Acuerdo Junta de Gobierno Local de 25 de febrero de 2026 que aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones desarrollo materia servicios sociales, salud y fomento de la inserción laboral 2026. (Servicios Sociales y Empleo)
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES23 - LA RIOJA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
18/03/2026
Fin de solicitudes
08/04/2026
Registro en BDNS
11/03/2026
Publicación en diario oficial
17/03/2026
Texto oficial de apertura: Día hábil siguiente a la publicación de convocatoria en Diario Oficial
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a contar desde el siguiente día a la publicación convocatoria diario oficial
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- Beneficiarios.Podrán acogerse a esta convocatoria todas aquellas asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que tengan entre sus fines estatutarios expresamente reconocidos la realización de acciones en materia de Servicios Sociales e Inserción Sociolaboral, y que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Logroño, con dos años de antelación como mínimo, a la presentación de la solicitud de estas ayudas. Segundo.- Objeto. Es objeto de la presente Convocatoria la Concesión de Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, con el objeto de apoyar actuaciones en materia de servicios sociales y fomento de la inserción sociolaboral, dirigidas a colectivos con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo, que se desarrollen en Logroño durante el año 2026, que lleven a cabo entidades sin ánimo de lucro de nuestra ciudad y que sean complementarias de los programas y proyectos municipales. Esta potencialidad se fundamenta en el entroncamiento de estas instituciones dentro de la sociedad y más concretamente, dentro de los colectivos hacia los que trabajan en ámbitos de integración social y personal y a los que interesa complementar, con acciones de integración laboral. Tercero.- Bases Reguladoras. Estas Bases reguladoras, aprobadas en Acuerdo de Pleno de fecha 6 de febrero de 2025, tienen por objeto apoyar económicamente actuaciones en materia de servicios Sociales e Inserción Sociolaboral que cumplan con el objeto de atención social a personas desfavorecidas; a personas sin hogar; atención a mayores; familia; voluntariado; atención y promoción de la igualdad y defensa de los derechos de las personas con discapacidad y sus familias; inmigración, promoción de la convivencia intercultural, definido en el punto g) del artículo 1 del capítulo I de la aprobación definitiva de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Logroño. Cuarto.-Cuantía año 2026:-Cuantía total para Servicios Sociales y Fomento Inserción Sociolaboral: 821.840,00 €. -La cuantía individual de la subvención se concederá en función de la puntuación otorgada a cada solicitud, de mayor a menor. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.De conformidad con el artículo 20.8 de la Ley General de Subvenciones, el plazo para la presentación de las solicitudes es de 15 días hábiles a contar desde el siguiente día a la publicación de esta convocatoria por la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de La Rioja. Sexto.- Otros datos de interés.-Convocatoria: el texto íntegro de la Convocatoria estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Logroño, en el siguiente www.logro-o.org/serviciossociales. -Solicitudes: Las Entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse con el Ayuntamiento de Logroño a través de medios electrónicos según establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Las solicitudes, junto con el resto de la documentación, se presentarán en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Sede Electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web www.logroño.es., Igualmente quedará habilitada la presentación electrónica a través del Registro Electrónico del Punto de Acceso General del Estado en https://administracion.gob.es.-Documentación. La prevista en el artículo 5 de la Convocatoria.-Criterios de valoración: Los previstos en el artículo 7 de la Convocatoria.-Forma de pago: El pago de la subvención se efectuará de la siguiente forma: el 80% del importe concedido para el año 2026 a partir de la fecha de adopción del acuerdo de concesión, el 20% restante, tras la justificación de la misma. -Forma de justificación: De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Convocatoria.-Plazo máximo de justificación: De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Convocatoria.