PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES241 - Huesca
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
10/03/2026
Publicación en diario oficial
11/03/2026
Texto oficial de apertura: El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a la publicación en BOP
Texto oficial de cierre: Finalizará transcurrido un mes desde el comienzo del plazo de presentación de solicitudes.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a. de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web del Ayuntamiento de Fraga (www.fraga.org).PRIMERO. BENEFICIARIOS1.- Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Aragón, los clubes y federaciones municipales inscritos en el correspondiente registro y los clubes que realicen su actividad deportiva en instalaciones deportivas en el municipio, siempre que no estén incursas en alguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), que soporten el coste de la actuación. 2.- Podrán ser beneficiarios de estas becas las personas físicas que participen en deportes federados, empadronados en Fraga siempre que no estén incursas en alguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), que soporten el coste de la actuación.3.- La concurrencia de estos requisitos se acreditará en el momento de presentar la solicitud mediante la presentación de los documentos que se indican en el artículo siguiente.SEGUNDO. OBJETOEl objeto de las presentes Bases es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Fraga a través de la Delegación de Deportes destinadas a financiar los proyectos deportivos de programación anual, de utilidad pública o interés social, a desarrollar durante el año 2026 en el municipio de Fraga.En particular, es objeto de la presente convocatoria la regulación del otorgamiento de subvenciones a entidades deportivas y clubes deportivos del municipio, y de becas a deportistas individuales del municipio, para su desarrollo y perfeccionamiento técnico; y de subvenciones a asociaciones del municipio y/o que realicen actividades que repercutan y beneficien al municipio.TERCERO. BASES REGULADORASBases Reguladoras comunes para la concesión de ayudas por el Ayuntamiento de Fraga, por concurrencia competitiva en el ejercicio 2026 (publicadas en el BOPH N.º 13, de 21 de enero de 2026.CUARTO. CUANTÍAEl presupuesto máximo que se destinará este año 2026 para la concesión de las subvenciones para actividades deportivas a clubes deportivos reguladas en las presentes bases reguladoras será de 20.500,00 € e irá con cargo a la partida 090 341 48000 del vigente Presupuesto.El presupuesto máximo que se destinará este año 2026 para la concesión de las becas a deportistas individuales reguladas en las presentes bases reguladoras será de 7.500,00 € e irá con cargo a la partida 090 341 48000 del vigente Presupuesto.En el caso que no se agote el crédito previsto para la concesión de becas, este importe incrementará el crédito destinado a las subvenciones. No podrán otorgarse subvenciones y/o becas por importe superior al mencionado. QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.El plazo de presentación de las solicitudes empezará a partir del día siguiente al de la publicación en el BOPH de las presentes Bases, y finalizará transcurrido un mes desde el comienzo del plazo de presentación.SEXTO. OTROS DATOS.Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación relacionada en el punto 5 de la convocatoria.