Plazo no verificadoBDNS 892322
Ayudas al abandono de la actividad de transportista 2026
ESTADO · MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE · DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 07:46 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Finalidad
Subvenciones al transporte
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 11/03/2026
- Publicación en diario oficial
- 12/03/2026
Texto oficial de apertura: 1 día después de publicación
Texto oficial de cierre: 1 mes desde inicio solicitud
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Extracto publicado
Primero. Beneficiarios: Transportistas autónomos por carretera. Segundo. Objeto. Ayuda para el abandono de la actividad de transporte por carretera. Tercero. Bases reguladoras. Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre (B.O.E. 30 de noviembre), modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 noviembre (B.O.E. 1 de enero de 2013) y por la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (B.O.E. de 2 de febrero). Cuarto. Cuantía. Cuantía máxima: 9.750.000 € distribuidos entre un importe máximo de 9.600.000 € repartidos entre los beneficiarios resultantes recogidos en la Resolución de otorgamiento, y un importe máximo de 150.000 € para pagar los potenciales recursos estimatorios interpuestos contra dicha Resolución. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Sexto. Otros datos La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. En primer lugar, se dará preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista; en cuanto a los demás beneficiarios se elaborará una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad. Las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares en la relación de beneficiarios así elaborada. El plazo para resolver y publicar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria. Para cualquier consulta o aclaración pueden remitirla al buzón: abandono.sgaitt@transportes.gob.es
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 11/03/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2026.Publicado 12/03/2026Bases reguladoras de concesión de ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividadInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.