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Plazo no verificadoBDNS 892168

BBRR y Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de ayudas a municipios de menos de 20.000 habitantes y ELM de la Provincia de Cáceres para la realización de Festivales y Certámenes 2026

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁCERES · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:43 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES432 - Cáceres

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
13/03/2026
Fin de solicitudes
01/04/2026
Registro en BDNS
10/03/2026
Publicación en diario oficial
12/03/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

1.- PARTIDAS PRESUPUESTARIA SEGÚN BASES DE LA CONVOCATORIALa convocatoria objeto de redistribución del crédito aprobaba inicialmente las aplicaciones 05.3340.46212, dotada con un importe de 148.000 € y 05.3340.46812, dotada con un importe de 2.000 €.ENTIDADES DESTINATARIAS: Ayuntamientos y Entidades Locales Menores.2.- ESTADO DE APLICACIONES TRAS EL CÁLCULO DE CUANTÍAS A CONCEDERUna vez concretados los beneficiarios y los importes que corresponden a cada uno de ellos, resulta un déficit en la partida 05.3340.46812 por importe de 4.357,00 €, existiendo sobrante suficiente en la partida 05.3340.46212 para cubrir dicho déficit.3.- REDISTRIBUCIÓN DEL CRÉDITO E IMPORTES FINALES Se realiza la redistribución de las partidas de la subvención a Entidades Locales de la Provincia para la realización de Festivales y Efemérides Culturales, consistente en detraer el importe de 4.357,00 € de la partida 05.3340.46212, incluyendo dicha cantidad en la partida 05.3340.46812, quedando las partidas como se detalla a continuación:- Partida 05.3340.46212 con 143.643,00 €- Partida 05.3340.46812 con 6.357,00 €

1.- OBJETO Y ENTIDADES DESTINATARIAS DE LA CONVOCATORIA.El objeto de estas Bases es establecer las normas específicas en el marco de la Ordenanza General deSubvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen deconcurrencia competitiva ordinaria, de los municipios de menos de 20.000 habitantes y entidades localesmenores de la provincia de Cáceres destinadas a la organización de festivales y certámenes culturales que sedesarrollen durante 2026.ENTIDADES DESTINATARIAS:Podrán ser objeto de las ayudas las siguientes actividades:Los festivales y certámenes culturales de carácter provincial, regional, nacional e internacional organizadospor los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia deCáceres.Se entiende por festivales y certámenes culturales, a los efectos de la presente convocatoria:━ El conjunto de actuaciones o representaciones de teatro, música, danza o cine, tenga o no caráctercompetitivo, realizado en un periodo determinado del año durante uno o varios días pudiéndosecelebrar en uno o varios lugares, en momentos coincidentes o no, con la finalidad de promocionar ydifundir la música, el cine, el teatro y la danza a través de sus programaciones.2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA:El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación Provincial deCáceres del ejercicio 2026, en las aplicaciones 05.3340.46212 y 05.3340.46812, dotadas con un importeconjunto total de 150.000 €.3.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES:Podrán solicitar esta subvención y, en consecuencia, podrán ser beneficiarios, los Ayuntamientos de menosde 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia de Cáceres que no se encuentren incursasen ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas que se contemplaen el artículo 13 de la LGS4.- SOLICITUDES:La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la DiputaciónProvincial de Cáceres.La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en su caso, la fasede reintegro.La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a través de lasede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otrosprocedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes.Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la sede electrónica dela Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, a través del procedimiento establecido alefecto, donde se formalizará la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por elReglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres,publicado en el B.O.P. número 74, de 21 abril de 2010, modificado por Acuerdo de Pleno de 27 de junio de2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP n.º 163 de 23 de agosto.Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a cumplimentar en lasdiferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada sede y deberán ser obligatoriamenteutilizados cuando así proceda. La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es https://sede.dipcaceres.es.PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:Las solicitudes deberán presentarse por las entidades interesadas en el plazo de 20 días naturales, a contardesde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de laProvincia de Cáceres, no admitiéndose las presentadas fuera de plazo. La presentación de la solicitud porparte de la entidad interesada implicará la aceptación de las presentes bases de convocatoria, así como elconsentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello deconformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantíade los derechos digitales.5.- DOCUMENTOSLas solicitudes deben ir acompañadas de la documentación que se indica a continuación, con carácterobligatorio:━ Memoria complementaria del proyecto, según modelo del Anexo I. Sólo se valorarán los datos quese incluyan en este Anexo.━ Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar información,podrá dirigirse por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal circunstancia, quienautorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento excepcional”.Alta de terceros. En aquéllos casos en los que la Diputación Provincial de Cáceres no lo tenga a sudisposición o hubieran variado datos respecto al anterior, deberá aportarse antes de la fecha de Resolucióndefinitiva de concesión, siendo en caso contrario la no presentación, causa automática de exclusión.6.- CRITERIOS DE VALORACIÓN:La Comisión de Valoración, cuya composición se determina en la BASE QUINTA de la Convocatoria, llevaráa cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los criterios de selección establecidos en las bases de laConvocatoria. Emitirá la correspondiente acta, debidamente motivada.No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se entenderá en todocaso positiva si no mediara renuncia expresa.La asignación de subvenciones se realizará sobre la base de los principios de transparencia, objetividad yproporcionalidad de conformidad con el proyecto presentado por cada entidad y de acuerdo con lossiguientes criterios y su gradación:La comisión de valoración graduará, en base a las solicitudes presentadas y vistos los programas deactividades y la propuesta que realice el Área de Cultura y Deportes, previo estudio de los mismos, loscriterios de valoración artística con los límites establecidos en cada apartado.Se concederán ayudas hasta un importe máximo de 8.000 € (OCHO MIL EUROS). El importe máximo de lasubvención a conceder no podrá exceder del 50% del gasto subvencionable. Serán beneficiarios desubvención los 30 proyectos que obtengan la mayor puntuación. En caso de empate en la última posición,tendrá preferencia el proyecto que mayor número de ediciones haya realizado.La ayuda se concederá otorgando el valor que corresponda a cada punto una vez dividida la cuantía total de lapartida presupuestaria entre los puntos totales resultante de la suma de los puntos obtenidos por lossolicitantes que puedan ser beneficiarios de las subvenciones.El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible para la presenteconvocatoria de subvenciones, expresado en la base segunda.7.- OTROS DATOS DE INTERÉSLas ayudas serán prepagables al 100%.- Plazo de ejecución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.- Plazo de justificación: hasta el 31 de marzo de 2027.

Bases y documentación

Redistribución de créditosPublicado 14/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 10/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE PUBLICACIÓN EN EL BOP REDISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS EN LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE FESTIVALES Y CERTÁMENES CULTURALES 2026Publicado 21/07/2026EXTRACTO-BBRR y Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de ayudas a municipios de menos de 20.000 habitantes y ELM de la Provincia de Cáceres para la realización de Festivales y Certámenes 2026Publicado 12/03/2026BBRR y Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de ayudas a municipios de menos de 20.000 habitantes y ELM de la Provincia de Cáceres para la realización de Festivales y Efemérides 2026