, o representantes legales, precisarán estar empadronados en el municipio de Massamagrell en el momento de formalizar la solicitud con al menos un año de antigüedad, 1 de abril del 2025. En caso de separación o divorcio este requisito sólo le será exigido al padre o la madre que tuviese atribuida la guardia o custodia del/de la menor.b) Estar escolarizado en el ejercicio de la convocatoria en un curso de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en un centro educativo de titularidad pública o concertada en este nivel educativo. En caso de separación o divorcio este requisito sólo le será exigido al padre o a la madre que tuviese atribuida la guradia o custodia del/de la menor.c) Ninguna de las personas progenitoras deberá encontrarse incursa en cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.En caso de solicitudes para varios/as hermanos/as se deberá formalizar una solicitud para cada uno/a de ellos o ellas con su correspondiente documentación.Tercero. ObjetoLa presente convocatoria tiene por objeto desarrollar el procedimiento para la concesión de ayudas económicas que financien el pago parcial de clases de repaso para reforzar las asignaturas curriculares de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros públicos o concertados financiados con fondos públicos. No se subvencionarán las clases de repaso para el refuerzo de las asignaturas de Educación Física, Música y Religión/Valores. Esta ayuda económica será de hasta 60 € por solicitante.Cuarto. Cuantía de la ayuda.La dotación presupuestaria destinada a esta convocatoria será de 10.000,00 € con cargo a la Aplicación Presupuestaria 06.3200.489.26 del Presupuesto General del Ayuntamiento de Massamagrell de 2025 prorrogado en el 2026.El importe de cada subvención por alumno/a no podrá ser superior a 60,00 €. En el caso de que el gasto sea menor de 60 euros, únicamente se podrá conceder y abonar la cuantía por el valor justificado. No obstante, el importe de la ayuda, sumado al de las otras ayudas que, en su caso, pueda recibir el alumno para la misma finalidad, no podrá ser de tal cuantía que supere el coste de estas clases de repaso.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán a la Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General ubicado en la planta baja del Ayuntamiento de Massamagrell, de lunes a viernes de 9.00 a 13.30 horas y los miércoles de 16.00 a 19.00 horas o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. El plazo de presentación de solicitudes para la concesión de estas ayudas será desde el día 15 hasta el día 29 de abril del 2026, ambos días incluidos.Las subvenciones se concederán mediante procedimiento de concurrencia competitiva atendiendo a la cuantía destinada por las familias a estas clases de repaso de mayor a menor gasto. En caso de empate, en la cantidad gastada se atenderá al orden en la fecha de la solicitud en el registro de entrada.Sexto. Otros datos.Junto con la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación:1) Fotocopia del documento nacional de identidad o NIE de la madre/del padre o tutor/tutora del/de la alumno/a beneficiario/a (solo en caso de no disponer de los anteriores documentos, se aportarán los pasaportes)2) Fotocopia de las páginas del libro de familia donde consten todas las personas componentes.3) En caso de separación, divorcio, cese de la convivencia o no convivencia de los padre del/de la menor solicitante se aportará, según proceda, sentencia judicial y/o convenio regulador o documento público de medidas sobre el cuidado de los/as hijos/as. Si el procedimiento está en trámite, se aportará el certificado acreditativo del Juzgado.4) Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social (Anexo I de la Solicitud).5) Declaración responsable de no tener deudas tributarias pendientes con el Ayuntamiento de Massamagrell (Anexo I de la Solicitud).6) Declaración de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo I).7) Número de cuenta bancaria de la persona solicitante donde aparezca su código IBAN.8) Factura justificativa, original, de la academia, centros de estudios, etc. que haya impartido las clases de repaso a nombre de la persona adulta que figura en la solicitud y donde se contemple en otro apartado el nombre y apellidos del/de la alumno/a.9) Documentación acreditativa del pago, mediante transferencia bancaria (se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma), mediante cheque (se justificará mediante copia del extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente al cheque) o, excepcionalmente, efectivo: se justificará mediante factura o recibí firmado por el acreedor con identificación de la fecha de abono. Dichos documentos se presentarán originales.10) Otra documentación complementaria, en su caso, a criterio del personal técnico municipal.En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado o emitidos. Aunque de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la publicación de la convocatoria solo es obligatoria en la BDNS, ello no impide que se le dé cualquier otra publicación adicional por el órgano convocante.”  

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 09/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONESPublicado 09/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 09/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSAYUDAS ECONÓMICAS A CLASES DE REPASO DE LAS ASIGNATURAS INSTRUMENTALES DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO) CURSO 2025/26Publicado 18/03/2026